Real Decreto 3529/1983, de 11 de mayo, por el que de indulta parcialmente a Francisco Escriche Ferrer.

MarginalBOE-A-1984-4787
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
Sllllll
115
febrero
1984
BOE.-Núm.
48
digo Penal
por
la
Audiencia ProVincial-
de
Barcelona, que
en
sentanciade
13
de octubre de
1981
le conden6, como
autor
de
un
delito de robo. ala pena de cuatro ados, dos' meses y
un
dia.
de presidio menor, y
~niendo
en
cuenta las circunstanclaa
que
concurren
en
108
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
Junio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
aouerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal ydel
Tribu·
nal sentenciador. apropuesta del Ministro de
'ustida
y-previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
8U
reunión
del
d1a
11
de
mayo
de
1983.
Vengo en indultar aAntonio Montero Pérez, conmutando
la
expresada.
pena
privativa
de
libertad.
por
1&
de
dieciocho meses
de
igual
presidio.
Dado
en
Madrid
a
11
de
mayo
de
1983.
Vistos
1&
Ley
de
18
de
Junio
de
1870.
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
yel Decreto
de
22
de
abr.il de
1938:
.
De
acuerdo
con el
parecer
del
MinisteI10 Flecal y
de
1&
Sala
Segunda
del
Tribunal
Supremo,
a
propuesta
del
Ministro
de
JUB-
ticia
y
previa
deliberac1ón
del
ConseJo
de
Ministros
en
BU
reu.nión del
dia
11
de
mayo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Manuel
Serrano
Maza,
conmutando
la
expresada
pena
privativa
de
libertad
por
la
de seis atlas
de
pri-
sión
menor
y
lO;(JOO
pesetas
de
multa.
'
Dado
en
Madrid
a
11
de
mayo
de
1983.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO LEDESMA
BARTRE!
JUAN
CARLOS
R.
JUAN
CARLOS
R.
JUAN
CARLOS R. <
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO LEDESMA BARTRET-
4787
REAL
DECRETO
3529/1983,
11
de
mayo,
ror
eJ
que
se
indulta
parcialmente
aFrancisco Escriche
Ferrer.
'
Visto el
expediente
de
indulto
de
Francisco
Escriche
Ferrer.
condenado
liar
la
Audiencia
Nacional
en
sentencia
de
1
de
fe--
brero
de·
1982,
como
autor
de
un
delito
'de
robo,
en
grado
de
conspiración
a
la
pena
de
tres
meses
de
arresto
mayor¡
otro
de
utilización
ilegitima
de
vehfculo
de
motor,
..
la
pena
de
dos
años
de
presIdio
menor
y
privación
del
permiso
de
conducir
por
un
afto, y
de
otro
de
depósito
de
armas
de
guerra,
a
la
de
dos
aftos
de
presidio menor. y
teni~ndo
en
cuenta
188
circunstan-
cias
que
concurren
en
los hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
Junio
de
1870
•.
'reguladora
de
la
gracia'
de
indulto,
yel Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
acuerdo
con el
parecer
del Ministerio Fiscal ydel Tribu"
nal
sentenciador.
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia,!
previa
deliberación del
Consejo
de
MinilJtros
en
su
reunión
del
dia
11
de
mayo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Francisco
Escriche
Ferrer
de
un
atl.o
de·.
la
pena
impuesta
por
el
delito
de utilización
Ilegitima
de
vehicu
..
lo de motor.
Dado
en
Madrid
a
11
de
mayo de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
4785
REAL
DECRETO
352111983,
de
11
de mayo,
por
el
que
!lB
indulta
ti
Jos.
Daniel
Cano Muño%:
Visto el
expediente
de
indulto
de
José
Daniel
Cano
Mudez,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Valencia
en
sentencia
de
22
de
diciembre
de
1981,
como
autor
de
un
delito
.de· robo, a
la
pena
de
dos
años
de
presidio
menor,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los hechos:
Vistos
la
Ley
de
18
de
juniO
de
1810,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
yel Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
.'
De
acuerdo
con el
parecer
del Ministerio Fiscal ydel
Tribu·
nal
sentenciador.
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia,
previa
deliberación del Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
11
de
mayo
de
1983.
Vengo
en
indultar
a
José
Daniel
Cano
Muñoz del resto
de
la
pena
privativa
de
libertad
pendiente
de
cumplimiento.
Dadó
en
Madrid
a
11
de
mayo
de
1983.
El
Ministro
de
Justicia,
FERNA!'IDO LEDESMA BARTRET
JUAN CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia.
FERNANDO LEDESMA BARTRET
El
Ministro
de
Justicia,
FERNAN
DO
LEDESMA BAR fRET
4786
REAL
DECRETO
3528/1983,
de
11
de
mayo,
por
el
que
Se
tndulta
parcialmente
a
Miguel
Dondire
Mora.
