Corrección de errores del Real Decreto 2520/1982, de 12 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Región de Murcia, en materia de cultura.

MarginalBOE-A-1985-24823
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyCorrección
BOE
núm.
286
Viernes
29
noviembre
1985
37779
Fincas arrendadas:
Superficie: Término municipal:
Explotación ocultivo: Secano: Regi!dio:
Renta pactada: Duración del contrato:
Contrato:
.
....
de
19
...
Fecha:
Num
dI' orden archivo dotuml'nlOs
CORRECCJON de errores del Real Decreto
2520/1982.
de
12
de
agosto,.
sobre traspaso
de
funcio-
nes ysen/cios
de
la
Administración del Estado a
la
Región
de
Murcia
en
materia
de
cultura.
Advertido error en
el
texto remitido para su publicación del
mencionado Real Decreto, inserto
en
el
«Boletín Oficial del
Estado» número
24
Lde 8de octubre de 1982, procede establecer
la
oportuna rectificación:
En
la
página 27810. listado número
15
donde dice: «Hernández
Lloret, María Jesús.-$in clasificar
...
»,
debe decir: ccHernández
Lloret, María Jesús.-Funcionaria del Cuerpo Administrativo a
extinguir (Real Decreto-Iey 23/1977). A25PG 1712 ...
)~
24823 CORRECCIO/I/ de errores' del Real Decreto
3193/1983, de 26
de
octuhre. sobre mloración defini-
tiva, ampliación de medios adscritos a
los
seniuos
traspasados yadaptación de
los
transferidos
en
fase
preautonómica a
la
Comunidad Autónoma
de
la
Región
de
/t/urcia
en
materia
de
cultura.
Advertidos errores en
el
texto remitido para
su
publicación del
citado Real Decreto, inseno en
el
ccBoleHo
Oficial del
Estado>~
número 311, de
29
de diciembre de 1983, procede f"Stablecer las
oportunas rectificaciones:
En
la
página 34784, listado número
2.
donde
dice: «30-016-
Aulas
Ja
Edad.,...(:anagena,
Alto.
15
...
)),
debe decir. «30-016-Aulas
3.
a
Edad.-Cartagena, Aire,
15
...
».
En
la
página 34784, listado número
2,
deberá incluirse:
(<1
uven-
tud.-Murcia. Calle Saavedra Fajardo. 20,
LO
derecha. Situación
juridica: Arrendamiento. Superficie total en metros cuadrados:
200».
Fecha ynumo del asiento
24822
Documentos presentados:
Oase: .
Modificaciones del contrato: .
.................... ade
El
Enl'argado del Registro.
Lugar:
3.
En el caso de que en
el
documento presentado no constara
la renta ola duración del contrato, regirán las presunciones que
establece
el
anículo
22
de
la
Ley de Arrendamientos Rústicos.
Art.7.0
1.
Presentado en el Registro un documento
parasu
inscripción,
se
procederá aextender en
el
acto
el
oportuno asiento
de presentación en el libro de recepción de documentos.
2.
Dentro de los quince días sIguientes a
la
fecha del asiento
de presentación, el encargado del Registro examinará los documen-
tos presentados ycomprobará si reúnen ono los datos señalados en
el
articulo anterior.
3.
Si
apreciare la concurrencia de tales datos, se procederá a
practicar-el asiento correspondiente en
el
libro de registro entre-
gando al presentante documento acreditativo de
Que
queda exten-
dido
el
asiento, su
número
yfecha.
4.
Si
existen defectos
en
el
documento, se suspenderá
el
registro del contrato ylo comunicará al presentante del mismo, por
nota escrita en la
Que
se 'indicarán los defectos advertidos, para que
pueda procederse a
su
subsanación, incluso mediante la extensión
de un nuevo contrato. .
5.
Contra el acuerdo del encargado del Registro suspendiendo
el registro de un contrato de arrendamiento podrán recurrir los
interesados, en
el
plazo de Quince días, ante el Organo competente
de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Art.
