Real Decreto 3281/1983, de 28 de Diciembre, por el que se modifica el Impuesto de Compensacion de Gravamenes interiores aplicable a las Importaciones de Maiz y Sorgo.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Enero de 1984
MarginalBOE-A-1984-255
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto

Manteniendose las circunstancias adversas en la situacion del mercado de cereales pienso, tanto a nivel nacional como internacional, y dada su especial incidencia en los costes de las producciones ganaderas , es aconsejable prorrogar la reduccion del impuesto de compensacion de gravamenes interiores del maiz y el Sorgo establecida en el Real Decreto 2583/1983, de 28 de septiembre Por ello, a peticion del Ministerio de Agricultura, pesca y alimentacion, a propuesta del Ministro de Economia y Hacienda y de acuerdo con las previsiones del articulo 17 del Texto Refundido de los impuestos integrantes de la renta de aduanas, previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 28 de diciembre de 1983, dispongo:

Articulo 1 Se prorroga hasta el 31 de marzo de 1984 la bonificacion del impuesto de compensacion de gravamenes interiores aplicable a las importaciones de maiz de la partida del arancel de aduanas 10.05 bii (clave estadistica 10.05.92.9) y del Sorgo 10.07 cii (clave estadistica 10.07.95.9), de forma que el tipo resultante sea el del 1 por 100

Art. 2. El presente Real Decreto entrara en vigor al dia siguiente de su publicacion en el

Disposicion derogatoria

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto

Dado en baqueira beret a 28 de diciembre de 1983.-Juan Carlos R.-el Ministro de Economia y Hacienda, Miguel boyer Salvador

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