ORDEN ECD/873/2003, de 7 de abril, por la que se modifica la Orden de 1 de febrero de 2001, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

MarginalBOE-A-2003-7719
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ORDEN ECD/873/2003, de 7 de abril, por la que se modifica la Orden de 1 de febrero de 2001, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

La Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de 1 de febrero de 2001 (Boletín Oficial del Estado de 9 de febrero) vino a recoger, de forma integradora, el conjunto de delegaciones de competencias dispuestas tanto por parte del titular del Departamento como por otros órganos superiores y directivos del mismo. Desde entonces dicha Orden ha sido objeto de concretas modificaciones y nuevamente conviene ahora adaptar algunos supuestos de delegación o ampliar tales delegaciones en distintos ámbitos de aquéllos en que el Ministerio proyecta su actividad.

Así en primer términos se incluye una delegación en el Secretario General Técnico para la aplicación de determinados créditos de subvenciones, en materias cuya gestión le corresponde.

Se modifica asimismo el ejercicio de las competencias que actualmente están delegadas en el Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa para la resolución de los procedimientos de convalidación y declaración de equivalencias de estudios y títulos de Enseñanzas Artísticas.

Tales competencias se mantienen delegadas en aquel órgano directivo en lo referente a las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, mientras que las correspondientes a las enseñanzas de Música, Danza y Arte Dramático se delegan ahora en el Director General de Cooperación Territorial y Alta Inspección.

También se hace preciso agilizar la gestión del importante número de procedimientos que genera la resolución de situaciones diversas relativas a los expedientes académicos de los alumnos de enseñanzas no universitarias y el reconocimiento de equivalencias, a efectos laborales, de diversos estudios con los Títulos de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria y Bachillerato, encomendados a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional. Parece pues conveniente utilizar también la fórmula de la delegación de competencias en estos casos, no contemplados explícitamente en la Orden de 1 de febrero de 2001.

Por otra parte, el desarrollo del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre (BOE de 23 de enero de 1998) sobre enseñanzas y titulaciones de técnicos deportivos, así como la consiguiente implantación de las enseñanzas de diferentes especialidades deportivas, hacen aconsejable utilizar...

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