Orden EDU/2409/2010, de 6 de septiembre, por la que a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 9 de marzo de 2009.

MarginalBOE-A-2010-14227
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Por Orden de 9 de marzo de 2009 la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 10 de marzo), convocó procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros.

Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación, por Orden de 12 de julio de 2010 (BOJA de 27), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a los aspirantes seleccionados nombrados funcionarios en prácticas por Orden de 24 de julio de 2009 (BOJA de 7 de agosto).

De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por el Real Decreto 48/2010 de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Vista la propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.–Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 9 de marzo de 2009 que aparecen relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.

Segundo.–Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2010.

Tercero.–La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos...

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