ORDEN de 10 de febrero de 1999 por la que se regula la figura de Creador del Mercado de Deuda Pública del Reino de España.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Febrero de 1999
MarginalBOE-A-1999-3693
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN de 10 de febrero de 1999 por la que se regula la figura de Creador del Mercado de Deuda Pública del Reino de España.

La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 24 de julio de 1991, modificada parcialmente por la de 29 de marzo de 1994, reguló la figura de Creador de Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, asimilando las figuras de Creador de Mercado en Deuda Pública y en los Mercados Monetarios.

Por su parte, la Orden de 19 de junio de 1997, por la que se regulan las operaciones de segregación de principal y cupones de los valores de Deuda del Estado y su reconstitución y se autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a formalizar préstamos singulares con instituciones financieras, autorizó al Director general del Tesoro y Política Financiera a autorizar a determinadas entidades gestoras que se comprometan a cumplir los requisitos establecidos por el citado organismo a realizar las operaciones de segregación y reconstitución de los valores de Deuda del Estado.

Las implicaciones del proceso de Unión Económica y Monetaria sobre la actual configuración de los mercados de Deuda Pública aconsejan redefinir la figura de Creador de Mercado de Deuda Pública, dando cabida a la posibilidad de que puedan pertenecer a la citada categoría entidades financieras sin establecimiento permanente en España.

Al mismo tiempo, la implantación de la política monetaria única y la exigencia de que los Bancos Centrales integrantes del Sistema Europeo de Bancos Centrales seleccionen a sus contrapartidas atendiendo únicamente a criterios de política monetaria obliga a diferenciar las figuras de Creador de Mercado de Deuda Pública de la de Creador de Mercado en los Mercados Monetarios.

En virtud de lo anterior, he dispuesto:

  1. Crear la figura de Creador de Mercado de Deuda Pública del Reino de España, en adelante 'Creador de Mercado', cuya función será la de favorecer la liquidez del mercado español de Deuda Pública y cooperar con la Dirección General del Tesoro y Política Financiera en la difusión exterior e interior de la Deuda del Estado.

  2. Mediante Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera se establecerán las condiciones en que los Creadores de Mercado desempeñarán la función que se les encomienda, de las que se podrán derivar especialidades en el...

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