Ley Foral de 18 de Octubre de 1984 sobre Concesion de Un suplemento de Credito para atender gastos de Servicios sociales.

MarginalBOE-A-1984-24799
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Foral de Navarra
Rango de LeyLey foral

El Presidente del Gobierno de Navarra

Hace saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral sobre concesión de un suplemento de crédito para atender gastos de Servicios Sociales.

Artículo 1 º se aprueba la concesión de un suplemento de crédito de 57.177.103 pesetas para atender gastos de Servicios Sociales repartidos de la siguiente forma:

................................................... Pesetas

Infancia y Juventud

Junta de protección de menores ................... 35.000.000

Tribunal tutelar de menores ...................... 4.177.103

Estancias concertadas y ayudas a familias para evi-

Tar internamientos ............................... 5.000.000

Reinserción social

Apoyo a Comunidades terapéuticas y reinserción so-

Cial de drogadictos ............................... 7.900.000

Minusválidos

Estancias concertadas ............................. 6.000.000

Total ............................................. 57.177.103

Art. 2.º 1. La financiación del referido suplemento de credito se realizará con cargo a las siguientes partidas:

Ver imagen página 32227

  1. La ampliación del crédito será abonada a las siguientes partidas del vigente presupuesto:

Ver imagen página 32227

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley orgánica de reintegración y amejoramiento del régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de s. M. El rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el "Boletín Oficial de Navarra" y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 18 de octubre de 1984

Gabriel urralburu tainta

Presidente del Gobierno de Navarra

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