Ley sobre derogación de la Ley 42/1974, de 28 de noviembre, de Bases, Orgánica de la Justicia.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Febrero de 1978
MarginalBOE-A-1978-5336
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes, vengo en sancionar:

Artículo único

Se deroga la Ley cuarenta y dos/mil novecientos setenta y cuatro, de veintiocho de noviembre, de Bases, Orgánica de la Justicia, sin que subsista ninguno de sus efectos, con las siguientes excepciones:

Primera. El párrafo primero del número treinta y dos de la base novena, el número sesenta y uno de la base undécima y los números sesenta y ocho y sesenta y nueve de la base decimotercera de la Ley cuarenta y dos/mil novecientos setenta y cuatro, de veintiocho de noviembre, cuyas normas fueron declaradas vigentes por el artículo segundo del Real Decreto-ley veinticuatro/mil novecientos setenta y seis, de veintiséis de noviembre.

Segunda. El texto articulado de la precitada Ley de Bases, aprobado por Real Decreto dos mil ciento cuatro/mil novecientos setenta y siete, de veintinueve de julio, en virtud de la autorización contenida en el Real Decreto-ley veinticuatro/mil novecientos setenta y seis, de veintiséis de noviembre.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En el plazo de cuatro meses, a contar desde la fecha de promulgación de la Constitución española, el Gobierno remitirá a las Cortes un proyecto de Ley de Bases de Organizacion del Poder Judicial acomodado a los principios establecidos en ella.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dada en Madrid a veinte de febrero de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes,

ANTONIO HERNÁNDEZ GIL

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR