Resolución 24 de abril de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra auto dictado por la Juez Encargada del Registro Civil, en expediente sobre declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción.

MarginalBOE-A-2007-12054
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el expediente sobre declaración de la nacionalidad española con valor de simple presunción remitido a este Centro en trámite de recurso por virtud del entablado por el interesado, contra auto dictado por la Juez Encargada del Registro Civil de E.

Hechos

  1. Mediante escrito presentado en el Registro Civil de E., don M., nacido en E. (Sahara Occidental) el 5 de mayo de 1939, solicitaba la declaración de la nacionalidad española con valor de simple presunción ya que ha ostentado la nacionalidad española al haber nacido en territorio español y encontrarse inscrito en el correspondiente Registro Civil, que no pudo ejercer el derecho a optar a la nacionalidad española por encontrarse durante los años 1976 y 1977 en el desierto limítrofe con el Sáhara por la situación del conflicto bélico que vive el Sáhara. Adjuntaba la siguiente documentación: certificado de empadronamiento, certificado de nacimiento, documento de identificación personal del Ministerio de Defensa Español, fotocopia del pasaporte español y salvoconducto del gobierno general del Sáhara.

  2. Ratificado el interesado, comparecen dos testigos que manifiestan que conocen a ciencia cierta y atestiguan ser cierto todo cuanto en la solicitud del interesado expone.

  3. El Ministerio Fiscal no se opone a lo solicitado por el interesado, toda vez que el solicitante aporta nueva documentación que acredita su residencia en el territorio del Sáhara durante el periodo de vigencia del Decreto de 10 de agosto de 1976. La Juez Encargada del Registro Civil dictó auto con fecha 2 de mayo de 2006 en el que deniega la declaración de la nacionalidad española con valor de simple presunción del interesado.

  4. Notificada la resolución al Ministerio Fiscal y al interesado, éste, mediante representante legal, presenta recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, volviendo a solicitar el reconocimiento de la nacionalidad española con valor de simple presunción.

  5. Notificado el Ministerio Fiscal, éste informa que procede confirmar la resolución recurrida. La Juez Encargada del Registro Civil ordena la remisión del expediente a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Fundamentos de Derecho

  1. Vistos los artículos 18 del Código civil; 96 de la Ley del Registro Civil; 335, 338 y 340 del Reglamento del Registro Civil; la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de octubre de 1998; el Real Decreto 2258/1976, de 10 de agosto, y las Resoluciones de 11-8.ª y 12-3.ª de septiembre de...

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