RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2003, de la Subsecretaría, por la que se extienden a los Servicios Periféricos determinados procedimientos internos en materia de personal en el ámbito de aplicación de la Orden de 26 de diciembre de 2001 para posibilitar su tramitación telemática a través del Registro Telemático del Departamento.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Agosto de 2003
MarginalBOE-A-2003-15802
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyResolución

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por las Administraciones públicas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus funciones.

Tal previsión ha sido desarrollada por los Reales Decretos 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, y 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y la devolución de originales y el régimen y funcionamiento de las oficinas de Registro, habiendo sido ambos Reales Decretos modificados y adaptados recientemente por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos.

Prueba del interés por dotar a las Administraciones públicas de un nuevo instrumento de relación con los ciudadanos, es la modificación operada en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social, en lo referente a la creación de registros telemáticos y a las notificaciones efectuadas por esa misma vía.

Finalmente, como corolario de todo lo anterior, el Ministerio de Economía ha desarrollado, por Orden de 26 de diciembre de 2001, los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos del Departamento y organismos públicos adscritos, así como también ha creado un Registro Telemático para la presentación de escritos y solicitudes.

Dicha Orden ha sido modificada por la Orden ECO/97/2003, de 22 de enero, previéndose la habilitación al Subsecretario de Economía para incluir, mediante resolución nuevos procedimientos y modelos cuyo ámbito competencial se circunscriba a los empleados del Ministerio de Economía.

En otro orden de cosas, los puntos b) y j) del artículo 16.1 del Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, señalan a la Subsecretaría como el...

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