Resolución de 20 de abril de 2005 de la Delegación Provincial Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la que se concede Autorización Administrativa, Aprobación de proyecto, y se declara la Utilidad Pública en concreto, todo ello para la ejecución de la «Canalización para suministro de Gas Natural a San Roque (Cádiz)», de la que es titular Megasa Meridional de Gas, S.A.U., en el término municipal de San Roque (Cádiz). Expediente: GAS 3428/03.

MarginalBOE-B-2005-136076
SecciónV - Anuncios
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyResolución
5062 Miércoles 8 junio 2005 BOE núm. 136
La Asamblea celebrada el 24 de febrero de 2005 adop-
tó por unanimidad el acuerdo de modificar los estatutos
de esta asociación.
La certificación del Acta está suscrita por D. Jesús
Sevil Ollé, en calidad de secretario, con el visto bueno del
presidente, D. José Miguel Gabilondo Arriola.
Por lo que, se dispone la inserción de este anuncio en
el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón
de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publi-
cidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento
depositado y obtener copia del mismo en este Centro
Directivo (sito en la calle Pío Baroja, 6, despacho 210,
Madrid), siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo
Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto
en el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Labo-
ral, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de
Madrid, 18 de mayo de 2005.–El Director General.
P.D. (O.M.: 12-3-97, B.O.E.: 14-3-97), la Subdirectora
General, María Antonia Diego Revuelta.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
32.251/05. Anuncio de la Delegación del Gobierno
en Extremadura, Área de Industria y Energía,
por el que se somete a información pública la so-
licitud de autorización administrativa y aproba-
ción del proyecto de ejecución para el Proyecto
«Anexo al Gasoducto Córdoba-Frontera con
Portugal. Modificación de la Posición N-07 con
Estación de Regulación y Medida (E.R.M.)
(80/59 BAR) G-1000 convertible en Estación de
Medida (E.M.) para nuevo punto de entrega de
gas natural en el término municipal de Almen-
dralejo».
A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del Sector de Hidrocarburos, en el Real Decreto
1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instala-
ciones de gas natural, se somete a información pública la
solicitud señalada, que se detalla a continuación:
Expediente: GAS-1/2005.
Peticionario: «Enagás, Sociedad Anónima», con do-
micilio social en Paseo de los Olmos, número 19, 28005
Madrid.
Objeto de la petición: Autorización administrativa y
aprobación del proyecto de ejecución del proyecto de
instalaciones «Anexo al Gasoducto Córdoba-Frontera
con Portugal. Modificación de la Posición N-07 con
E.R.M. (80/59 bar) G-1000 convertible en E.M. para
nuevo punto de entrega de G.N. en el término municipal
de Almendralejo.
Descripción de las instalaciones: Las instalaciones
objeto de esta solicitud constan de una estación de Regu-
lación y Medida Normalizada tipo G-1000 ( 80/59 bar)
convertible en Estación de Medida en la Posición N-07, a
fin de implantar el punto de conexión para la empresa
Gas Extremadura Transportista S.L. Los caudales máxi-
mos que podrán vehicular por la instalación son para el
funcionamiento como ERM (80/59 bar) de 100.300 me-
tros cúbicos normales por hora y para el funcionamiento
como EM (80/80 bar) de 163.065 metros cúbicos norma-
les por hora. La presión de diseño del Gasoducto a partir
del cual parten las instalaciones del presente Proyecto es
de 80 bar relativos.
El Presupuesto asciende a la cantidad de doscientos
noventa y un mil ochocientos cuarenta y un euros con
cuarenta céntimos (291.841,40 €).
Término municipal afectado: Almendralejo.
Para la construcción de las instalaciones objeto del
presente proyecto, no se afectan bienes de propiedad
privada.
Lo que se hace público para conocimiento general y
para que pueda ser examinado el Proyecto en este Area
de Industria y Energía de la Delegación de Gobierno, sita
en Badajoz, Avda. de Europa n.º 1, 6.ª planta, Código
Postal 06071 y se puedan presentar, por triplicado, en
dicho Centro, las alegaciones que se consideren oportu-
nas en el plazo de veinte días contados a partir del si-
guiente al de la inserción de este anuncio.
