Resolución de 12 de marzo de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para la inclusión de nuevas especialidades en el fichero de especialidades formativas.

MarginalBOE-A-2010-4850
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, establece en su artículo 20.3, que el Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco del Sistema Nacional de Empleo, mantendrá permanentemente actualizado el Fichero de especialidades formativas e informará de las modificaciones que se produzcan a las Comunidades Autónomas según los criterios que se establezcan en el marco del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo previsto en el articulo 7.2.c) de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

En este sentido, la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en su artículo 7.3, reitera que es competencia del Servicio Público de Empleo Estatal desarrollar y mantener permanentemente actualizado el Fichero de especialidades formativas.

Por otra parte, la misma Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, establece que el Fichero de especialidades formativas contendrá la oferta formativa que se desarrolle al amparo del mencionado real decreto y de la citada orden, y que incluirá el repertorio de certificados de profesionalidad vinculados al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como otras especialidades no vinculadas a estos certificados.

En el artículo 7.4, se establece que mediante resolución del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal se determinará el procedimiento para la inclusión de nuevas especialidades formativas en el Fichero.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

La presente resolución tiene por objeto el establecimiento de los criterios generales y el procedimiento para la gestión del Fichero de especialidades formativas previsto en el artículo 20.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, y en el artículo 7 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, en materia de formación de oferta.

Artículo 2 Ordenación de la oferta.
  1. Las especialidades formativas que conformen el Fichero se encuadrarán en las familias profesionales establecidas en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y en el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, que lo modifica, así como en aquellas otras familias que se pudieran incorporar al Fichero, para la formación de carácter transversal o complementaria.

  2. El Fichero contendrá todas las especialidades formativas adscritas a las familias profesionales, organizadas en áreas profesionales. A este respecto, se entiende por área profesional un ámbito de actividades productivas afines que conlleva un desarrollo profesional homogéneo dentro de una familia profesional y de los conocimientos y habilidades que son necesarios para alcanzarlos. Se caracteriza por la relación entre las actividades profesionales, el uso de las tecnologías, la circulación de la información, el lenguaje, los tipos de productos y las habilidades y...

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