Real Decreto 2099/1981, de 13 de julio, por el que se deja sin efecto el Real Decreto 1395/1979, de 4 de abril, por el que se aceptaba un inmueble con destino a la construcción de una Comisaría del Cuerpo Superior de Policía.

MarginalBOE-A-1981-21264
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
21844
111
septiemore
1981
B.
O.
ael
E.':-Núm.
2as
El
Ministro
de
Defensa,
ALBERTO OLIART SAUSSOL
El
Ministro
de
J\'Suntos
Exteriores,
JOSEPEDRO PEREZ-LLORCA y
RODRIGO
MINISTERIO DE DEFENSA
JUAN
CARLOS
R.
El
MlnisU'G
de
H&Cfeada,
JAIMI. GARCIA
~OVEROS
Dado
en
Madrid
a
trece
de
JUUo
de
mil
novecIentos
ochenta
y
uno.
Calatrava,
parcela
noventa'
'1
tres.
poUgono
cincuenta
j
nuevé
{Ciudad
ReaU.
propiedad
del
Estado,
de
la
que
el
soUcitaJ:lte
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
a1d.o
tasada
en
la
cantidad
de
diecisiete
mil
quinientae
pesetas,
por
loe
Serviciol
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda..
La·
circunstancia
expuesta
Justifica
hacer
uso
de
la
autoriza.
ción
concedida
por
el
ar·Uculo
sesenta
.,
tre.
de
~a
Ley.
del
Patrimonio
del
Estado
d
•.
quince
de
abril
de
mU
novecientol
sesenta
ycuatro-.
..
En
su
vi,rtud. a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda.
y
previa
deliberaci6n
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
trece
de
Julio
de
mil
novecientoa
ochenta
y
uno,
DISPONGO,
Artlculo_
primEtro,-De
conformidad
con
lo
diSpuesto
en
el
arUcuJo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonm
del
Estado
de
quince
de
abrtl
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
se
acuerda
la
enajenación
directa
a
favor
de
don
Almudeno
Ló~·
Barba.
con
domicilio
en
Pozuelo
de
Calatrava.
calle
Palomares
número
veintiséis'
(Ciudad
Real).
de
la
finca
propiedad
del
ESt.ado
que
a
continuación
se
describe:
.
Parcela
noventa
ytrae, poUgono
cincuenta
y
nueve,
sita·
en
el
.,término
municipal
de
Pozuelo
de
Calatrava
(Ciudad
Real),
con
una
superficie
de
mil
setencientos
cincuenta
nietros
cuadra-
dos,
los
lindero.s
siguientes:
Norte,
Isa.belo
Mudoz
Reina;
Sur.
Cándido
Rolando
Miguel:
Este,
José
Mudoz
Triguero,
yOeste.
Aquilino
MegíSB
Mongrad6n.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
.Almagro
al
tomo
doscientos
veintiséis.
libro
diecisiete,
folio dOSCientos ocho,
finc:&
número
mil
setecientas
cuartlnta
y
ocho,
inscripción
primera.
Artít:ulo
segundo.-El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
diecisiete
mil
quinientas
U7.500}
pesetas
las
cuales
debe-
rán
ser
ingres&das
en
.el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
de
quince
días,
a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Ciudad
Real,
siendo
también
de
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
originados
.en
la
tramita·
ción
del
expediente
yloa
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
Articulo
tercero.-Por
el
MinisterIo
de
Hacienda;
a
través
de
la
Dirección
General
del
PatrimonIo
del
Est,a.do.
se
.1!o7ar:in
&
cabo'
los
trámites
conducentes
a
la
efecUvidad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
JUAN
GARLOS
R.
JUAN
CARLOS R.
REAL
DECRETO
0098/1981,
de
1.8
de
septiembre,
por
el
que
s.
concede la
Gran
Cruz
del
Mdrtto
Naval.
con
distintivo
blanco,
Gol
Contralmirante
de
la
Ar-
mada
brasileñ4
don
Murillo
Cruz
Guimeraes,
de
Souza
Lima.
Vengo
en
concederle
la
Gran
Cr1lZ
de
la
Orden
de
Isabel
la
Católica.
Dado
en
Palma
de
Mallorca
aooho
de
septiembre
de
mil.
novecientos¡
ochenta
y
uno.
Queriendo
d8l' pruebe.
de
Mi
Rea.l
aprecio
al
Contralmirante
de
la.
Armada
brasileña
don
M
urillo
Cruz
Guimeraes
de
Souza
Lima,
Vengo
en
concederle
la
Gran
Cruz
del
~érito
Naval,
con
clistintivo
bla.n:co.
.
Dado
en
Madrid'
a
diecioch4
de
septiembre
de
mil
novedeD.·
tos
ochenta
y
uno,
21263
21262
REAL
DECRETO 2097/1981,'
de
14
de
septiembro.
por
el
que
B6
concede
la
Gran
Cruz
del
MérUo
Aeronciutico. con
distintivo
blanco.
al
ALmirante
de
Escuadra
don
Maximiano
Eduardo
Da
Silva
Fonseca.
Ministro
CÜJ
Marina
de~
BraiU.
Queriendo
dar
prueba.
de
Mi
Real
aprecio
al
Almir~te
de
Escuadra
don
Maximiano
Eduardo
Da
Silva
Fonase&.
Minls-
tra
de
Marina
del
Brasil.
Vengo
en
conC€derle
la
Gran
Cruz.
del
Mérito
Aeronáutico,
con
distintivo
blanco.
. ,
Dado
en
Madrid
a
catorce
de
septiembre
de
:qúl
novecien-
tos
ochenta
y
uno.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Defensa.
