RESOLUCIÓN de 23 de julio de 1998, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud, por la que se crea la figura de Pediatra de Área en Atención Primaria, y se ordenan sus funciones y actividades.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Agosto de 1998
MarginalBOE-A-1998-18919
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 23 de julio de 1998, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud, por la que se crea la figura de Pediatra de Área en Atención Primaria, y se ordenan sus funciones y actividades.

El Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre Estructuras Básicas de Salud estableció los principios normativos generales conforme a los cuales se hiciera posible la iniciación de una reestructuración de los servicios sanitarios más adecuada a la realidad imperante en estos momentos, con el fin de garantizar el derecho constitucional de la Salud, derecho que para ser efectivo requiere de los poderes públicos la adopción de las medidas idóneas para satisfacerlo, iniciando de esta manera una reforma que había de afectar a las estructuras, organizaciones y establecimientos sanitarios, en la que cabe destacar la creación y puesta en funcionamiento de las Zonas Básicas de Salud y, consiguientemente, de los Equipos de Atención Primaria. En el primer nivel asistencial el Equipo de Atención Primaria es la unidad básica

y fundamental para la realización de todas las actividades necesarias para el cuidado de la Salud de la población asignada.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, determina que las Áreas de Salud, como estructuras fundamentales del Sistema Sanitario, atenderán en el ámbito de la atención primaria, mediante fórmulas de trabajo en equipo, al individuo, a la familia y a la comunidad, desarrollando funciones de promoción de la salud, prevención,curación y rehabilitación a través tanto de sus medios básicos como de los equipos de apoyo a la atención primaria.

De esta manera, para completar y asegurar ciertas prestaciones sanitarias se contempla la existencia de profesionales de Área en Atención Primaria que apoyen el trabajo de los Equipos y colaboren a alcanzar el máximo grado de desarrollo de las actuaciones que tienen encomendadas. Así, para el desarrollo del programa de la mujer se creó en su día, como profesional de apoyo a los Equipos de Atención Primaria, la figura de Matrona de Área; para el desarrollo del programa bucodental, la figura de Odontólogo de Área, o para el desarrollo de actividades de fisioterapia, la del Fisioterapeuta de Área.

El Real Decreto 1575/1993, de10 de septiembre, por el que se regula la libre elección de médico, señala que los pediatras tendrán un número óptimo de niños asignados, que estará comprendido entre 1.250 y 1.500, según las características de la zona básica de salud, teniendo en cuenta el número de habitantes de ésta, los núcleos que comprenda, la distancia media al núcleo de cabecera, así como cualquier otra...

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