8.
u
1.
En el libro de registro de los contratos de
arrendamientos se
tomará
razón de toda modificación de los
mismos mediante la presentación del documento odocumentos
Que
acrediten
el
acuerdo de las partes, la avenencia ante
las
Juntas
Arbitrales de Arrendamientos Rústicos o
el
fallo del Juez o
Tribunal competente.
2.
Dicha
toma
de razón
se
efectuará en
el
mismo asiento de
inscripción del contrato yse procederá
al
archivo del documento.
Art. 9.° Alos efectos del Registro, los contratos
se
entienden
prorrogados tácitamente
en
los
mismos
términos de
la
Ley de
AITendamientos RUsticos. .
Art.
10.
Los asientos del libro de Registro de los contratos del
arrendamiento se cancelarán cuando se acredite la terminación de
los contratos aque dichos asientos
se
refieran.
An.
11.
De
lOdos los asieutos
Que
se practiquen en
el
libro de
registro de los contratos de arrendamiento, así como sus cancelacio-
nes, se dará conocimiento, dentro del mes siguiente de haber sido
extendido al Archivo .Central de Arrendamientos Rústicos,
mediante la remisión del. correspondiente impreso debidamente
cumplimentado, según
el
modelo
Que
se incluye en
el
Anexo del
presente Real Decreto.
Art.
12.
El
Registro será gratuito ypúblico.
Esta
publicidad
se
hace efectiva mediante
la
posibilidad de examinar
su
contenido, así
como de solicitar yobtener la expedición, en su caso
...
de nota
simple ocertificación positiva onegativa de los documentos
registrados yde la existencia odel contenido, literal oexttacto de
los mismos.
Art.
13.
Las Comunidades Autónomas dictarán las disposicio-
nes conveniente para
el
mejor cumplimiento de lo establecido en
el
presente Real Decreto.
DISPOSICION ADICIONAL
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
Por
los Ministerios de Justicia yde Agricultura, Pesca y
Alimentación podrá modificarse el modelo Anexo aefectos de
la
oportuna coordinación. Asimismo por ambos Ministerios se elabo-
rará, en un plazo'de tres meses a
partir
de la entrada en vigor del
presente Real Qecre1o,
el
modelo de impreso aque
se
refiere
el
articulo
11
adaptado para uso informatizado.
Dado en Madrid a 9 de octubre de 1985.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
d~
la
fn;sid~ncia,
JAVIER MOSCQSO DEL
PRAOO
y
MUÑOZ
24824 ORDENde 28
de
noviembre
de
1985 sobrcjijación del
derecho compensatorio variable para
la
importación
de productos sometidos aeste régimen.
Hustrisimo señor:
De confórmidad con
el
artículo octavo del Decreto 3221/1972,
de
23
de noviembre, ylas Ordenes de Hacienda de
24
de mayo de
1973
yde Comercio de
13
de febrero de 1975.
.Este
Ministerio
ha
tenido abieh disponer:
Primero.-La cuantía del derecho compensatorio variable.para
las importaciones en la Península eislas Baleares de los productos
que se indican es la
Que
acontinuación se detalla para los mismos:
ANEXO
REGISTRO ESPECIAL DE ARRENDAMIENTOS
RUSTICaS
REGISTRO DE .
Comunicación para el Archivo Central del asiento prarticado
en
el
libro de registro
Arrendatario: .
(Apellidos ynomlJrel
Profesión: ...............•...................................................................
Domicilio: Doc. ldent. núm.: .
Arrendador: ; .
(ÁpeUidos y
nombrel
Naturaleza de su dérecho: .
Domicilio: _Doc: ident. núm.: .
Producto
Albacoras oatunes blancos (fres-
c:os
orefrigerados) .
Posición estadística
03_01.23.1
03.01.23.2
03.01.27.1
10
10
10

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