Resolución de 21 de marzo de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento a determinadas formaciones deportivas federativas impartidas por la Real Federación Española de Deportes de Invierno entre 1999 y 2007.

MarginalBOE-A-2011-6168
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, desarrolla el capítulo VIII de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación referido a las enseñanzas deportivas. En su disposición transitoria quinta otorga al Ministerio de Educación la posibilidad de regular el procedimiento de reconocimiento de las formaciones realizadas con carácter meramente federativo entre la entrada en vigor de la Orden de 5 de julio de 1999, por la que se completan los aspectos curriculares y los requisitos generales de las formaciones en materia deportiva a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y la entrada en vigor del propio Real Decreto.

Las enseñanzas de grado medio y grado superior de Deportes de invierno fueron implantadas mediante el Real Decreto 319/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen los títulos de técnico deportivo y técnico deportivo superior en las especialidades de los deportes de invierno.

Con el fin de determinar el procedimiento que permita que aquellos entrenadores formados con carácter meramente federativo en esquí alpino y snowboard puedan obtener los efectos académicos previstos para las enseñanzas oficiales e incorporarse a dichas enseñanzas para completar su formación, el Ministerio de Educación publicó la Orden EDU/215/2011, de 8 de febrero, por la que se establece el procedimiento de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en la modalidad de deportes de invierno realizadas entre el 15 de julio de 1999 y el 9 de noviembre de 2007, fechas en las que entraron en vigor, respectivamente, la Orden de 5 de julio de 1999 y el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

El artículo 5 de la citada Orden establece dos fases en el procedimiento. Una primera fase donde se determinan las formaciones con las que se puede optar al reconocimiento y una segunda donde se obtiene el efecto individual que recoge la propia Orden. Al mismo tiempo el artículo 6.2 de la citada Orden establece que corresponderá al Consejo Superior de Deportes determinar el reconocimiento de las formaciones que reúnen los requisitos establecidos.

En aplicación de la primera fase, la Real Federación Española de Deportes de Invierno presentó ante el Consejo Superior de Deportes la solicitud de reconocimiento de las formaciones federativas que llevaron a cabo en esquí alpino o snowboard desde el 15 de julio de 1999 hasta el 9 de noviembre de 2007.

Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en la Orden EDU/215/2011, de 8 de febrero, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en el artículo 6.2 de la citada Orden, he resuelto:

Primero.

Uno.–A los efectos de las declaraciones de homologación de los diplomas y certificados de entrenadores deportivos previsto en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, se otorga el reconocimiento a las formaciones de entrenadores deportivos en esquí alpino y snowboard que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución, impartidas entre el 15 de julio de 1999 y el 9 de noviembre de 2007 por la Real Federación Española de Deportes de Invierno que dieron lugar a la expedición de los certificados y diplomas de entrenadores que figuran en el anexo II.

Dos.–Podrán optar a la obtención de los efectos que se deriven de este reconocimiento, quienes acrediten la superación de las...

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