APLICACIÓN PROVISIONAL DEL ACUERDO POR EL QUE EL GOBIERNO DEL REINO DE MARRUECOS PONE A DISPOSICION DEL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA UN EDIFICIO DESTINADO A CENTRO ESCOLAR, FIRMADO «AD REFERENDUM» EN RABAT EL 6 DE FEBRERO DE 1996.

MarginalBOE-A-1996-22099
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

ACUERDO POR EL QUE EL GOBIERNO DEL REINO DE MARRUECOS PONE A DISPOSICIÓN DEL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA UN EDIFICIO DESTINADO A CENTRO ESCOLAR PREÁMBULO

En aplicación del Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de España y el Gobierno del Reino de Marruecos del 14 de octubre de 1980, y dentro del marco general previsto por el Tratado de Amistad y de Buena Vecindad concluido entre los dos países, con el objeto de profundizar y desarrollar las relaciones bilaterales, culturales y educativas entre Marruecos y España,

Artículo 1

El Gobierno del Reino de Marruecos pone a disposición del Gobierno del Reino de España el inmueble patrimonial número 731, cuyas características son las siguientes:

Localización: Esquinas con las calles Khouribga, Khenifra y Atlas-Rabat.

Situación jurídica: Propiedad registrada en la Conservation de la Propiété Foncière de Rabat, con el número 370239-R.

Características y descripción del lugar: Terreno con una superficie de 4.731 metros cuadrados que contiene los edificios que se describen:

  1. Una edificación de una superficie construida de 525 metros cuadrados comprendiendo:

    Planta sótano: Un garaje y un trastero.

    Planta baja y primera planta: 30 despachos, dos salas de reunión, dos distribuidores, una cocina y un aseo.

    La segunda planta: Una vivienda de cuatro habitaciones, cocina, cuarto de baño, lavadero y aseo.

  2. Pabellones prefabricados comprendiendo: 26 despachos, tres almacenes, una vivienda de conserje, lavabos y aseo, con una superficie construida de 679 metros cuadrados.

    En estado de conservación normal.

Artículo 2

Esta entrega se realiza con el único objeto de que el Ministerio de Educación y Ciencia español utilice dicha propiedad como centro escolar español de enseñanzas primaria y secundaria, para garantizar los estudios del sistema educativo español así como los servicios pedagógicos y administrativos implicados.

Artículo 3

La presente entrega se hace a título gratuito, libre de ocupantes y cargas en la fecha en que aquélla se haga efectiva.

Artículo 4

El Ministerio español de Educación y Ciencia se compromete a abrir y garantizar el mantenimiento del mencionado centro escolar, cuyos gastos de acondicionamiento y funcionamiento (electricidad, agua, limpieza, conservación, personal docente y administrativo, y cuidado y vigilancia, etc.) correrán a cargo...

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