Resolución de 20 de enero de 1982, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se delegan atribuciones del Interventor general de la Administración del Estado en los Interventores Delegados de los Departamentos ministeriales y de sus Organismos autónomos.
Marginal | A02141-02142 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Rango de Ley | Resolución |
La Ley 44/1981, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1982, en su artículo doce, permite que el Consejo de Ministros, a propuesta de los Departamentos interesados, autorice la contratación directa de los proyectos que se inicien durante el ejercicio de 1982 con cargo a los presupuestos del Ministerio respectivo y de sus Organismos autónomos, cualquiera que sea el origen de los fondos y cuyo presupuesto sea inferior a 50.000.000 de pesetas
En armonía con el propósito del legislador, resulta conveniente la descentralización de la actuación interventora, no solamente para el actual ejercicio, sino para los sucesivos, siempre que se produzcan autorizaciones legislativas análogas cualquiera que sea su cuantía.
Por ello en virtud de lo que dispone el artículo 4, apartado dos, de la Ley General Presupuestaria 11/1977, de 4 de enero y de conformidad con el artículo 22, apartado cinco, de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957, y previa conformidad del excelentísimo señor Ministro de Hacienda.
La Intervención General de la Administración del Estado ha tenido a bien a disponer:
Primero.- Teniendo en cuenta el contenido del artículo 12 de La Ley 44/1981 de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para, 1982 y con la finalidad de agilizar al máximo la gestión de los gastos inherentes a los proyectos a que se refiere, se delega en los Interventores Delegados del Interventor general de la Administración del Estado el...
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