Corrección de errores de la Ley 4/2000, de 8 de mayo, reguladora de las Escalas y Funciones del Personal de Emergencias Sanitarias de la Comunidad de Madrid.

MarginalBOE-A-2001-739
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Autónoma de Madrid
Rango de LeyCorrección
BOE núm. 10 Jueves 11 enero 2001 1275
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID
738
LEY 14/2000, de 30 de noviembre, de con-
cesión de un crédito extraordinario para la
liquidación definitiva de las subvenciones a
partidos, federaciones y coaliciones por los
gastos realizados con ocasión de las eleccio-
nes de 13 de junio de 1999 a la Asamblea
de Madrid.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado
la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
Preámbulo
La Ley 11/1986, de 16 de diciembre, Electoral de
la Comunidad de Madrid, establece que por ésta se sub-
vencionarán los gastos originados por las actividades
electorales realizadas por los partidos, federaciones y
coaliciones con ocasión de los correspondientes proce-
sos electorales.
A tal efecto se determinan los requisitos y proce-
dimientos para la obtención de las correspondientes
subvenciones.
En consecuencia con ello, de acuerdo con lo dispues-
to en el citado texto legal, y en base al informe de fis-
calización del Tribunal de Cuentas de las contabilidades
de las elecciones a la Asamblea de Madrid de 13 de
junio de 1999, es necesaria la concesión de un crédito
extraordinario a los Presupuestos Generales de la Comu-
nidad de Madrid para 2000 por importe de 52.497.323
pesetas (315.515,27 euros).
Artículo 1.
Se concede un crédito extraordinario a los Presupues-
tos Generales de la Comunidad de Madrid para 2000,
por un importe de 52.497.323 pesetas (315.515,27
euros).
Artículo 2.
Dicho crédito extraordinario se aplicará a la sección
11 «Presidencia y Hacienda» programa 100 «Dirección
y Gestión Administrativa», subconcepto 4841 «Subven-
ciones a partidos, federaciones y coaliciones».
Artículo 3.
La financiación de este crédito extraordinario se rea-
lizará con cargo al subconcepto 2290 «Imprevistos e
insuficiencias» del programa 061 «Créditos globales» de
los Presupuestos Generales para 2000.
Disposición final primera.
Se autoriza al Consejero de Presidencia y Hacienda
a dictar cuantas disposiciones sean precisas para el
desarrollo y ejecución de la presente Ley, así como para
la aprobación de todos los trámites necesarios para el
pago derivado de los gastos originados por las activi-
dades electorales realizadas por los partidos, federacio-
nes y coaliciones con ocasión del proceso electoral.
Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor el día de su publi-
cación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid»,
debiendo también ser publicada en el «Boletín Oficial
del Estado».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que
sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tri-
bunales y autoridades que corresponda, la guarden y
la hagan guardar.
Madrid, 30 de noviembre de 2000.
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN,
Presidente
(Publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid»
número 288, de 4 de diciembre de 2000)
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CORRECCIÓN de errores de la Ley 4/2000,
de 8 de mayo, reguladora de las Escalas y
Funciones del Personal de Emergencias Sani-
tarias de la Comunidad de Madrid.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Advertido error en la publicación de la Ley 4/2000,
de 8 de mayo, Reguladora de las Escalas y Funciones
del Personal de Emergencias Sanitarias de la Comunidad
de Madrid («Boletín Oficial del Estado» número 126, de
26 de mayo), se procede a su rectificación:
En la página 18981, en el artículo 2.
o
, apartado 3,
donde dice: «3. Se modifica el apartado 2 del artícu-
lo 36, que queda redactado en los siguientes términos:
“2. Son Cuerpos de Administracion Especial del gru-
po D...”», debe decir: «3. Se modifica el apartado 3
del artículo 36, que queda redactado en los siguientes
términos: “3. Son Cuerpos de Administracion Especial
del grupo D...”».

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