RESOLUCION DE 28 DE ABRIL DE 1995, de la Secretaria de Estado de Medio ambiente y Vivienda, por la que se dispone la Publicacion del acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de Febrero de 1995, por el que se aprueba el Plan nacional de Saneamiento y depuracion de aguas residuales.

MarginalBOE-A-1995-11343
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Obras Publicas y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros, en su reunión de 17 de febrero de 1995, adoptó un Acuerdo por el que se aprueba el Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales. Con el fin de asegurar la efectividad de su publicidad, esta Secretaría de Estado ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 28 de abril de 1995.-La Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, Cristina Narbona Ruiz.

ANEXO

Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales (1995-2005)

Texto aprobado por el Consejo de Ministros de 17

de febrero de 1995

INDICE

  1. Introduccción.

  2. Diagnóstico de la situación actual.

  3. Objetivos y principales líneas de actuación del Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales.

  4. Medidas de fomento de la reducción progresiva de la carga contaminante.

  5. El programa de infraestructuras de depuración y su financiación.

    CUADROS

    Cuadro 1. Población equivalente servida conforme a la Directiva 91/271.

    Cuadro 2. Objetivos y líneas de actuación en la gestión del dominio público hidráulico.

    Cuadro 3. Inversiones totales necesarias para la financiación del Plan Nacional de Depuración 1995-2005.

    Cuadro 4. Recursos de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda y de Fondos de Cohesión para el Plan Nacional de Depuración de Aguas Residuales.

  6. Introducción

    El presente documento tiene como objetivo fijar las directrices y los escenarios de financiación del Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales 1995-2005 y se eleva para su aprobación por parte del Consejo de Ministros, oído el Consejo Asesor de Medio Ambiente, que ha incorporado observaciones a través de su grupo de trabajo de Políticas de Agua, y una vez consideradas sus líneas básicas con las Comunidades Autónomas, que se presentaron en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente (Guadalupe, 19 de septiembre de 1994).

    El objetivo básico de este Plan es el de garantizar la calidad de la depuración y del vertido de las aguas residuales urbanas, acorde con los criterios de la Unión Europea, mediante la integración y coherencia de las inversiones de los tres niveles de la Administración, y el desarrollo normativo básico propiciado por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda. El Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales constituye una pieza fundamental de la política de gestión del dominio público hidráulico; en particular, deberá verse acompañado por actuaciones -no incluídas en este Plan Nacional, pero en gran medida ya avanzadas- que favorezcan la reducción en origen de la carga contaminante y el correcto control de los vertidos, así como por el desarrollo de los programas ya iniciados y no incluidos en este Plan en materia de vigilancia de calidad de las aguas (SAICA), de deslinde del dominio público (LINDE), y de restauración hidrológico ambiental de las cuencas (PICHRA).

    Con el diseño de este Plan se pretende superar el modelo de actuación de la Administración Central en cuanto a la financiación de este tipo de infraestructuras, mediante el uso exclusivo del instrumento de la declaración de determinadas inversiones como «obras de interés general de Estado», decisión que si bien ha guardado relación con la gravedad de los problemas a abordar, se ha producido de forma esporádica, sin una visión global de referencia ni la suficiente corresponsabilización de las Administraciones territoriales competentes. El Plan intenta establecer criterios objetivos para fijar el compromiso de apoyo en todo el territorio nacional de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, con cargo a sus propios presupuestos o canalizando recursos del Fondo de Cohesión hacia proyectos de las Comunidades Autónomas.

    El Plan va acompañado de varias disposiciones normativas, en avanzado estado de elaboración (entre las que destaca la transposición de la Directiva 91/271), cuya aprobación durante el presente ejercicio no impide que, una vez aprobado el Plan por el Consejo de Ministros se pueda proceder de inmediato a la firma de Convenios bilaterales con cada una de las Comunidades Autónomas. Los compromisos resultantes serán revisados, en su caso, con los necesarios acuerdos bilaterales previos.

    El Gráfico 1, describe el conjunto de las normas comunitarias que están ya aplicándose en España, o en fase de transposición, relativas a la calidad de las aguas.

    (GRAFICO 1 OMITIDO)

    La participación ciudadana en el desarrollo del Plan se garantiza a través del Consejo Asesor de Medio Ambiente y de las organizaciones que lo integran.

  7. Diagnóstico de la situación actual

    En España existen más de tres mil depuradoras de aguas residuales en servicio, y alrededor de doscientas más en construcción, que suponen una dotación teórica para el 60 por 100 de la población de derecho. Pero ni los sistemas de tratamiento ni los de gestión de las plantas son, en muchos casos, los adecuados, ni todas las plantas están -salvo excepciones-, correctamente dimensionadas para atender la población de hecho ni la carga contaminante de origen industrial que le corresponde.

    De acuerdo con los criterios de la Unión Europea, la población equivalente (que incluye la población de hecho y la carga contaminante de origen industrial) servida actualmente en España es apenas el 40,7 por 100 del total. Con las depuradoras actualmente en construcción se alcanzaría un porcentaje del 53,7 por 100 a medio plazo. Ello supone un enorme esfuerzo inversor a llevar a cabo de acuerdo con los calendarios y las definiciones de la Directiva 91/271, esfuerzo que será muy diferente en cada ámbito territorial, como se aprecia en el cuadro 1. El análisis concreto de la situación en las principales ciudades españolas pone aún más de manifiesto las carencias existentes en núcleos urbanos de gran relevancia (por la calidad ambiental de su entorno, por sus potencialidades turísticas, por tamaño de la población...).

