Orden de 22 de octubre de 1990 por la que se dispone la entrada en Funcionamiento de Organos jurisdiccionales unipersonales.
Marginal | BOE-A-1990-26022 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Justicia |
Rango de Ley | Orden |
En desarrolló de las facultades conferidas en las Disposiciones finales de los reales Decretos 1529/1989, de 15 de diciembre, y 658/1990, de 25 de mayo, y previó informe del Consejo General del Poder Judicial, he tenido a bien disponer:
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El dia 17 de diciembre de 1990 entrarán en Funcionamiento los siguientes juzgados:
Juzgados de Primera instancia
Número 40 de barcelona.
Número 41 de barcelona.
Número 42 de barcelona.
Número 43 de barcelona.
Juzgados de Primera instancia e instrucción
Número 4 de Arrecife.
Número 2 de el Puerto de la Cruz.
Número 3 de vinaros.
Números 4, 5 y 6 de alzira.
Número 2 de paterna.
Número 3 de Quart de Poblet.
Juzgados de lo Social
Número 2 de ponferrada.
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El dia 1 de febrero de 1991 entrarán en Funcionamiento los juzgados de Primera instancia e instrucción números 5 y 6 de Eivissa.
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El dia 1 de abril de 1991 entrarán en Funcionamiento los siguientes juzgados:
Juzgados de Primera instancia
Número 9 de Granada. Juzgados de Primera instancia e instrucción
Número 6 de Algeciras.
Números 4 y 5 de motril.
Números 6 y 7 de fuengirola.
Números 6 y 7 de san Bartolomé de Tirajana.
Número 10 de Santa Cruz de tenerife.
Número 3 de el Prat de llobregat.
Números 6 y 7 de Benidorm.
Número 2 de Ribeira.
Número 2 de porriño.
Número 2 de cangas de morrazo.
Número 4 de Alcobendas.
Números 2 y 3 de coslada.
Número 2 de Arganda del rey.
Número 3 de Parla.
Número 6 de Alcorcon.
Números 6, 7 y 8 de Cartagena.
Juzgados de lo Social
Número 6 de Granada.
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El dia 1 de Julio de 1991 entrarán en Funcionamiento los siguientes juzgados:
Juzgados de Primera instancia
Números 5 y 6 de donostia-San Sebastián.
Juzgados de Primera instancia e instrucción
Número 4 de bergara.
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Se deja sin efecto lo dispuesto en la orden de 12 de Julio de 1990, en lo que queda modificado por los apartados 1, 2 y 3 del presente artículo.
Art. 2. 1. Los funcionarios que hayan obtenido Destino en los juzgados de Primera instancia e instrucción números 6 y 7 de fuengirola, 5 y 6 de Eivissa, 3 de vinaros, 4, 5 y 6 de alzira y 3 de Quart de Poblet a Traves de los concursos de traslados resueltos por órdenes de 5 de septiembre, 26 de septiembre, 28 de septiembre y 1 de octubre, se incorporarán a sus destinos en la fecha de inició de actividades a que se refiere el artículo 1. Vr de la presente orden.
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