REAL DECRETO 153/1998, DE 30 DE ENERO, POR EL QUE SE INDULTA A DON JOSE MENDEZ PEREZ.

MarginalBOE-A-1998-3999
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 153/1998, de 30 de enero, por el que se indulta a don José Méndez Pérez.

Visto el expediente de indulto de don José Méndez Pérez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Madrid, en sentencia de fecha 15 de noviembre de 1995, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 1998,

Vengo en conmutar a don José Méndez Pérez la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 30 de enero de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN 4000 REAL DECRETO 154/1998, de 30 de enero, por el que se indulta a don Andrés Merchán Cotos.

Visto el expediente de indulto de don Andrés Merchán Cotos, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 28 de diciembre de 1996, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra otra de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz, de fecha 28 de diciembre de 1994, como autor de un delito de prevaricación, a la pena de seis años y un día de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos, edilicios u otros análogos de tales características, por hechos cometidos en el año 1989, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 1998,

Vengo en conmutar a don Andrés Merchán Cotos la pena de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos, edilicios u otros análogos de tales características impuesta, por otra de tres años de inhabilitación especial, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 30 de enero de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

4001 REAL DECRETO 155/1998, de 30 de enero, por el que se indulta a don Francisco Moreno Naranjo.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Moreno Naranjo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga, en sentencia de fecha 3 de octubre de 1994, como autor de un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de 250.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir o de la facultad de obtenerlo por tiempo de seis meses, por hechos cometidos en el año 1989, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 1998,

Vengo en indultar a don Francisco Moreno Naranjo de la pena de multa pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 30 de enero de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

4002 REAL DECRETO 156/1998, de 30 de enero, por el que se indulta a don Pedro Celestino Peña García.

Visto el expediente de indulto de don Pedro Celestino Peña García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 28 de noviembre de 1991, como autor de un delito de robo, a la pena de seis meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1982, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 1998,

Vengo en indultar a don Pedro Celestino Peña García la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 30 de enero de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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