ORDEN PRE/228/2003, de 5 de febrero, por la que se crea la Comisión de Seguimiento Ambiental de las actuaciones de ampliación del Sistema Aeroportuario de Madrid (CSAM).

Fecha de Entrada en Vigor13 de Febrero de 2003
MarginalBOE-A-2003-2794
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

ORDEN PRE/228/2003, de 5 de febrero, por la que se crea la Comisión de Seguimiento Ambiental de las actuaciones de ampliación del Sistema Aeroportuario de Madrid (CSAM).

La Resolución de 10 de abril de 1996, de la Dirección General de Información y Evaluación Ambiental, por la que se formuló la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de ampliación del aeropuerto de Madrid-Barajas, creó en su apartado 2.5.3 la Comisión de Vigilancia del Ruido, especificando las funciones que se le encomendaban.

La entrada en vigor de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, modificó en sus artículos 38 y siguientes el régimen jurídico de los órganos colegiados. Dicha Comisión de Vigilancia del Ruido reunía los requisitos sustantivos de las comisiones interministeriales a tenor de lo dispuesto en el artículo 40 de esta Ley. En consecuencia, mediante Orden del Ministro de la Presidencia de 21 de enero de 1999, se dotó a la Comisión de Vigilancia del Ruido del estatuto formal que la referida norma legal exige.

Con posterioridad, a partir de los trabajos de planificación conocidos genéricamente como el 'Proyecto Futuro Sistema Aeroportuario de Madrid', se optó por la construcción de dos nuevas pistas con orientaciones 15-33 y 18-36 y demás actuaciones asociadas.

El correspondiente proyecto constructivo fue sometido a la preceptiva evaluación de impacto ambiental durante 2000 y 2001, culminando el procedimiento con la formulación de la declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación del sistema aeroportuario de Madrid, por Resolución de 30 de noviembre de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente.

La condición undécima de la referida declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación del sistema aeroportuario de Madrid, prevé la existencia de la Comisión de Seguimiento del Sistema Aeroportuario de Madrid (CSAM), que deberá estar constituida en el plazo de dos meses a partir de su publicación y que asumirá las funciones que en la actualidad realiza la Comisión de Vigilancia del Ruido. Igualmente se prevé en dicha condición que esta última Comisión quedará disuelta a partir de la fecha de la constitución de la nueva Comisión de Seguimiento Ambiental del Sistema Aeroportuario de Madrid (CSAM).

Esta Comisión...

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