Resolución de 22 de diciembre de 2005, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del padrón catastral y del fichero de documentos de alteración catastral.
Marginal | BOE-A-2005-21431 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Resolución |
Resolución de 22 de diciembre de 2005, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del padrón catastral y del fichero de documentos de alteración catastral.
Conforme establece el artículo 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el impuesto sobre Bienes Inmuebles se gestiona a partir de la información contenida en el Padrón catastral y en los demás documentos expresivos de sus variaciones elaborados al efecto por la Dirección General del Catastro. Dicho Padrón, que se formará anualmente para cada término municipal, contendrá la información relativa a los bienes inmuebles, separadamente para los de cada clase y será remitido a las entidades gestoras del impuesto antes del 1 de marzo de cada año.
Por otra parte, el artículo 1 del Real Decreto 1390/1990, de 2 de noviembre, sobre colaboración de las Administraciones Públicas en materia de Gestión Catastral y Tributaria e Inspección Catastral, dispone que las Gerencias Territoriales del Catastro remitirán a los Ayuntamientos o a los demás Entes Locales que ejerzan la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, además del padrón anual anteriormente citado, con periodicidad trimestral, relación de las modificaciones jurídicas y alteraciones de valor catastral que hubieren sido acordadas, ya sea en virtud de las declaraciones o recursos formulados por los interesados o de actuaciones practicadas de oficio por las Gerencias Territoriales, siempre que tuvieran efectos tributarios en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el propio ejercicio en que se produzcan.
El artículo 5.º del mismo Real Decreto 1390/1990 dispone que el intercambio de información correspondiente deberá llevarse a cabo, siempre que sea posible, a través de la utilización de medios y tecnologías informáticas, y en este sentido la resolución de la Dirección General del Catastro de 18 de abril de 2002 aprobó la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero de documentos de alteración catastral, y la resolución de 2 de enero de 2003 de esta misma Dirección General, aprobó la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles hasta ahora vigentes.
Los formatos aprobados por dichas resoluciones, y...
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