Corrección de errores del Real Decreto 2504/1983, de 28 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de vivienda rural.

MarginalBOE-A-1983-33050
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyCorrección
BOE.-Núm.
301 .17
diciembre
1983 31907
l.
Disposiciones generales
P
..
lción estadística
P"'tu
Tm
....
03.01.23.1 10.000
03.01.23.2 50.000
03.01.27.1 10.000
03.01.27.2 10.000
03.01.31.1 50.000
03.01.31.2 10.000
03.01.34..1 50.000
03.01.34..2 50.000
03.01.83.0 10.000
03.01.83
..
500.000
03.01.21.1 20.000
~-
03.01.21.2 20.000
03.01.22.1 20.000
03.01.22.2 20.000
03.01.24,1 20.000
03.01.24.2
iO,ooo
03.01.25.1 20.000
03.01.25.2 20.000
03.01.26.1 20.000
03.01.26.2 20.000
03.01.28.1 20.000
03.01.28.2 20.000
03.01.29.1 20.000
'03.01.29.2 20.000
03.01.30.1 20.000
03.01.30.2 20.000
03.01.32.1 20.000
03.01.32.2 20.000
03.01.34..3 20.000
03.01.34.9 20.000
03.01.83.1 20.000
03.01.83.6 20.000
03.01.80.1 00.000
03.01.80.2 50.000
03.01.83.4 50.000
03.01.83.9 00.000
03.01.37.1
12000
03.01.37.2 12.000
03.01.83.2 12.000
03.01.83.7 12.000
03.01.66.1 20.000
03.01.66.2 20.000
03.01.83.3 20.000
03.01.83.8 20.000
03.01.21.3 70.000
03.01.22.3
70000
03.01.25.3 70.000
03.01.26.3 70.000
03.01.29.3 70.000
MINISTERIO
ECONOMIA yHACIENDA
ORDEN
de
15
de
diciembre
de
1983
sobre
'iiadó
....
del
derecho
r,ompensatorw
Yartable
para
la
im-
portación
de
productos
sometido8
aeste régl,men.
Dustrisimo
Beftor:
Producto
33052
DE
De
oon!ormidad
con
el
artículo
octavo
del
Decreto
322111972,
de
23
de
noviembre,
y
las
Ordenes
ministeriales
de
Hacienda
de
24
de
mayo
de
1973. y
de
Comercio
de
13
de
febrero
de
liriA.
&Ita'
MiniBt~rio
ha
tenido
a
bien
disponer:
Primero.-La
cuantia
del
derecho
compensatorio
variable
para
las
importaciones
en
1&
Península
elslas
Baleares
de
10B
productos
que
se
indican
es la
que
a
continuación
se
detalla
para
101
mismos:
Atun
blanco
(fresco
o
refri·
gerado)
"
'"
.
Atunes
nos
demás)
(frescos
o
refrigerados)
...
Bonitos
y
afines
o
refrigerados)
.
Rabil
congelado
.
Anchoa,
boquerón
ydemAs
engráulidos
frescos o"efri-
gerados
, .
CORRECCION
de
errores
del
Real
Decreto
2504/
1983,
de
28 de
julio.
sobre
traspa~'o
de
funciones
y
servicios
del
Estado
a
la
Comunid.ad
Autónoma
de
Extremadura
en.
materia de
vivienda
rural.
DISPONGO,
Advertidos
errores
en
el
texto
remitido
para
su
publkdción
i:lel
citado
Deal
Decreto,
inserto
en
el
.Boletín
Oficial
del
Es-
tado_ nún:tero
225,
de
fecha
20
de
septiembre
de
1983,
se
trans-
crib.en a
continuación
las
oportunas
rectificaciones:
PRESIDENCIA
DEL
GOBIERNO
MINISTERIO
DE
DEFENSA
33050
En
la
página
25791,
la
relación
3.1.1.
Resumen.
Crédito
pre-
supuestario,
sección
16,
capitulo
1,
concepto
16.01.182,
en
las
columnas
SeIVicios
periféricos
(coste
directo)
y
total,
liande
dice:
.858.,
debe
decir:
-1.099...
En
el
cuadro
arriba
citado,
en
el
tolal
capitulo
1.0.
3D
las
columnas
Servicios
periféricos
(oaste
directo)
y
total,
donde
dice:
.7.627»,
debe
decir:
.7.868».
En
la
relación
3.1.2.
Resumen.
Crédito
presupuestarlo,
t.ap(-
tulo
1,
en
las
·columnas
Servicios
periféricos
directo)
y
total,
donde
dice:
-7.627»,
debe
decir:
.7.868».
En
la
citada
rela<::i>
en
el
total
costes,
en
ambas
columnas,
donde
dice:
.7.627.,
debe
decir:
.7.868».
En
la
pagina
15792,
la
relación
3.2.
Créditos
presupuest'lrios.
Al
Dotaciones.
Sección,
capitulo
l,
concepto,
en
las
columnas
Servicios
periféricos
(coste
directo)
y
total
anual,
donde
dIce:
-7.627.296.,
debe
decir:
.7.868.052».
En
la
misma
relación
el
total
dotaciones.
en
ambas
colum-
nas,
donde
dice: _7.627.296.,
debe
decir:
.7.868J)52".
33051
REAL
DECRETO
3097/1983,
de
14
de
diciembr¡"
001
el
Que
se
establecen
las
vacantes
fijas
Que
han
de
producirse
durante
el
año
naval
1983-84
para
la
aplicación
de
la
Ley
78/1968.
De
acuerdo
con
lo
establecido
en
el
punto
3
del
articulo
14
de
la
Ley
78/1968.
de
5
de
diciembre
de
Escalas
y
Ascensos
en
los
Cuerpos
de
Oficiales
de
la
Armada,
a
propuesta
del
Ministro
de
Defensa,
con
la
aprobación
de
la
Presidencia
del
Gobierno
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
14
de
diciembre
de
1900.
Articulo
único.-Se
establecen
para
el
año
naval
1983-84,
en
los
empleos
y
Cuerpos
de
Oficiales
de
la
Armada
que
se
re-
seúan,
las
siguientes
vacantes
fijas:
a)
Cuerpo
General.
En
Capitán
de
Navío:
La.s
naturales
no
amortizadas,
úmdo
estas
ultimas
como
mínimo
dos.
En
Capitán
de
Fragata:
Las
naturales
no
amortizadas,
siendo
estas
últimas
como
mínimo
dos
Sardinas
fresCas orefrill&-
En
Capitán
de
Corbeta:
Trei:nta yseis.
radas
;
En
CQron81: Las
naturales
no
amortizadas.
siendo
estas
úl-
timas
como
minimo
una.
En
Teniente
Coronel:
Siete.
En
Comandante:
Diecisiete.
b)
Cuerpo
de
Infantería
de
Marina.
Dado
en
Madrid
a
14
de
diciembre
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Defensa,
NARCISO
SERRA
5ERRA

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