Corrección de erratas de la Orden de 24 de septiembre de 1985 sobre liquidación intervenida de Entidades aseguradoras.

MarginalBOE-A-1985-21393
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección
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21391
RECURSO
de
inconstitucionalidad
número
I
839/1985, promovIdo por cincuenta ycinco Dipu·
rados,
representados por el Comisionado señor
Ruiz
Gallardón, contra determinados preceptos de la
1..R1'
/
0'1lánica del Poder Judicial número 6/1985. de 1de
Julio.
El
Tribunal Constitucional,
por
providencia de 2de octubre
actual ha admitido atrámite el recurso de inconstitucionalidad
núme;o
839/1985,
promovido
por
cincuenta ycinco Diputados,
representados por
el
Comisionado don
J~sé
María
Ruiz.G~UardÓn,
contra la totalidad
de
la Ley,
por
V1CtOS
de
procedumento,
Y.
subsidiariamente, contra los artículos 112, apartados 1 y
3,
Y386,
en relación con la disposició,D transitoria vigésimo octava,
apar·
tado
1, ydisposición adicional primera,
apanado
2,
de
la Ley
Orgánica
del
Poder
Jodicial
número
6/1985,
de
I
de
julio.
Lo
que se publica para general conocimiento.
Madrid, 2de octubre de 1985.-EI Secretario de Justi-
cia.-Firmado
yrubricado.
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
En la página 3084 Lprimera columna, Tercero.-Linea quinta,
donde
dice:
«10
exigido en el
anículo
39
del Reglamento de
Ordenación de}), debe decir: «lo exigido en el artículo
93
del
Reglamento de Ordenación del».
21394
CORRECCJONde errores de
la
Orden de 3
de
JulIO
de
1985
sobre normas reguladoras del comercio exterior
para derIvados de frutos
CÍtricos.
·Advertidos errores
en
el texto
de
la
mencionada
Orden,
inse-rta
en el «Boletín Oficial del Estado»
número
173, de fecha 20 de julio
de
1985,
se
transcriben acontinuación las
oportunas
rectificacio-
nes:
En la página 23103, 2.° párrafo,
donde
dice:
o«Íable
pero no
fermentado; con sabor, color y
aroma
típico del fruto de que
proceda», debe decir: «Los
zumos
naturales solo podrán conser-
varse
por
tratamientos
fisicos autorizados».
En el
apartado
A.1.2, a), 2.° párrafo, 2.alínea.
donde
dice:
«dilusióID), debe decir: .«dilución».
En el
apartado
A.l.3,
a), 2.° párrafo, ultima línea.
donde
dice:
«o fructosa», debe decir: «y
fructoS8»).
En
el
apartado A.1.4, a),
primer
párrafo.
2.
alínea.
donde
dice:
«azúcar», debe decir: «3zúcarts».
SOLCHAGA CATALAN
Ilmo. Sr. Director general
de
Política Arancelaria eImportación.
Segundo.-EslOS derechos estarán en vigor desde la fecha de
publicación de la presente
Orden
hasta su modificación.
Lo
Que
comunico
a
V.
I.
para
su .conocimiento yefectos.
Dios guarde a
V.
I. muchos años.
Madlid.
16
de
octubre
de
1985.
Ilustrísimo señor:
De
conformidad con el artículo
5.
odel Real Decreto 2332/1984,
de
14
de noviembre,
Este Ministerio
ha
tenido abien.disponer:
Primero.-La
cuantía
del derecho regulador para las importacio-
nes en la Península eislas Baleares de los cereales
que
se
indican
es la que acontinuación se detalla para los mismos:
rroducto
Panida
Pesetas T
ro
neta
arancelana
Centeno.
10.02.8
Contado:
6.176
Mes en curso: 6.176
Cebada.
10.03.8
Contado:
9.293
Mes en curso: 9.293
Noviembre:
9.459
Diciembre: 9.697
Avena.
