Resolución de 20 de febrero de 1989, de la Dirección General de Trabajo, por la que se regula la remisión de fichas de seguimiento ambiental y médico para el control de exposición al amianto.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 1989
MarginalBOE-A-1989-4950
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

Ilustrísimos señores:

El articulo 15 del Reglamento sobre Trabajos con Riesgo de Amianto, aprobado por Orden de 31 de octubre de 1984 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre), establece la necesidad de poner en práctica un sistema de seguimiento y documentación del control del ambiente laboral y vigilancia médica de los trabajadores. En este sentido, la Orden de 22 de diciembre de 1987 («Boletín Oficial del Estado» del 29) por la que se aprueba el modelo de libro de registro de datos correspondientes al citado Reglamento, dispone en se artículo 2.º que las copias de cada ficha, que forman el libro de registro, serán remitidas por la Empresa a la autoridad laboral correspondiente, remitiéndose por dicha autoridad una de las copias al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Con base a lo expuesto y ante la conveniencia de regular los plazos para la remisión de fichas, esta Dirección General de Trabajo, con la conformidad de la Comisión de Seguimiento de Amianto y en uso de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 10 del Real Decreto 530/1985, de 8 de abril, y por el artículo 13.7 del Reglamento sobre Trabajos con Riesgo de Amianto, aprobado por Orden de 31 de octubre de 1984, acuerda:

Primero.

En el mes de diciembre de cada año, las Empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del Reglamento sobre Trabajos con Riesgo de Amianto remitirán por correo certificado a la autoridad laboral correspondiente...

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