ORDEN 37/2000, de 18 de febrero, sobre constitución y composición de las Mesas de Contratación Permanentes en el Cuartel General del Ejército del Aire y en el apoyo a la fuerza.
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Marzo de 2000 |
Marginal | BOE-A-2000-4019 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Defensa |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN 37/2000, de 18 de febrero, sobre constitución y composición de las Mesas de Contratación Permanentes en el Cuartel General del Ejército del Aire y en el apoyo a la fuerza.
De conformidad con lo previsto en los artículos 82 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, y 22 del Real Decreto 1390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la citada Ley, así como lo establecido en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero. Constitución.--Se constituyen en el Ejército del Aire, con las funciones que le asigna la Ley 13/1995, las siguientes Mesas de Contratación, con carácter permanente:
Mesa de Contratación Permanente para el Cuartel General del Ejército del Aire y el Mando de Personal.
Mesa de Contratación Permanente para el Mando del Apoyo Logístico.
Segundo. Composición.
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Mesa para el Cuartel General del Ejército del Aire y el Mando de Personal; estará constituida por los siguientes miembros:
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Presidente: General Director de Asuntos Económicos del Aire.
En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal será sustituido por el Vicepresidente y, en su defecto, por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre sus componentes.
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Vicepresidente: Subdirector de Contabilidad y Contratación de la Dirección de Asuntos Económicos.
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Vocales:
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Un representante de la Dirección de Asuntos Económicos.
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Un representante del Mando de Personal.
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Un representante de la Dirección de Servicios Técnicos.
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Un representante de la Agrupación del Cuartel General.
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Un miembro del Cuerpo Jurídico de entre los destinados en la Asesoría Jurídica.
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Un miembro del Cuerpo Militar de Intervención de entre los destinados en la Intervención Delegada Central.
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Secretario: Un miembro del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire de entre los destinados en la Dirección de Asuntos Económicos.
Todos los miembros anteriormente citados tendrán derecho a voz y voto, a excepción del Secretario, que actuará con voz pero sin voto.
Cuando así lo aconseje el objeto de los contratos a celebrar podrá requerirse la asistencia de cuantos asesores técnicos se consideren necesarios. Dichos asesores no tendrán la consideración de miembros de la Mesa de Contratación.
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Mesa para el Mando del Apoyo Logístico estará constituida...
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