10.04.8
Contado:
3.882
Mes en curso: 3.882
Maíz. 1O.05.B.l1
Contado:
7.755
Mes
en
curso: 7.755
Noviembre: 7.630
Diciembre: 7.207
Mijo. 10.07.B
Contado:
3.541
Mes en curso: 3.541
Sorgo.
1O.07LII
Contado:
7.698
Mes en curso: 7.698
Noviembre: 7.941
Diciembre: 7.393
Alpiste. 1O.07.D.l1 Contado:
10
Mes
en
curso:
10
RESOLL'CJON de 9de octubre de 1?85, de
la
SlJbsecretal'ía de Economía yHaciendc, ror
fa
que se
ordena
la
publicación del
AC1~crdo
del
COI15
de
Ministros del día 24 de septiembre de 1985. por el que
se fijan los complementos especificos correspondientes
a
fas
puestos
dR
trabajO del Organismo autónomo
Instituto de
fa
CinemalOgrafia yde las A1'/('5 Audim'l-
suales.
RESOLUCJOS
de 4de octubre de
1985.
de
la
Secretaría de
Est,;:ujo
de Hacienda. por
la
que se
delegan en el Director general de
TnbulO.\
determina-
das atribuciones.
El
Real Decreto-ley 22/1982, de 7de diciembre, creó,
como
órgano superior del Ministerio de Economía yHacienda, la
SC'CretanJ
de Estado de Hacienda, ala que
se
atnbuye en
el
artlcuJ0
6.°
del
Real
Decreto 3774/1982, de 22 de diciembre, yen
el
articulo
1.0
del Real
Decreto 2335/1983, de 4
de
agosto, entre- otras
funCIOnes.
las
previstas
en
los
números
1,
4,
5,
6, 7,
10
X
11
del articulo
14
de la
Ley
de Régimen Juridico de la Administración del Eslli.do.
Esta Secretaria
de
Estado. previa aprobación dcl Ministro de
Economía yHacienda, de
conformidad
con
10
dispuesto en
el
anículo
22 de la Ley de RégImen Jurídico de
la
AdmiOlstración del
Estado,
ha
dispuesto:
Primero.-Se delegan en
el
Duector
general de Tributos las
siguientes atribuciones:
a) La autorización ydisposición de los gastos ordinarios yde
todos los gastos incluidos en el Programa de Inversiones Públicas
yque sean propios de la Dirección General de Tributos. así como
la correspondiente facultad de contratación hasta
el
lími{e de
25
millones de pesetas.
b) Las facultades de contratación referidas al Secretario de
Estado
de
Hacienda en la legislación de contratos del ESIJdo ydel
Patrimonio
del Estado. con los mismos limites fijados en el
apartado anterior.
Segundo.-EI ejercicio de las atribuciones delegadas en virtud de
la presente Resolución
se
ajustará alo dispuesto en las Leyes de
Régimen Jurídico de la Administración
de·1
Estado de 26 de julio
de
1957 yen la de PlOcedimiento Administrativo de
17
de julio de
1958.
Lo
que
comunico a
V.
I.
Madrid, 4
de
octubre de 1985.-EI Secretario de Estado de
Hacienda, José Borrell FonLdles.
Ilmo. Sr. Director general de Tributos.
21396
21395
ORDEN
de 15 de octubre de 1985 sobre fijación del
derecho regulador para
la
importación de cereales.
21392
21393
CORRECCJON
de-
erratas de
la
Orden de 24 de
septiembre de 1985 sobre liquidación intervenida de
E1ltidades asegurad(·ras.
Padecido
error
en
la inserción de la citada Orden, publicada
en
el «Boletín Oficial del Estado»
número
235, de fecha I
de
octubre
de 1985, a
continuación
se formula la
oportuna
rectificación:
Ilustrisirnos señore-s:
'El Consejo de Ministros, en su reunión del día 24 de septiembre
de
1985, aprobó el siguienle Acuerdo: .
«Acuerdo
por
el que se fijan ·105 complementos específicos
correspondientes alos pucstos de trabajo del Organismo
autónomo
Instituto
de la CinematQgrafia yde las
AI1cs
Audiovisuales.»)

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