Corrección de errores del Real Decreto 939/1986, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de la Inspección de Tributos.

MarginalBOE-A-1986-26184
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 115, de fecha 14 de mayo de 1986, no salvados ya en la corrección de errores publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 183, de fecha 1 de agosto de 1986, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones, de acuerdo con el artículo 19 del Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio.

En la página 17201, segunda columna, cuarto párrafo, donde dice: «... y los justificantes exigidos ...», debe decir: «... y los justificantes correspondientes exigidos ...».

En la página 17202, primera columna, tercer párrafo, donde dice: «... resulta imprescindicble ...», debe decir: «... resulta imprescindible ...».

En la página 17203, segunda columna, artículo 4.°, apartado primero, letra a), donde dice: «... Ministerio de Economía y hacienda», debe decir: «... Ministerio de Economía y Hacienda».

En la página 17205, segunda columna, artículo 19, apartado quinto, donde dice: «Cuando a propuesta, en su caso, de uno o varios Delegados de Hacienda especiales, los Directores generales o Centros competentes ...», debe decir: «Cuando, a propuesta en su caso de uno o varios Delegados de Hacienda especiales, los Directores generales o Centros competentes ...».

En la página 17207, segunda columna, artículo 27, apartado sexto, donde dice: «Cuando actúe ante la Inspección persona distinta del obligado tributario se hará constar ...», debe decir: «Cuando actúe ante la Inspección persona distinta del obligado tributario, se hará constar ...».

En la página 17207, segunda columna, artículo 28, apartado tercero, donde dice: «Las manifestaciones hechas por personas que hayan comparecido ...», debe decir: «Las manifestaciones hechas por persona que haya comparecido ...».

En la página 17207, segunda columna, artículo 29, donde dice: «Podrán archivarse sin más trámite aquellas denuncias ...», debe decir: «Podrán archivarse sin más trámites aquellas denuncias ...».

En la página 17208, primera columna, artículo 30, apartado cuarto, donde dice: «... de la actuaciones ...», debe decir: «... de las actuaciones ...».

En la página 17208, segunda. columna, artículo 31, apartado quinto, donde dice: «... procurando simpre perturbar ...», debe decir: «... procurando siempre perturbar ...».

En la página 17208, segunda columna, artículo 32, apartado segundo, donde dice: «... deberán colaborar con la Inspección cualquiera de las personas ...», debe decir: «... deberá colaborar...

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