ALBERTO OLIART SAUSSOL
MINISTERIO DE HACIENDA
21265
REAL
DECRETO 2'OO!19.',
de
13
de
julio.
por
el
que
Be
acuerdcJ la
enajenación
directa
de
una
finca
sita
en
61
tllrmino'
municipal
de Pozuelo de
Cala~
trava.,
pCJrcelo
93. poUgon.o
SQ
(Ciudad
RealJ. en
favor
eH
.u
ocupante. .
D0:t:l
Alml;ldeno Lqpez
B~ba
ha
Interesado
1&
adquisición
de
una
fInca
rustica.
sita
fA
el
térlilino
municipal
de
Pozuelo
dt
21264
REAL
DECRETO
2iJ99/1981,
de
13
de
julio;
por
el,
que
'8
d.ejCJ
.rin efecto
el
Real
Decreto
13951197Q,
ae
4de
abril.
por
el
que
88
aceptaba
un
inmueble
con
destino
a.
lo
construcción
de
UiI4
comisaria
del
Cuerpo
Superior
de
PolictCJ.
Por
Real
Decreto
mU
~resclentol
noventa
'1
cinco/mil
nove·
cientos
setenta
y
nueve.
de
cuatro
de
e.brtl,
se
aceptó
la
don~
ci6n
de
un
inmueble·
por
el
Ayuntamiento
de
San Adrté.n..
de
Besós
(Barcelona),
con
destino
a
la
construcci6n
de
una
com!·
saria
del
Cuerpo
Superior
de
Pollcfa
en
dicha
localidad.
Posteriormente,
el
Ministerio
del
Interior
ha
manifestado
que
ha
desistido
de,
la
referida
construcción.
A
propuesta
del
Ministro'
de
Hacienda
ypreVia
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en 8\1
reunión
del
día.
trece
de
julio
de
mil
novecientos
oohenta'y
uno,
-
DISPONGO,
Articulo
único,-se
deja
sin
&feeto
el
Real
Oecreto
mIl
tres~
cientos
noventa
1
clnco/m1l
novecientol
setenta
y
nueve
de
cuatro
de
abril.
por
el
qUe
se
acepta
la
donación
de
un
inmu9~'
ble
por
el
Ayuntamiento
de
San
Adril\n
de
Besós
(Barcelona).
con
destino
a
la
construcción
de
una
comisaria
del
Cuerpo
Su-
perior
d~
Policía
en
dicha
localidad.
Dado
en
Madrid
a
trece.
de
julio
de
mn
novecientos
ochenta
y
uno.
21266
REAL
DECRETO
210l/~981,
de
13
de
·julio,
por
el
que
S6
acuerda
la
enajenación
directa
de
una
finca
_
sita
en
el
tllnnino
mur~ic¡.pal
de
Sagunto,
parce·
la
85,
del
poUgono 58 ev,alenciaJ.
en
favor
de
s~
ocupante.
Don
Vicente
Benet
Isach
ha
interesado
la
adquisici6n
de
una
finca
:ústica,
sita
en
el
término
municipal
de
Sagunto,
parcela
aasenta
y
cinco
del
polígono
c-incuentay
ocho
(Valencia),
propie'-
dad
del
Est,ooo,
de
la
que
el
solicitan~
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad.
de
ciento
veintitrés
mil
.ciento
veinte
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Minis-.
tarto
de
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
justifica
hacer
uso
de
la.
autoriza··
ción
concedida
.por
el-
artículo
sesenta
y.
tres
de
la, Ley
del
Patrimonlo
del
Estado
de
quinCe
de
abI"il
de
_mil
novecientos'-
sesenta
y
cuatro..
.,
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Miniatro
de
Ha.cienda
Y,
previ!l.
delibe-ración
del
Consejo
de
Ministros.
en
su
reUnión
del
dia
trece
de
julio
de
mil
novecientos
ochenta
y
uno,
. .
DISPONGO,
Artículo
primero.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
'
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abrn
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
se
lI.cuerda
·la
enajenación
directa
a
favor
de
don
Vicente
Benet
IS8.(;h,
con
domicillo
en
Puzol.
TOITeta,
cinco
{Valencial,
de
la
finca
propiedad
del
Estado
que
a
continuación
se
describe:
Parcela
sesenta
ycinco,
polígono
cincuenta
y
ocho,
sita
en
el
término
muniCipal
de
Sagunto
(Valenc1aJ,
con
una; .-superficie
de
tres
mil
cuatrocientoa
veinte
metros
cuátlrados,
Ylos
linderos
siguientas:
Norte.
Palacio
Calabuig
yL.
Ocañal
Sur,
Mariana
Queral;
Este.
Acequia
del
Rey,
y'
oeste,
Francisco
Raga
AdI1iUl.
.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de.
Saguntg·
al
tomo
cuatrocientos
dos,
libro
ciento
setenta
ydos, folio
dento
noyenta
ycinco, finca
número
nueVe
mil
setecientos
setenta
.,
cuatro.
inscripción
primera.
.- -
Artículo
segundo.-El
precio
total·
de_
dicha
enajenaCión
es
el
de
ciento
veintitrés
mil
ciento
veinte
U23.l2O) pesete.s,
las
cuales
deberl\n
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
pór.
el
adquirente'
en
el
plazo
d-e
quince
días.
a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Valencia,
siendo
también
de
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
originados
en
la
tramitación
del
expediente
y
108
que
se
causen
en
cu.m·
plimiento
del
presente
Real
Decreto.
JUAN
CARLOS R.
El
MinLstro
de
H&<:iend>
JAIME GARCIA AROVEROS

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