Orden EHA/2603/2007, de 5 de septiembre, por la que se formaliza el nombramiento de los miembros de la Junta Arbitral prevista en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Ley 12/2002, de 23 de mayo.

MarginalBOE-A-2007-16160
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El Capítulo III, Sección 3.ª, del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Ley 12/2002, de 23 de mayo, regula una Junta Arbitral cuyas funciones, tal como establece el apartado Uno del artículo 66 del Concierto, son las siguientes:

  1. Resolver los conflictos que se planteen entre la Administración del Estado y las Diputaciones Forales o entre éstas y la Administración de cualquier otra Comunidad Autónoma, en relación con la aplicación de los puntos de conexión de los tributos concertados y la determinación de la proporción correspondiente a cada Administración en los supuestos de tributación conjunta por el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre el Valor Añadido.

  2. Conocer de los conflictos que surjan entre las Administraciones interesadas como consecuencia de la interpretación y aplicación del Concierto Económico a casos concretos concernientes a relaciones tributarias individuales.

  3. Resolver las discrepancias que puedan producirse respecto a la domiciliación de los contribuyentes.

El artículo 62.d) del Concierto Económico atribuye a la Comisión Mixta de Concierto la función de acordar el nombramiento de los componentes de la Junta Arbitral, lo que ha tenido lugar en la reunión de dicha Comisión celebrada en Madrid el 30 de julio de 2007 (acuerdo decimotercero).

Asimismo, el apartado Uno del artículo 65 del Concierto Económico dispone que la Junta Arbitral estará integrada por tres miembros cuyo nombramiento se formalizará por el Ministro de Economía y Hacienda y por el Consejero de Hacienda y Administración Pública.

Por tanto, la presente Orden tiene como objeto formalizar y dar publicidad al nombramiento de los miembros de la Junta Arbitral prevista en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, acordado en la Comisión Mixta de Concierto celebrada el 30 de julio de 2007.

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado Uno del artículo 65 del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Ley 12/2002, de 23 de...

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