Real Decreto 1822/1983, de 30 de marzo, por el que se acuerda la enajenación directa de una finca urbana, sita en el término municipal de Melilla, en favor de su ocupante.

MarginalBOE-A-1983-18351
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
18506
2
julio
1983
BOE.-,-Núm.
¡'57
DISPONGO,
Por
Orden
del
Ministerío·
de
Hacienda,
de
fecha
3
de
mayo
de
UI82,
ha
sido
declarada
la
alIenabilidad
de
una
finca
ur-
bana,
propiedad
del
Estado,
sita
en
el
término
municipal
de
Fraga
(Huesca),
con
una
superficie
de
2.284
metros
cuadrados.
La
citada
finca
ha
sido
valorada.
por
los
Servicios
Técnicos
correspondientes
del
Ministerio
de
Hacienda
en
la
cantidad
de
17.426.000
pesetas,
parlo
que
su
enajenación
debe
aprobarse
por
el
Gobierno.
en
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
articulo
62
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado.
Por
10
que
a
propuesta
del
Ministro
de
Economia
y
Ha-
cienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
30
de
marzo
de
1983,
Artículo
único,
Se
autoriza
al
Ministerio
de
Econdmia
y
Hacienda
para
la
enajenación
en
pública
subasta-
de
una
finca
urbana
sita
en
el
término
municipal
de
Fraga
(Huesca},
calle
Avenida
del
Generalísimo,
número
19,
con
una
extensi6n-
su~
perfiCial
de
2.284
metros
cuadrados,
de
los
cuales
correspon~
den
766
metros
cuadrados
a
superficie
cubierta
V
1.518
metros
cuadradas
a
superficie
descubierta,
siendo
sus
linderos:
dere~
chao
Jorge
Sorolla,
avenida
del
General1simo,
número
21;
Ma-
riano
Gómez
Tremps,
avenida
del
General1simo,
número
23;
Joaquín
Román
Gallinad,
avenida
del-
Generalísimo,
número
25;
Jesús
Bean-Llusa,
avenida
dei
Generalisimo.
número
27; iz-
quierda,
calle
Caspe
y, y
fondo,
camino
Alcabón.
Dicho
in-
mueble
se
haila
inscrito
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Fraga
al
tomo
339,
libro
88,
folia
121,
finca
número
9.592,
iriS·
cripci6n
l.";
habiendo
sido
integrado
en
el
Patrimonio
del
Estado
en
virtud
de
acta
administrativa,
formalizada
el
día
29
de
octubre
de
1981, y
cuya
tasación
alcanza
la
cifra
de
dieci-
siete
millones
cuatrocientas
veintisé.is
mil
U7.426.QOOl
pesetas.
REAL
DECRETO
1821/1983.
de
30
de
marzo.
por
el
que
86
autoriza
at
Ministerio
de
Economta
yHa-
cienda
para
la
enqjenación
en
pública
8uba8ta
de
uná
finca
urbana
sita
en
el
término
munictpal
de
Fraga
(Hue8ca).
18350
JUAN
CARLOS
R.
DIS·P.ONGO,
Articulo
1.0
Se
cede
gratuitamente
al
AY,untamiento
de
San
Roque
(Cádiz)
el'
solar
Q.ue
h.oy
ocupa
la
plaza
de
ZAfiro
en
la
bar.t1ada
de
Guadiaro
y
al
amparo
de
lo
dispuesto
en
los
articulas
74 y
77
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado,
con
el
siguiente
detalle:
".
.Solar
sito
en
el
término
municfpalde
San
Roque.
barriada
de
Guadiaro,
con
una.
superficie
total
de
284,49
metros
cua-
drados
y
los
sIguientes
linderos:
Norte,
con
edificios
o
casas
particulares;
Sur,
con
un
callejón
conocido
por
travesía
del
Trtnsito;
Este,
con
la
plaza
de
los
Zafiros,
y
Oeste,
con
la
calle
del
Tránsito._
.
Art.
2,
o
Si
el
bien
cedido
no
fuere
dedicado
al
uso
previsto
o
dejare
de
serlo
posteriormente,
se
considerará
resuelta
la
cesión
y
revertirá
al
Estado,
integrándose
en
el
Patrimonb
con
todas·
sus
pertenencias
y
accesiones
sin
derecho
a
indemniza-
ción,
teniendo
el
Estado
derecho,
ade.tnás, a
percibir
de
la
Corporación,
previa
tasación,
el
valor
de
los
detrimentos
o
deterioros
que
hubiere
sufrido.
Art.
3.0
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda,
a
tra-
vés
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
E~tado,
se
adop-
tarán
las
determinaciones
necesarias
para
la
efectividad
del
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
16
de
febrero
de'
1983.
Se
ha
acreditado
que
el
citado
bIen,
cuya
cesión
se
solicita,
tiene
la
calificación
de
Patrimonial,
figurando
inscrito
en
el
Inventa,rio
de
Bienes
del
Estado
y -
en
el
Registro
de
la
Pro-
piedad
Y
que
no
se'
juzga
previsible
su
afectación
o
explotación.
La
Ley
del
Patrimonio
del
Estado,
en
su
articulo
77,
auto.-
riza
al
Gobierno
para·
ceder
a
las
Corporaciones
locales
los
inmuebles
por
razones
de'
utilidad
pública
o
de
interés
social.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Economfa
y
Ha·
denda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
16
de
febrero
de
1983,
El
Ministro
de
Economía
y
Hacienda.
MIGUEL BOYER
SALVADOR
Dado
en
Palma
de
Mallorca
a
30
de
marzo
de
1983.
.
JUAN
CARLOS
R.
DISPONGO,
El
Ministro
de
:Economía yHa.clenda, .
MIGUEL BOYER
SALVADOR
Por
·el
Ayuntamiento
de
Tomenoso
(Ciudad
Real)
ha
sido
ofrecido
al
Estado
un
inmueble
de
una
extensión
superficial
de
3.890
metros
cuadrados,
sito
en
su
término
municipal,
con
destino
a
la
construoción
de
una
estación
de
autobuses.
Por
el
Ministerio
de
Transportes,
Turismo
y
Comunicaciones
se
consIdera
de
interés
la
aceptación
de
la.
referida
donación.
A
propuesta
del
Mini5tro
de
Hacienda.
y
previa.
deliberación
dél
Conselo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día.·
30
de
marzo
de
1983.
Artículo
1.0 De
conformidad
COn
lo
dispuesto
en
el
articu-
lo
24
de
la
Ley
del
Patrimonio
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
el
Ayuntamiento
de
Tomalloso
{Ciudad
Rea.1l
de
un
inmue-
ble
de
3.890
metros
cuadrados,
a
segregar
de
otro
de
mayor
cabida.
sito
en
el
mismo
término
municipal,
lindando
el.
pri-
mero:
Norte,
calle
Madrid;
Sur,
terreno
propiedad
del
Ayu;¡.ta.
miento;
Este,
terreno
propiedad
del
Ayuntamiento
y
calle
del
Generalísimo;
Encarnación
Rarnírez
Perooa. y
Jesús
Fresneda
Aguado;
Oeste,
-Empe,
S. A....
Figura
inscrita
la
finca
matriz
en
el
Registro
de
la
Propie-
dad
al
tomo
1.984,
libro
262, folio 166,
finca
número
11,),402,
ins-
crípción
4.
a"
El
inmueble
donado
se
destinará
a
la
construoción
de
una
estación
de
autobuses.
Art
..
2,0 El
inmueble
mencionado
deberá
incorporarse
al
In-
ventarlO
General
de
Bienes
del
Estado,
una
vez
inscrito
a
su
nombre
en
el
Registro
de
la
Propiedad,
para
su
ulterior
afec-
tación
por
el
Ministerio
de
f{a(.ienda
al
de
Transportes,
Tu-
rismo
y
Comunicaciones
para
los
servicios
de
estaci6n
de
auto-
buses
depen~iientes
de
este
último
Departamento.
La
finalidad
de
la
donacIón
habrá
de
cumplirse
de
conformidad
{:on
lo
dis-
puesto
en
-
la
vigente
legislaci6!':.
de
Régimen
Local.
Art.
3,0
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
necesarios
para
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Palma
d~
Manor
'a,
30
de
marzo
.de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
REAL
DtCRETO
1822/1983,
de
30
de
marzo,
par
el
que
se
acuerda
la
enajenación
directa
de
una
fin-
ca.
urbana
sUa
en
el
térmtno
municipal
de
Melflla,
en
favor
de
su
ocupante.
183511
DISPONGO,
Artículo
1..
De
conformidad
con
10
dispuesto
en
el
articu-
lo
63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964
se
acuerda
la
enajenación
directa
a
favor
de
doil
José
NoveBa
Sanz,
con
domicilio
en
Melilla,
de
la
finca,
propiedad
del
Es-
tado,
que
a_
continuación
se
describe:
_Urbana
sita
en
el
tér-
mino
municipal
de
Melilla,
calle
Capitán
Ariza,
número
8,
con
una
extensión
superficial
de
201,78
metros
cuadrados,
y
los
linderos
siguientes:
derecha,
Capitán
Ariza,
6;
izquierda,
Sar-
gento
Quesada,
y
fondo,
Pascual
Verdú,
números
7 y 9.-
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Melilla
al
tomo
171,
libro
170,
folio
102,
finca
numero
8.544,
inscripci6n
t."
Art.
2."
El
precio
total
de
dicha
enaJenaci6n
es
el
veIntidós
mil
ciento
noventa
y
seis
(22.1961
pesetas,·
las
cuales
deberán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
_de
quince
días
a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudicación
por
la
Delegaci6n
de
Hacienda
de
Melilla,
siendo
también
de
cuen-
ta
del
in
teresado
todos
los
gastos
originados
en
la
tramitación
del
expediente
y
los
que
se
causen
en,
cumplimiento
del
pre-
sente
Real
Decreto,
.
Art.
3.
0
Por
el
Ministerio
de
Economía.
t
Hacienda.
a
través
de
la
Direcci6n
General
del
Patrimonio
del
Estado,"
se
llevarán
El
Ministro
de
Economía"
Hacien1a,
MIGUEL
BOYER
SALVADOR
Don
José
Novella
Sanz
ha
interesado
la
enajenación
direc~
ta
de
un
solar
sito
en
el
término
municipal
de
Melilla,
calle
Capitán
Ariza,
número
8,
propiedad
del
Estado,
y
sobre
el
que
el
solicitante
ha
construido
de
buena
fe
un
edificio.
Dicho
solar
ha
sido
tasado
en
la
cantidad
de
veintidós
mil
ciento
no-
venta
y
seis
t22.196J
pesetas
por
lop
Servicios
Técnrcos
del
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda!'
Las
circunstancias
expuestas
justifican,
de
conformidad
con
10
dispuesto
en
el
articulo
361
del
Código
Civil,
hacer
uso
de
la
autorización
concedida
en
el
artículo
63
de
la
Ley
del
Pa-
trimonio
del
Estado
de
15
de
abril·
de
1964
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Economfa
y
Ha··
cienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del.
día
30
de
marzo
de
1983,
REAL
DECRETO
1820/1983,
de
30
de
marzo,
Dar
el
que
$e
acepta
la
donación
al
E8tado
por
el
.4.yun-
tamiento
de
Torrudlo$o
(Ciudad
RealJ
de
un
in-
mueble
de
3.890
metras
cuadrados
8ito
en
8U
tér-
mino
municipal
con
de8tino
ala
construcción
de
una
estación
de
autobu8es.
.
18349

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR