Corrección de errores del Real Decreto 666/1986, de 21 de febrero por el que se modifican los artículos 36, 39 y 143 al 147 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Mecánicos por Carretera y se añaden al mismo dos nuevos artículos.

MarginalBOE-A-1986-10640
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Rango de LeyCorrección
BüE
núm.
103
MIércoles
30
abril 1986 15537
10639
MINISTERIO
DE
TRANSPORTES,
TURISMO
Y
COMUNICACIONES
Advenido
error en
el
texto remitido para pubhcacion
del
citado
Real Decreto. ln:.crto en
el
«Boletín Oficial del
Estado~~
número
S5.
del
día
9de
abnl
de 1'186,
Sl'
transcribe acontinuat'ión
la
oportuna
rectificación:
En
la
página
1~451.
columna
dcn:cha, parrafo quinto. número
3,
del artículo
:W.
en
la
segundhoca, donde dice:
l'mltIJ()~
o
evaluados por »
,~.:1"1t'
JC(ll"'
K<. class="ls16">oa\"alados
pOf."
.
y
se
dictan normas de actual'lón para los sujetos responsables ylas
oficinas recaudadoras en
matena
de liquidación vrecaudación de
cuota de
la
Segundad
SocIal.
gueda
redactada de
siguienteforma:
«Veintiséis: RemiSión de la documentación récaudatoria.-Las
Tesorerias
Terntonales
remitirán al Instituto Nacional de
la
Seguridad Social yal Instituto Social de la Marina.
la
documenta-
ción
recaudatona
rdativa
alas liquidaciones efe¡,:tuadas que
les
correspondan, una vez ultImada su formalizaCIón. dentro del mes
siguiente al que hubieran efectuado
el
ingreso de las cuotas. : a
las
Mutuas Patronales antes del día
20
del segundo mes
slguli.:nlC'
al
del
ingreso de las cuotas.
Asimismo, las Tesorenas Territonales de
la
Segundad Social.
dentro
del mes siguiente
al
de
la
recepción en las
misma~
de
la
documentación recaudatona, n:mltirán a
la
correspondiente Direc-
ción Provincial del rnstituto :\'acional de Empleo una copia de las
"Relaciones nominales
de
trabajadores con bonificaciones o
reduc~
ciones de
cuotas"
presentadas, modelo TC2/1. así como
relac.:lón
mecanizada y
comprensiva
de las Empresas afectadas
por
dichas
deducciones yde aquellas otr'iS que abonen,
en
régimen de pago
delegado, prestaciones por desempleo parciaL en la
Que
conste,
separadamente,
la
información
por
ambos
tipos de deduccioTles.ll
Segundo,-Lo
dispuesto
en
la
norma
precedente será de aplica-
ción apartir de las liqUIdaciones de cuotas correspondientes al mes
de enero de 1986
Lo
que
digo a
V.!.
para su conocimiento ') efectos.
Madrid.
15
de
<1bnl
de
11}8b.-EI
Director generaL Jose
-\ntunlO
Panizo Robles
limo, Sr. Director general de la Tesoreria General de
la
Segundad
Social.
CORREC '("[().\' de errores del
Ro.J.1
Decreto
(¡{¡(JI
IIJStJ.
dI:'
21
deféhrero,
por
el
que
se
modificart 1m
arr¡"el//m
36.
3i.¡
1-'
1431.1/14 7del Rl'g!amento de OrdenaC/¡jn di'
los Tninsporres .\fectini((Js por Carrerera rse wl:u/cn
al
nnsmo
dos nl/e\'os arhculu'i.
10640
RESOLCCIOS
de
15
de ahrll de 1986. de
/11
Direcclún
General
de
Régimen
Jur(dico de
la
Segundad
,"loCla/,
por
la
que
se
modifica
la
norma
26
de
la
ResolUCión
de
la Dirección General de
RégImen
Económico
v
Jur(dico de
la
,Seguridad
S"(x¡al,
de
14
de ('nero
dc
1985,
que
aprueba los modelos de cotf::acu5n
J'
se
dictan
normas
de
actuación para los .sujetos responsa-
bles ylas oficinas recaudadoras en
materia
de liquida-
ción
.1'
recaudaCión de cuuta.'l de
la
Segundad
,)'ooal
Ilustrísimo señor:
Por
Resolución de -14 de
enero
de 1985. de la entonce''ó
Dirección General de Régimen Económico yJuridit'o de
la
Segundad Social. se
aprobaron
los modelos de colizacion y
se
dIctaron
normas
de
actuación para los sujetos responsables ,y
la~¡
oficinas recaudadoras
en
materia
de liquidación yrecaudación de
cuotas de la Seguridad Social.
De
conformidad
con
la
norma
26
de dicha ResolUCIón, las
Tesorerías Territoriales
de
la Seguridad Social deben n:mitir al
lns1ltuto Nacional de la Seguridad Social yal
Instituto
Soóal
de
la
Marina
la documentación recaudatoria relativa alas liquidacione!i
efectuadas que les corresponda,
una
vez ultimada su formalizaCIón.
dentro
del mes siguiente al que
se
hubiera efectuado
el
ingreso
d{~
las cuotas, y a las
Mutuas
Patronales de Accidentes de Trabajo
antes del día 20 del segundo mes siguiente al del ingreso de las
cuotas, sin
que
se establezca que
también
deberá remitirse a
la
respectiva Dirección Provincial del
Instituto
Nacional de Empleo
la documenta('Íón referente alas deducciones que con
car~o
¡j,[
mismo
hayan
SIdo
efectuadas
por
las Empresas
en
las lIquidaCIOnes
de cuotas. . .
En su virtud, esta Dirección General,
en
uso de las
atrlbUClOnl'~;
que tiene conferidas,
ha
tenido abien resolver:
Primero.-la
norma
26
de
la Resolución de
14
de enero dl' 1985.
de la Dirección General de Régimen Económico yJuridico de la
Seguridad
SOCiaL
por
la
que
se
aprucban
lo~
modelos de cotLlal'lOIl
MINISTERIO
DE
TRABAJO
Y
SEGURIDAD
SOCIAL
(J)
La
suma
de
las fracciones
contentración
real/límite eXigido relativa
alos
elementos
tóxicos (arsénico.
cadmio,
cromo
VI. niqueL
nWfcurlO,
plomo, selenio.
cobre
ycinc) no superará
el
valor
3.
(K)
Si
el
vertido
se produce alagos oembalses,
ellirnlle
se
reduce a0.5.
en previsión de
brotes
eutróficos.
(L) En lagos o
embalses
el
nitrógeno
total
no
debe
~uperar
lO
rng/L
e:>.presado en nitrógeno.
(Ml
Expresado en CbOI4H6'
(N) Ell.presado en lauril-sulfato.
¡Pl
Si
se tratase
exclusivamente
de
pesticidas fosforaJos puede
~dml.
tlrse un ma.-:.imo de
0,1
mgjl.

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