Badajoz, 12 de mayo de 2005.–El Director del Área
de Industria y Energía, Antonio Aragón Bermudo.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ANDALUCÍA
28.775/05. Resolución de 20 de abril de 2005 de la
Delegación Provincial Innovación, Ciencia y
Empresa de la Junta de Andalucía en Cádiz, por
la que se concede Autorización Administrativa,
Aprobación de proyecto, y se declara la Utilidad
Pública en concreto, todo ello para la ejecución
de la «Canalización para suministro de Gas Na-
tural a San Roque (Cádiz)», de la que es titular
Megasa Meridional de Gas, S.A.U., en el término
municipal de San Roque (Cádiz). Expediente:
GAS 3428/03.
Antecedentes de hecho
Primero: D. Pedro Ángel Santos Nieto, en nombre y
representación de «Meridional de Gas, S.A.U.», con do-
micilio a efectos de notificación en El Puerto de Santa
María (Cádiz), Avenida del Tejar, local 9, con fecha 30 de
diciembre de 2002, y n.º de registro 64.362, presentó
ante, la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y
Empresa en Cádiz, solicitud de Autorización de ejecu-
ción y reconocimiento de la Utilidad Pública en concreto
del Proyecto «Canalización para suministro de gas natu-
ral a San Roque (Cádiz)», con origen en un tramo común
con el gasoducto proyectado por Meridional de Gas
S.A.U. titulado «Canalización para suministro de gas
natural a La Línea de la Concepción (Cádiz)» (n.º de ex-
pediente GAS 3429/03) y terminación en una Estación de
Regulación y Medida sita en las inmediaciones del casco
urbano de San Roque, cuya finalidad es el suministro de
gas natural a San Roque, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector
de Hidrocarburos, y el Real Decreto 1434/2002 de 27 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de trans-
porte, distribución, comercialización, suministro y proce-
dimientos de autorización de instalaciones de gas natu-
ral.Segundo: Por la resolución de 4 de septiembre
de 1998, de la Viceconsejería de Trabajo e Industria
(BOJA de 20 de octubre de 1.998), se otorgó a la empre-
sa «Meridional de Gas, S.A.U.», con C.I.F. A-41.791.625
y domicilio social en Guadix (Granada), avenida Medina
Olmos 40, C.P. 15800, la concesión administrativa en el
término municipal de San Roque (Cádiz), para la presta-
ción del servicio público de conducción y suministro de
gas natural a usuarios domésticos-comerciales, así como
a usuarios industriales cuyo consumo anual no supere
diez millones de termias.
En dicha Resolución, se exigió la constitución de una
fianza de 2.671.825 pesetas (16.057,99 euros), corres-
pondiente al 2 por 100 del presupuesto que figuraba en el
proyecto presentado, para garantizar el cumplimiento de
sus obligaciones.
Tercero: El proyecto de instalaciones y el Estudio de
Impacto Ambiental fueron sometidos a información pú-
blica en el B.O.E. n.º 84 de 8 de abril de 2003, B.O.P. n.º
70 de 26 de marzo de 2003, en el Diario Europa Sur de 18
de marzo de 2003, en el Diario Faro Información de 19
de marzo de 2003, así como en el Tablón de Edictos del
Ayuntamiento de San Roque entre el 21 de marzo
de 2003 y el 9 de abril de 2003.
Cuarto: De acuerdo con la Ley 34/1998, de 7 de octu-
bre, del Sector de Hidrocarburos, con el Real Decreto
1434/2002, de 27 de diciembre de 2002, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, co-
mercialización, suministro y procedimientos de autoriza-
ción de instalaciones de gas natural, se remitieron separa-
tas del proyecto, a las Administraciones, organismos,
empresas de servicio público y empresas de servicios de
interés general afectados que se relacionan, al objeto de
que manifestaran su conformidad, oposición y/o condi-
cionados técnicos procedentes, respecto a las instalacio-
nes del proyecto. En este sentido, los organismos y enti-
dades que se pronunciaron al respecto fueron:
Gas Natural Andalucía, S.A., remitiendo planos, Con-
diciones Generales y Condiciones Particulares para la
afección del gasoducto proyectado con el existente de
APB de su titularidad.
