Orden de 7 de Julio de 1981 sobre Norma de calidad para el Comercio exterior de la naranja Amarga.

MarginalBOE-A-1981-17003
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Comercio
Rango de LeyOrden

La Evolucion del Comercio exterior de naranja Amarga aconseja contar con una Norma específica por cuanto dicho Fruto presenta unas particularidades de Comercializacion que exigen su contemplación cómo un producto aparte de los que hace referencia la Norma general de calidad de las Frutas y hortalizas que no sean objeto de Norma específica, y concretar de está forma la intervención que actualmente tienen los centros de Inspeccion del Comercio exterior (soivre) en la exportación e importación de dicho producto

En consecuencia de acuerdo con el Ministerio de Agricultura y pesca y oído el sector interesado, Este Ministerio ha tenido a bien dictar la siguiente Norma de calidad para la naranja Amarga

I. Norma técnica

1.1. Definicion del producto

La presente Norma se refiere a las Naranjas amargas, frutos de las variedades (cultivares) del Citrus aurantium l., Destinados al consumo o a su tranformación industrial

1.2. Disposiciones relativas a la calidad

La Norma tiene por objeto definir las calidades que deben presentar las Naranjas amargas en el momento de su expedición, despúes de su Acondicionamiento y envasado

1.2.1. Características mínimas

En Todas las categorías, y sin perjuicio de las Disposiciones particulares previstas para cada una de Ellas y de las tolerancias admitidas, dichos frutos deben presentarse:

- Entero

- Con aspecto fresco

- Sanos; se excluyen en todo casó los frutos con ataques o Enfermedades criptogamicas que afecten a la piel, asi cómo los afectados de podredumbre o alteraciones que los hagan impropios para el consumo o para su transformación industrial

- Sin haber sido sometidos a ningún tratamiento tras su recolección, excepto el lavado con água y el cepillado

- Limpios, prácticamente exentos de materias extrañas visibles

- Exentos de humedad exteior anormal y suficientemente oreados despúes de su lavado

- Exentos de olores y/o sabores extraños

- Provistos de cáliz

- Con un contenido mínimo de zumo en Relacion al peso total del Fruto, por extracción con prensa de mano, del 22 por 100

Los frutos estarán en una fase de desarrolló que les permita soportar un transporte y una manipulación que asegure su llegada a Destino en condiciones satisfactorias

A esté respecto se exigirá en los frutos la coloración en viraje típica de la variedad en los dos tercios al menos de su superficie

1.2.2. Clasificación

La naranja Amarga se clasificará, según el fin a que se destine, en las...

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