    CUADRO 1

    Población equivalente servida conforme a la Directiva 91/271

    Comunidad Autónoma / Conforme: (h-e) / Porcentaje / No conforme en construcción: (h-e) / Porcentaje / No conforme (h-e): (h-e) / Porcentaje / Total (h-e) / Coste unitario - (pta/He)

    Andalucía / 4.787.733 / 34,96 / 2.049.935 / 14,97 / 6.856.717 / 50,07 / 13.694.385 / 38.960

    Aragón / 1.037.000 / 40,76 / - / - / 1.507.000 / 59,24 / 2.544.000 / 39.429

    Asturias / 736.311 / 34,70 / 120.000 / 5,66 / 1.265.494 / 59,64 / 2.121.805 / 61.084

    Baleares / 969.848 / 51,05 / 211.252 / 11,12 / 718.834 / 37,83 / 1.899.935 / 35.211

    Canarias / 2.002.075 / 61,48 / 175.000 / 5,37 / 1.079.548 / 33,15 / 3.256.624 / 38.286

    Cantabria / 25.000 / 1,87 / 10.000 / 0,75 / 1.305.000 / 97,39 / 1.340.000 / 45.506

    Castilla y León / 783.666 / 13,19 / 755.255 / 12,71 / 4.402.072 / 74,10 / 5.940.993 / 36.182

    Castilla-La Mancha / 1.599.600 / 49,58 / 70.000 / 2,17 / 1.556.765 / 48,25 / 3.226.366 / 26.556

    Cataluña / 5.601.135 / 38,77 / 5.849.692 / 40,49 / 2.997.491 / 20,75 / 14.448.319 / 31.082

    Extremadura / 606.854 / 30,91 / 85.000 / 4,33 / 1.271.470 / 64,76 / 1.963.324 / 51.211

    Galicia / 365.732 / 6,67 / 224.500 / 4,09 / 4.896.982 / 89,24 / 5.487.214 / 31.986

    Madrid / 10.225.814 / 83,47 / 129.300 / 1,06 / 1.895.570 / 15,47 / 12.250.685 / 45.441

    Murcia / 700.000 / 23,73 / 108.000 / 3,66 / 2.142.000 / 72,61 / 2.950.000 / 23.778

    Navarra / 75.657 / 8,83 / 10.900 / 1,27 / 770.568 / 89,90 / 857.125 / 21.626

    País Vasco / 559.000 / 16,72 / 68.000 / 2,03 / 2.716.490 / 81,25 / 3.343.490 / 49.475

    La Rioja / 125.777 / 22,83 / - / - / 425.229 / 77,17 / 551.006 / 27.042

    Comunidad Valenciana / 4.364.318 / 48,71 / 1.147.000 / 12,80 / 3.449.287 / 38,49 / 8.960.606 / 34.330

    Ceuta y Melilla / - / - / - / - / 266.912 / 100,00 / 266.912 / 18.928

    España / 34.565.520 / 40,62 / 11.013.834 / 12,94 / 39.523.429 / 46,44 / 85.102.790 / 36.493

    Con excepciones importantes, los principales problemas relativos a las aguas residuales que se detectan con mayor frecuencia -junto con la irregularidad geográfica de las dotaciones existentes ya señalada- son los siguientes:

    Redes de saneamiento urbanas con insuficiente capacidad o en estado deficiente, lo que provoca fugas o la dilución con las aguas freáticas, que aunque independientes del Plan de Saneamiento, afecta a la explotación.

    Obsolescencia de las instalaciones de depuración y de vertido, en particular las construidas antes del inicio de la década de los ochenta.

    Insuficientes medios humanos y materiales para la correcta explotación y mantenimiento de las plantas. Las tarifas o cánones aplicados -ni siquiera cuando se consigue cobrarlos- no siempre cubren los costes correspondientes.

    Escaso control y seguimiento del funcionamiento de las depuradoras por parte de las autoridades competentes.

    Inexistencia o insuficiente cumplimiento de las Ordenanzas municipales que regulan el vertido al alcantarillado.

    Escasa preocupación por el tratamiento y eliminación de los fangos derivados de la depuración, lo que puede provocar incluso problemas de la calidad del efluente.

    Insuficiente consideración y gestión de las aguas de tormenta, que impide en ocasiones el cumplimiento de los objetivos de calidad.

    Los vertidos de las empresas industriales no cumplen, en su mayoría, con las normas de emisión, y los correspondientes procedimientos de autorización, control y sanción deben ser revisados.

    Estos elementos negativos del diagnóstico no deben, en ningún caso, infravalorar el esfuerzo realizado, durante los últimos años, por las Corporaciones Locales y por aquellas Comunidades Autónomas donde se han aprobado normas que regulan sus funciones de planificación, coordinación y auxilio financiero y técnico, en materia de saneamiento. Prácticamente en todas las...

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