Orden ECI/3184/2005, de 6 de octubre, por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Octubre de 2005
MarginalBOE-A-2005-17048
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) creada por el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, tiene el objetivo de incentivar la labor docente e investigadora del personal docente universitario, mediante la evaluación individualizada de estas actividades.

Sin embargo, hasta la Orden ECD/2713/2003, de 26 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, ésta no se había dotado de unas normas de funcionamiento interno dirigidas a conseguir una actuación eficaz, eficiente y transparente de todas las actuaciones adoptadas por esta Comisión en el ejercicio de sus competencias.

La aplicación de este Reglamento de Funcionamiento Interno ha puesto de manifiesto lo adecuado de su aprobación y ha permitido que la CNEAI haya desarrollado más eficazmente las labores que tiene encomendadas. Desde su promulgación, la experiencia en la aplicación de este Reglamento y el deseo de mejorar la actuación de la Comisión hace necesario proceder a una actualización del Reglamento de Funcionamiento Interno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, adecuando algunas de las competencias atribuidas a los miembros de la misma y teniendo en cuenta, también, las nuevas denominaciones de los órganos superiores y directivos de este departamento, tal y como se han establecido en el Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por ello, haciendo uso de las atribuciones que me confiere la disposición final primera del Real Decreto 74/2000, de 21 de enero, por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Apartado primero. Aprobación del Reglamento.

Se aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) que se inserta a continuación.

Apartado segundo. Dotación de medios suficientes.

El Ministerio de Educación y Ciencia, a propuesta de la Directora General de Investigación, dotará a la CNEAI de los medios personales y materiales necesarios para el desarrollo de sus funciones, incluidos los recursos presupuestarios correspondientes.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden ECD/2713/2003, de 26 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

Se autoriza al Secretario de Estado de Universidades e Investigación, para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones o instrucciones precisas para la ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 6 de octubre de 2005.

SAN SEGUNDO GÓMEZ DE CADIÑANOS

Sr. Secretario de Estado de Universidades e Investigación y Sra. Presidenta de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, Directora General de Investigación.

ANEXO. Reglamento de Funcionamiento Interno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora

Artículo 1 Disposiciones Generales.

La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) es el órgano al que corresponde efectuar la evaluación de la actividad investigadora de los Profesores universitarios y del personal investigador del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, que le atribuye el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, modificado parcialmente por los Reales Decretos 1949/1995, de 1 de diciembre; 74/2000, de 21 de enero, y 1325/2002, de 13 de diciembre, así como la Resolución del Secretario de Estado de Hacienda de 28 de diciembre de 1989.

Artículo 2 Composición de la CNEAI.
  1. La CNEAI estará integrada por los siguientes miembros:

    1. Presidenta: La Directora General de Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia.

    2. Vocales: Siete representantes del Ministerio de Educación y Ciencia, designados por el Secretario de Estado de Universidades e Investigación y un representante designado por cada una de las Comunidades Autónomas.

  2. Los miembros de la CNEAI nombrados por el Secretario de Estado deberán tener reconocidos, al menos, tres tramos de investigación.

  3. Las Comunidades Autónomas podrán nombrar suplentes de los Vocales por ellas designados que deberán tener reconocidos, al menos, tres tramos de investigación.

  4. El Presidente nombrará, de entre los vocales designados en representación del Ministerio, un Coordinador General.

Artículo 3 Funciones y atribuciones de los miembros.

Corresponde a los miembros de la Comisión:

  1. Recibir, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, la convocatoria conteniendo el orden del día de las reuniones.

  2. Participar en los debates de las reuniones.

  3. Ejercer...

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