Resolución de 13 de noviembre de 2008, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a las Corporaciones Locales para la ejecución de infraestructuras deportivas y dotación de equipamientos deportivos, con motivo de la celebración de competiciones deportivas de carácter internacional.

MarginalBOE-A-2008-19247
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación, Política Social y Deporte
Rango de LeyResolución

La Ley 10/1990, del Deporte, establece, entre las competencias del Consejo Superior de Deportes, la de colaborar con las Corporaciones Locales en la construcción y mejora de instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alta competición.

Asimismo, uno de los objetivos del Consejo Superior de Deportes es la cooperación y colaboración con las Entidades Locales en el desarrollo de competiciones internacionales que se celebren en España y en los que la participación se establezca a nivel de Estado.

La organización de competiciones internacionales en territorio nacional que cuenten con las preceptivas autorizaciones, dada la distribución de competencias, es considerada de alto interés estatal, y es misión, por lo tanto, de la Administración General del Estado, procurar el éxito de las mismas, facilitando los medios posible orientados a dicho fin, comenzando por facilitar que las mismas se desarrollen en instalaciones con un nivel óptimo de dotaciones.

En virtud de lo anterior, esta Presidencia del Consejo Superior de Deportes, previo informe del Servicio Jurídico del Estado y de la Intervención Delegada en el Consejo Superior de Deportes, ha dispuesto:

Primero. Finalidad de la convocatoria.-La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de subvenciones para la ejecución de infraestructuras deportivas y dotación de equipamientos deportivos que, con motivo de la celebración de competiciones deportivas de carácter internacional, deban acometerse.

Segundo. Beneficiarios.-Serán beneficiarias de las subvenciones las Corporaciones Locales que, no encontrándose en alguna de las circunstancias de exclusión señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, resulten adjudicatarias de la presente convocatoria, las cuales estarán sujetas, en cuanto a obligaciones, a las que figuran en el artículo 14 de la citada Ley.

Tercero. Características de las ayudas y financiación de la convocatoria.-Las ayudas que se convocan mediante la presente resolución podrán solicitarse para actuaciones plurianuales, siempre que parte de la actuación se realice en el año 2009 y se solicite ayuda también para dicho ejercicio.

La financiación de las ayudas podrá tener carácter plurianual, de acuerdo con lo previsto en el párrafo precedente.

El importe máximo de las subvenciones que se podrá conceder, con cargo al concepto 761, programa 336 A, «Fomento y apoyo de las actividades deportivas», vendrá determinado por la dotación máxima existente en los Presupuestos Generales del Consejo Superior de Deportes para el año 2009.

Para el importe de las ayudas que deban extenderse a ejercicios posteriores se aplicarán, en todo caso, los límites del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Cuarto. Régimen jurídico.-Las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en la Orden ECI/2768/2007, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes, a lo dispuesto en la presente convocatoria y a las demás normas vigentes que sean de aplicación.

En todo caso, será de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (RJAP y PAC).

Quinto. Formalización de las solicitudes y documentación.-Las solicitudes podrán presentarse personalmente o por correo ante el Registro General del Consejo Superior de Deportes, avenida de Martín Fierro, s/n, 28040 Madrid, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, e irán dirigidas al Sr. Presidente del Consejo Superior de Deportes, debiendo ajustarse al modelo publicado en el anexo de esta Resolución.

A cada solicitud, deberá adjuntarse la siguiente documentación:

  1. Documentación de carácter general: Declaración del solicitante de no encontrarse comprendido en ninguna de las circunstancias o prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones (consta en el anexo).

    Declaración del solicitante del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la LGS y sus normas de desarrollo (consta en el anexo).

    Declaración responsable del solicitante, de conformidad con el ar-tículo 24.6 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (consta en el anexo).

    Declaración de no haber recibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o privados incompatibles para el proyecto objeto de la subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Así, como indicación del importe de aquellas ayudas solicitadas, cuyo resultado se desconozca en el momento de presentar la solicitud de esta convocatoria de ayudas...

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