INSTRUMENTO DE RATIFICACION DEL ACUERDO SOBRE EL ESTATUTO DE LAS MISIONES Y REPRESENTANTES DE TERCEROS ESTADOS ANTE LA ORGANIZACION DEL TRATADO DEL ATLANTICO NORTE, HECHO EN BRUSELAS EL 14 DE SEPTIEMBRE DE 1994.
Fecha de Entrada en Vigor | 28 de Marzo de 1997 |
Marginal | BOE-A-1997-9609 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Jefatura del estado |
JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA
Por cuanto el día 8 de mayo de 1995, el Plenipotenciario de España, nombrado en buena y debida forma al efecto, firmó en Bruselas el Acuerdo sobre el Estatuto de las Misiones y Representantes de Terceros Estados ante la Organización del Tratado del Atlántico Norte, hecho en Bruselas el 14 de septiembre de 1994,
Vistos y examinados el Preámbulo y los cuatro artículos de dicho Acuerdo,
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,
Vengo en aprobar y ratificar cuanto en él se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores.
Dado en Madrid a 17 de enero de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Asuntos Exteriores,
CARLOS WESTENDORP Y CABEZA
ACUERDO SOBRE EL ESTATUTO DE LAS MISIONES Y REPRESENTANTES DE TERCEROS ESTADOS ANTE LA ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE
Teniendo en cuenta la Declaración sobre la Paz y la Cooperación formulada por los Jefes de Estado y de Gobierno que participaron en la reunión del Consejo del Atlántico Norte en Roma los días 7 y 8 de noviembre de 1991, en la que se instaba el establecimiento de un Consejo de Cooperación del Atlántico Norte, y la Declaración del Consejo de Cooperación del Atlántico Norte sobre Diálogo, Asociación y Cooperación, de 20 de diciembre de 1991;
Tomando nota de la invitación de la Asociación para la Paz formulada y firmada por los Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados Miembros de la Organización del Tratado del Atlántico Norte en la reunión del Consejo del Atlántico Norte, celebrada en Bruselas el 10 de enero de 1994;
Reconociendo la necesidad de determinar el Estatuto de las Misiones y Representantes de Terceros Estados ante la Organización;
Teniendo en cuenta que la finalidad de las inmunidades y privilegios contenidos en el presente Acuerdo no es la de beneficiar a personas físicas, sino la de garantizar el eficaz desempeño de sus funciones en relación con la Organización;
Las Partes en el presente Acuerdo han convenido en lo siguiente:
A los efectos del presente Acuerdo:
Por «la Organización» se entenderá:
La Organización...
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