Visto el
expediente
de
indulto
de
Miguel
Donaire
Mora,
con·
denado
por
la
Audiencia
ProVincial
de
Barcelona
en
sentencia
de
10
tie
septiembre
de
1982,
como
autor
de
un
delito
de
utiliza.
ción
ilegitima
de
vehículo
de
motor, a
1&
pena
de
tres
meses
de
arresto
mayor
yprivación
del
permiso
de
conducir
por
un
afta,
ycomo
autor
de
dos delitos
de
robo. ados
penas
de
cinco
&11os,
cuatro
meses Y
veintiún
dial
de
presidio
menor,
"1
tenIendo
en
cuenta
las'
circunstancias
que
concurren
en
los hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870.
reguladora
de
la
gracia
de
indulto.
yel
Decreto.de
22
de
abril
de
1938:
De
acuerdo
con
el
parecer
del Ministerio Fiscal'
~
del
Tribu-
nal
sentenciador.
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dJa
11
de
mayo
de
1983,
..'
Vengo
en
indultar
aMiguel
Donaire
Mora,
conmutando
181
penas
de
cinco atl.os,
cuatro
meses Jveinti
ún
días
de
presidio
menor
impuestas
por
otras
tantas
de
tres
años
de
igual
presidIo,
dejando
subsistentes
los
restantes
prgnunciamlentos
contenidos
en
la
sentencia.
. .
Dado
en
Madrid
a
11
de
mayo
de
1983.
JU
AN CARLOS
R.
REAL
DECRETO
3528/1983,
de
11
de
mayo,
por.
el
qus
'9
indulta
parcialmente
a
Manuel
Serrano
Maro.
4784
4783
REAL
DECRETO
35251198:t
de
11
de
m
oor el
que
,e
indulta- a
Marta
Flor
de
la
Prieta
Vara.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
María
Flor
de
la
Prieta
Vara,
incoado
en
virtud
de
exposición
elevada
al
Gobierno al
amparo
de
lo
establecido
en
el
párrafo
segundo
del
articulo
z..
D
del Código
Penal
por
el
Juzgado
de
Instrucción
de
Madrid
nú.
mero
20,
que
en
sentencia
de
15.de
octubre
de
1982
la
condenó,
com
autora
de
.un
delito
de
estafa,
a
la
pena
de
cuatro
meSes
y
un
dia
de
arresto
mayor, y
teniendo
en
cuenta
las
circuns.-
tancias
que
concurren
en
los hechos:
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
yel Decreto
de
22
de
abrll
de
1938.
De
acue~do
con
el
parecer
del
Ministerio Fiscal ydel Orga·.
no
sentencIador, a
propuesta
del Ministro
de
Justic1a
y.
previa
deliberación
del
Consejo de Ministros
en
su
reunión
del
dia
11
de mayo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Mana
Flor
de
la
Prteta
Vara
del
resto
de
la
pena
privativa
de
libertad
pendiente
de
cumpUmiento.
Dado
en
Madrid
aU
de
mayo
de
1983.
REAL
DECRETO 3524/1983.
de
11
de
mayo,
por
el
que
'e
indulta
parcialmente
ti
Manuel
P4re:t Flir-
,nánde:t yNieves
Gabtn
Montea.
-,¡:.
Visto el
expediente
de
indulto
de
Manuel
Pérez
lernéndez
yNieves
Gabin
Montes. incoado
en
virtud
de
exposición eleva--
da
al
Gobierno
al
amparo
de
lo establecido
en
el
párrafo
se-
gundo
del
articulo
2.
0
del
CódigO
Penal
por
la
Audiencia
Pro-
vincial
de
La Corufla.,
que
en
sentencia
de
1
de
febrero
de
1982-
les condenó, como
autores
de
UD
deUto
de
abQrto, alas
penas
de
doce
afios y
un
día
de
reclusión
menor
para
el
primero,
'f
diecisiete aftas,
cuatro
meses y
un
día
de
igual
reclusión
a
la
segunda.
y
teniendo
.en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
Junto
de
1870,
reguladora'
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
,
De
acuerdo
con el
parecer
del Ministerio Fiscal ydel
Tribu-
nal
sen~nciador.
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
d1a
11
de
mayo
de
1983.
Vengo
en
indultar
-a Manu,el Pérez FernAndez yNieves
Ga--
bin
Montes',
conmutando
las
expresadas
penas
privativas
de
u-
hartad
por
las
de
tres
ailos
de
prisión
menor
y
cuatro
años
de
igual
prisión,
respectivamente.
Dado
en
Madrid
a
11
de
mayo
de
19a3.
.
4782
El
Ministro de Justicia.
FERNANDO LEDESMA BARTRET
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Manuel
Serrano
Maza,
in·
coado
en
virtud
de
exposición
elevada
al
Gobierno
al
amparo
de
lo
establecido
en
el
párrafo
segundo
del
articulo
2.°
del Códi·
go Penal
por
la
Sala
Segunda
del
Tribunal
Supremo,
yconde-
nario
por
la
Audiencia
Provincial
de
Málaga
en
sentencia
de
1
dlj
marzo de
1982,
como
autor
de
un
delito
contra
la
salud
pú.
bllea, a
la
pena
de
diez-aftoa y
un
dia
de
prisión
mayor
y
100.000
pesetas
de
multa.
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los hechos; .
El
Ministro
de
Justicia.
FERNANDO LEDESMA BARTRET

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