INSTRUCCION DE 5 DE MAYO DE 1993, de la Junta electoral central, sobre delegacion en las Juntas electorales provinciales de la Competencia para la Distribucion de Espacios gratuitos de Propaganda electoral en la Programacion regional y Local de los Medios publicos de Comunicacion.

MarginalBOE-A-1993-11808
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJunta Electoral Central
Rango de LeyInstrucción

El artículo 65.5 de la LOREG establece que . En su virtud, la Junta Electoral Central, en su reunión del día de la fecha y en orden al proceso electoral, convocado por el Real Decreto 534/1993, de 12 de abril, ha acordado, en su reunión de 5 de mayo de 1993, dictar la siguiente

INSTRUCCION

Unico.-Se delega en las Juntas Electorales Provinciales, a los efectos de las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, convocadas por el Real Decreto 534/1993, de 12 de abril, las competencias concedidas a la Junta Electoral Central por la LOREG, de conformidad con lo establecido en el artículo 65.5 del citado texto legal, en orden a la distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral en las programaciones regionales y locales de los medios públicos de comunicación, con excepción de las emisoras locales de radiodifusión, según lo establecido en el artículo único, apartado 3, de la Ley Orgánica 10/1991, de 8 de abril, de publicidad electoral en las emisoras municipales de radiodifusión sonora. Cuando la programación del medio de comunicación público sea de ámbito superior al provincial, la delegación se entiende hecha a favor de la Junta Electoral Provincial en cuyo ámbito territorial radique el medio o centro emisor.

Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de...

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