Resolución de 12 de febrero de 2010, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas para participar en un Programa de Inmersión Lingüística en colonias de vacaciones, para el verano de 2010.

MarginalBOE-A-2010-3058
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyResolución

El conocimiento de un idioma distinto del propio, contribuye de forma esencial a la formación integral del alumnado. Su aprendizaje se ha convertido en un objetivo fundamental de los sistemas educativos, tanto porque favorece la libre circulación y comunicación como por exigencias del mercado de trabajo.

En este sentido, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, insiste en la necesidad de potenciar desde el sistema escolar, junto a otros saberes, el conocimiento de las lenguas extranjeras y consigna una importante cantidad de recursos destinados al refuerzo de su aprendizaje en la educación básica.

A estos efectos, el Ministerio de Educación ha puesto en marcha un Programa de Inmersión Lingüística destinado al alumnado del último ciclo de la Educación Primaria y de primer curso de Educación Secundaria Obligatoria que se diversifica en dos modalidades.

La primera de ellas, desarrollada durante el período vacacional del verano, consiste en la asistencia a colonias en las que se trabajarán prioritariamente los aspectos orales del aprendizaje de la lengua inglesa. La segunda modalidad oferta ayudas para la asistencia a distintos «centros de inmersión» de grupos de alumnos y alumnas junto con su profesor o profesora, en período lectivo, como complemento pedagógico al trabajo realizado en el aula.

Por la presente Resolución se procede a convocar, en el marco del Programa de Inmersión Lingüística 2010, 1.600 ayudas para la primera de las modalidades mencionadas, es decir, para la asistencia a colonias, durante el verano, por parte del alumnado, de forma individual.

Cada una de estas colonias se identificará con la denominación de las instalaciones en las que se ubica y en ellas se celebrarán dos turnos de asistencia, de dos semanas cada uno, en la primera y segunda quincenas de agosto. A cada colonia asistirán doscientos alumnos/as, distribuidos en dos grupos de cien para los dos turnos de asistencia mencionados. Por consiguiente, las actividades tendrán lugar en 8 colonias, en instalaciones situadas en distintos puntos de la geografía española. Se desarrollarán en régimen de internado y se impartirán clases de lengua inglesa; éstas se complementarán con actividades lúdicas, deportivas, etc., que se utilizarán como situaciones de aprendizaje de los aspectos orales de la lengua inglesa.

La gestión y organización de las colonias se llevará a cabo por parte de empresas con la debida cualificación para llevar a cabo estas actividades, contratadas al efecto por el Ministerio de Educación. Se ocuparán de aportar los recursos materiales y humanos necesarios para su desarrollo, así como de la contratación de la oportuna póliza de seguros para la cobertura de los/as asistentes. Cada una de las empresas que resulten seleccionadas podrá gestionar, como máximo, dos colonias.

Correrá a cargo de las familias de los/as participantes su traslado, tanto de ida como para el regreso, desde su domicilio hasta el inmueble en que se desarrolle la colonia y viceversa.

Habida cuenta que la posibilidad de sufragar estas actividades no está al alcance de numerosas familias españolas, se considera conveniente establecer un sistema de ayudas específicas, dirigidas a colaborar en la financiación de estos gastos.

Por consiguiente, de acuerdo con la normativa vigente en materia de subvenciones públicas y especialmente con la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio, he resuelto:

Primero.-Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 1.600 ayudas para la participación en una de las colonias de dos semanas de duración, organizadas por el Ministerio de Educación durante el mes de agosto de 2010.

Estas ayudas se distribuyen a su vez en dos grupos: Primero y segundo, de acuerdo con los requisitos que para cada uno de ellos se establecen en el apartado siguiente:

1.200 ayudas de hasta 456 euros para el grupo primero. 400 ayudas de hasta 156 euros para el grupo segundo.

Segundo.-1. Requisitos generales que deberán cumplir todos/as los/as solicitantes:

  1. Podrá optar a estas ayudas el alumnado que en el presente curso 2009/2010 esté matriculado en centros sostenidos con fondos públicos, en alguno de los cursos mencionados a continuación:

    Quinto curso de Enseñanza Primaria Sexto curso de Enseñanza Primaria Primer curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria

  2. La edad de los/as participantes no podrá superar los 13 años a fecha 5 de septiembre de 2010.

    1. Los/as solicitantes que a fecha 31 de diciembre de 2009 se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, integrarán el denominado grupo primero, al que hace referencia el apartado primero de la presente convocatoria:

  3. Orfandad absoluta del/de la solicitante. b) Pertenecer a familias en las que algún miembro esté afectado de minusvalía legalmente calificada (en grado superior al 65% para padre/madre/hermanos/as del/de la solicitante y superior al 33% en el caso de que la padezca el/la propio/a solicitante). c) Pertenecer a familias cuyo/a sustentador/a principal se encuentre en situación legal de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta. d) Pertenecer a familia numerosa. e) Pertenecer a familia monoparental, cuyo/a sustentador/a principal sea viudo/a, padre o madre soltero/a, divorciado/a o separado/a legalmente o de...

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