Megasa Meridional de Gas, S.A.U., manifiesta que el
proyecto se realizará de acuerdo con la separata técnica y
el condicionado dado por Gas Natural Andalucía.
Enagás, S.A., contestando que por la zona de actua-
ción del gasoducto proyectado no discurre instalación
alguna de su competencia.
Megasa Meridional de Gas, S.A.U., manifiesta que la
instalación afectada es competencia de Gas Natural An-
dalucía, y se le solicitará la oportuna autorización de
cruce o paralelismo.
Cepsa, manifestando, entre otras cosas, mediante es-
crito de fecha de registro de entrada 06-03-03, en la
Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar,
que por el terreno por el que pretende discurrir el ga-
soducto proyectado, existe una canalización de Enagás
que da suministro a la ladrillera «Cerámica la Esperan-
za», y ambos gasoductos discurrirían en paralelo. Por
ello, se debería proceder en ese tramo a la utilización de
dicha infraestructura ya existente. Cepsa propone un tra-
zado alternativo entre el Arroyo de la Madre Vieja y los
límites de la factoría de Interquisa, donde no causaría
perjuicio para nadie, ya que discurriría por una zona de
escaso aprovechamiento urbanístico e industrial y previs-
to en la revisión en trámite del P.G.O.U. de San Roque
como corredor para infraestructuras industriales.
Megasa Meridional de Gas, S.A.U., manifiesta que el
presente proyecto es independiente del gasoducto al que
alude Cepsa, siendo su objeto distinto ya que el existente
da suministro de gas a Cerámica la Esperanza, y el ga-
soducto proyectado pretende suministrar gas natural al
término municipal de San Roque. A su vez Megasa Me-
ridional de Gas, S.A.U., manifiesta, respecto de la modi-
ficación del trazado, que su única argumentación es la de
trasladar el gasoducto en lugar de por terrenos propios
por terrenos de terceros, y habiéndose puesto en contacto
Megasa con el Ayuntamiento de San Roque, el PGOU
vigente es el del 25 de julio de 2000, donde no se contem-
pla ningún corredor de infraestructuras en la zona.
Esta Delegación Provincial dio traslado de los reparos
efectuados por Megasa Meridional de Gas, S.A.U., para
que conforme a la legislación vigente, Cepsa prestara su
conformidad y/o reparos a los mismos. En este sentido,
Cepsa formuló las siguientes alegaciones:
Se reiteraban en las alegaciones de su escrito de fecha
de registro de entrada 06-03-03, en la Subdelegación del
Gobierno en el Campo de Gibraltar.
Necesidad de instrumento de planeamiento legitima-
dor de la actuación (Plan Especial).
Necesidad de coordinación de este procedimiento au-
torizatorio con el urbanístico.
Ya están afectados por otro gasoducto que suministra
a la ladrillera «Cerámica la Esperanza», por lo que si esta
nueva servidumbre se trasladara a otros propietarios, se
produciría un reparto más equitativo de las afecciones.
Ante estos posicionamientos de ambas entidades, esta
Delegación Provincial solicitó a Megasa Meridional
de Gas, S.A.U., según el artículo 12 del Real Decreto
1434/2002, de 27 de diciembre de 2002, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, co-
mercialización, suministro y procedimientos de autoriza-
ción de instalaciones de gas natural, contestación del
propietario del gasoducto existente que discurre por te-
rrenos de Cepsa y que alimenta a la ladrillera «Cerámica
la Esperanza» (Gas Natural SDG, S.A.), al objeto de no
duplicar la red de distribución (utilizando la línea directa
como parte de la red de distribución). Mediante escrito de
fecha de registro 14-01-05, n.º 796, Megasa Meridional
de Gas, S.A.U. remitió a esta Delegación Provincial con-
testación de Gas Natural SDG, S.A., donde comunica «la

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