Orden EDU/3604/2011, de 16 de diciembre, por la que se conceden subvenciones para la movilidad de profesores visitantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2011-2012.

MarginalBOE-A-2012-70
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Por Orden EDU/1541/2011, de 2 de junio, se convocaron subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2011-2012, incluidos los desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas.

Concluido el proceso de evaluación y selección de las solicitudes de ayuda de la capítulo I, Modalidad A, Subvenciones para la movilidad de profesores visitantes, y efectuada la propuesta por la Comisión de Selección prevista en el artículo 6.2 de la convocatoria, se ha resuelto:

Primero.

Conceder las subvenciones para la movilidad de profesores visitantes que se indican en el Anexo por los importes que se señalan para cada universidad y máster oficial.

Segundo.

La financiación de estas ayudas, por importe total de 3.729.768,08€ se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado de 2011.

Tercero.

El importe de las subvenciones se librará a las universidades responsables de los másteres para la inclusión en sus presupuestos. Las Universidades perceptoras de las ayudas certificarán en un plazo de tres meses, a contar desde su recepción, ante la Dirección General de Política Universitaria, que han incorporado a su contabilidad las cantidades percibidas.

Cuarto.

Las subvenciones quedan afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán las universidades perceptoras. El plazo para la justificación final de las subvenciones de movilidad de profesores visitantes, será hasta el 30 de diciembre de 2012, mediante la presentación de una memoria sobre las actividades desarrolladas.

Dicha memoria irá acompañada de un certificado de la Gerencia o servicio de contabilidad de la universidad en el que se especifiquen, detallados por conceptos, los gastos efectuados y los perceptores. Junto con el informe se remitirá asimismo, si procede, fotocopia del reintegro al Tesoro Público de los fondos no utilizados.

Quinto.

Cualquier cambio o modificación debe solicitarse, previamente, por escrito razonado a la Subdirección General de Formación y Movilidad del Profesorado, con el visto bueno del Vicerrector responsable.

Sexto.

La...

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