ORDEN SCO/1166/2008, de 9 de abril, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas a entidades sin fines de lucro de ámbito estatal para la realización de programas específicos orientados al desarrollo de las estrategias de salud.

MarginalBOE-A-2008-7421
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

Por Orden SCO/3946/2006, de 14 de diciembre, BOE núm. 309 de 27 de diciembre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para programas específicos orientados al estudio, análisis y difusión de las Estrategias de Salud.

Al amparo de esas bases reguladoras, y siguiendo el proceso iniciado en el año 2007, se convocan nuevas ayudas económicas a través de la presente Orden. La gestión administrativa de la convocatoria de subvenciones realizada por primera vez durante el ejercicio anterior, ha permitido mejorar y concretar algunos aspectos de la orden anterior, sin alterar por ello lo establecido en la mencionada Orden de bases reguladoras.

En las Aplicaciones Presupuestarias 26.12.482 del Programa 311O «Transferencias Corrientes a Instituciones. Estrategias de Salud del Sistema Nacional de Salud» y 26.13.482 del Programa 311O «Transferencias Corrientes a Instituciones de cualquier titularidad para el desarrollo del Plan de Calidad del Sistema Nacional de Salud», ambas del Presupuesto de Gasto del Ministerio de Sanidad y Consumo para 2008, existe crédito disponible destinado a esta finalidad, por lo que procede la convocatoria de las mencionadas ayudas económicas para este ejercicio, a cuyo fin dispongo:

Primero. Objeto de las Subvenciones.-El objeto de esta Orden es la convocatoria en el presente ejercicio de ayudas económicas a Entidades sin fines de lucro, de ámbito estatal, que colaboren en el desarrollo de actividades tendentes a favorecer la cohesión, la equidad, la calidad de la asistencia sanitaria y la corrección de desigualdades en el marco de las Estrategias de Salud y el Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud.

Las actividades que pueden ser financiadas son las reflejadas en el artículo 1 de la Orden SCO/3946/2006, de 14 de diciembre, BOE núm. 309 de 27 de diciembre, en lo sucesivo denominada «Bases Reguladoras», y la convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, y según los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

Podrán ser objeto de subvención las actividades, incluso las iniciadas en el año 2007, que finalicen antes del 15 de septiembre de 2008, sin posibilidad alguna de prorroga.

En lo no previsto en la presente orden de convocatoria se estará a lo dispuesto en las Bases reguladoras de estas subvenciones y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.

Segundo. Solicitantes.-Las ayudas económicas objeto de esta convocatoria podrán ser solicitadas por fundaciones, asociaciones, colegios profesionales, instituciones y otras entidades públicas o privadas, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, de ámbito nacional, que realicen actividades relacionadas con el campo de la salud pública o de la asistencia sanitaria y reúnan el resto de los requisitos recogidos en las Bases reguladoras, antes de finalizar el plazo de solicitud de las subvenciones.

Tercero. Presentación de solicitudes.

  1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

  2. Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo de instancia que se recoge como anexo a esta orden, y será suscrita por el representante legal de la entidad o persona que ostente poder suficiente para ello.

  3. Solo podrá presentarse un máximo de 2 proyectos por entidad.

  4. La solicitud, junto con la documentación a que se refiere el apartado...

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