Orden EHA/1607/2011, de 30 de mayo, por el que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que declara el incumplimiento de condiciones de expedientes acogidos a la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales.

MarginalBOE-A-2011-10319
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 7 de abril de 2011, adoptó un Acuerdo, por el que se declara el incumplimiento de dos expedientes acogidos a la Ley 50/1985, de incentivos económicos regionales, en las Zonas de Promoción Económica de Principado de Asturias y Comunidad Autónoma de Castilla y León, por no haber acreditado el cumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos.

Considerando la naturaleza y características de dicho Acuerdo, este Ministerio tiene a bien disponer:

Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al texto íntegro del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de fecha 7 de abril de 2011, por el que se declara el incumplimiento de dos expedientes acogidos a la Ley 50/1985, de incentivos económicos regionales, en las Zonas de Principado de Asturias y Comunidad Autónoma de Castilla y León, por no haber acreditado el cumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos. Dicho texto se incluye como anexo a esta Orden.

Madrid, 30 de mayo de 2011.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/2359/2008, de 31 de julio), el Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Carlos Ocaña Pérez de Tudela.

ANEXO

TEXTO DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS

El Ministerio de Economía y Hacienda, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, y en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, para los casos de incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos en las Zonas promocionables, delimitadas al amparo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, eleva a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos la siguiente propuesta de acuerdo.

Examinados los expedientes de concesión de incentivos regionales en las Zonas de Promoción Económica de Principado de Asturias y Comunidad Autónoma de Castilla y León, a las empresas que se relacionan en el anexo de este Acuerdo, a los efectos de verificar si han cumplido las condiciones establecidas para el disfrute de dichos incentivos, de conformidad con el artículo 34.1.b) del Real Decreto 1535/1987, modificado por Real Decreto 302/1993 y teniendo en consideración los siguientes

Antecedentes de hecho

  1. Los incentivos fueron otorgados por diversos Acuerdos de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fechas 22 de marzo, de 2001 en el caso del expediente AS/697/P01, y 21 de junio de 2001, en el caso del expediente BU/523/P07, notificados por medio de resoluciones individuales, que establecían las condiciones especificas y plazos para su cumplimiento, vinculantes para el disfrute de los expresados incentivos, resoluciones individuales que fueron aceptadas por las respectivas empresas.

  2. En el caso de la entidad «Hotel Palacio de Ferrera, S.A.», titular del expediente AS/697/P01, con fecha 28 de febrero de 2005 la empresa percibió la totalidad de la subvención concedida por importe de 1.613.413,76 €. El 17 de abril de 2009 el Principado de Asturias emitió informe sobre mantenimiento de las inversiones, del que se deduce incumplimiento en la obligación de mantener las inversiones subvencionadas durante cinco años después de finalizar el plazo de vigencia y en la obligación de mantener el empleo creado durante dos años después de terminar le plazo de vigencia, y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento total de la condición de mantener inversiones por importe de 10.083.836,00 € durante cinco años después de finalizar el plazo de vigencia y el incumplimiento del 11,25% de la condición de mantener 36 puestos de trabajo durante dos años después de terminar el plazo de vigencia, ya que se han mantenido 31,95 puestos de trabajo, lo que supone un incumplimiento conjunto del 100%, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre.

  3. En el caso de la entidad «Ferroli España, S.L.», titular del expediente BU/523/P07, con fecha 10 de abril de 2007 la empresa percibió la totalidad de la subvención concedida por importe de 715.625,11 €. El 18 de junio de 2010 la Comunidad Autónoma de Castilla y León emitió informe sobre mantenimiento de las inversiones, del que se deduce incumplimiento en la obligación de mantener las inversiones subvencionadas durante cinco años después de finalizar el plazo de vigencia, y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento del 1,53% de la de la condición de mantener inversiones por importe de 10.223.215,90 €, durante cinco años después de finalizar el plazo de vigencia ya que se ha justificado el mantenimiento de inversiones subvencionadas por importe 10.066.952,75 €, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre.

    A los hechos anteriores son de aplicación los siguientes

    Fundamentos de Derecho

  4. El órgano competente para la resolución del procedimiento es la Comisión Delegada del Gobierno...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR