Ley 76/1965, de 17 de julio, por la que se concede un crédito extraordinario y suplemento de crédito, importantes en junto 835.492 pesetas, al Ministerio de Trabajo para satisfacer al personal de la Escuela de Capacitación Social de Trabajadores por los años 1963, 1964 y 1965 el salario que les corresponde en aplicación del Decreto 55/1963, de 17 de enero.

MarginalBOE-A-1965-12489
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O.
del
E.-Num.
113
21
julio
1965
10289
Articulo
cuarto.-El importe
a.
que
a.sclenden
106
credltos
con-
cedidos
por la presente
Ley
se
cubriran
en
la.
forma.
determ1-
nada
por
el
articulo cuarenta y
uno
de
la.
de
Adm1nistra.ci6n
y
Contabil1dad
de
la Hacienda
Pılblica..
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo a
diecis1ete
de
julio
de
mil
novecientos
sesenta y
cinco.
FR.ANCısCO
F'RANCO
LEY
7511965,
de
17
de
ju./io,
por
la
que
se
concede
un creaito e:ctraordinario
1/
su.pıemento
de
credıto,
en
cuantia total
de
7.306.054
pesetas,
aZ
Ministeno
aeı
Aire,
como
ma1/OT
su.bvenciÔ1l
al
Ins-
tituto Nacional
de
Tecnica
Aeroesı;ıacial
cEsteban
Terradas»,
con
destino
a satisjacer mejoflL!
de
per-
sonal
militar
11
asimilado
de
los
aiios
1964
11
1965.
Por
el
Instituto Nacional
de
Tecnica
Aeroespacıal
«Esteban
Terradas»
se
solicitaron
el
pasado
afio
recursos
con
el
fin
de
ap
licar al personal militar
J'
ıısimilado
que
presta
servicio
en
el
mi.imo
los
beneficios
de
La
Ley
nılmero
uno de
dicho
afio.
Para
ello
se
tramit6 un expediente
que,
si
l>len
obtuvo
ın
formes
favorablcs
de
la
Direcc16n
General de Presupuestos y
del
Consejo
de
Estado.
no
lleg6
a termlnarse
en
mil
noveciento6
sesenta
y cuatro
por
[alta material
de
tiempo y ha
de
conıi
nuarse
en
e2
ano
actual,
con
propuesta de habllitar
un
crMlto
extrao:dinario para
las
obligaciones
de mil
noveclentos
sesenta
y cuatro y
uno
suplementario para dotar las
de
mil
noveclento~
hesenta
y
cin
co.
dada
su
caracter permanente.
En
su
virtud, y
de
conform!dad
con
la
propuesta elaborada
por
las Cortes
Espanolas.
DISPONGO:
Articulo
prımero.-se
concede
un
credi.to
extraordinıı.rlo
de
das
millones
ciento
treinta y
nueVe
mil quinientas
clncuenta.
y
acho
pesetas.
ap1icado
al presupuesto en
vlgor
de
la
secc16n
veintid6s
de
Ob:igaciones
de
105 Departamentos
minlsteriııles.
ü1inisterio
de!
Aire»;
capitulo cuatrocientos.
«Subvenc!ones,
a:.ıxilios.
participaciones en
ingresos
y financlaclones.-Para
gas-
tas
corrieııtes»);
articulo cuatrocientos
dlez,
«A
favor
de
Orga-
nismos
aut6nomos
y Entidades y Empresas
pUbllcas»;
servlc!o
i
cuatrocientos
veintiuno.
«:\finisterio, Subsecretarias y
Servlcios
:
generales»;
concepto
nu€vo
cuatrocientos veintiuno-cuatroclentos I
diecinueve.
con
destino a sati.sfacer a
persona1
militar y
asimi-
I
lado
de!
Instituta
Naciona1
de
Tecnlca
Aeroespacia.l
«Esteba.n
;
Terradas»
devengos
de
mil noveclentos sesenta y cuatro.
como
consecuencl:ı
de
!a
apllcaci6n
de
la
Ley
nfunero
uno
de
di-
cho
ano.
Articulo
segundo.--Se
concede
asimJsmo
un
suplemento
de
credito
de
pesetas
clnco
millones ciento sesenta y
sels
mil
cua-
trocientas
noventa
y
seis
al
figurado
en
la
misma
secciön
vein-
I
tid6s.
«:\iinisterio
del
Aireıı:
capitulo cuatroclento5.
a..."1:icu10
CUIi-
'
rrocientos
diez
y
servicl0
cuatrocientos velntluno;
concepto
cua-
trocientos veintiuno-cuatroclentos
qulnce.
«Subvenc16n
al Ins-
tituto
Nacional
de
Tecnica
Aeroespacia.1
«Esteban
Terradasıı.
pa:a satisfacer
los
mismos
gastos
en
mil
novecientos
sesenta.
y
ri~1CO.
A!'ticulo
tercero.-El importe a
que
ascienden
Jos
menclonıı
do,
crCditos
~e
cubrira
en
La
fo:oo
determinıı.da
per
eJ
articulo
cımrenta
y
uno
de la
vi::;ente
Ley
de
Adm1nistrac16n
y
Cont&-
bili
dad
de
l:ı
Hacienda
Pıi.blica.
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo a
dieci.siete
de
julio
de
mil
ııovecientos
sesenta y
cinco.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
76/1965.
de
17
de
iu/io, por la
que
se
con-
cede
un
credito extraordinario
11
suplemento
de
G-r~dito,
iınportantes
en
junto
835.492
pesetas,
al
Ministerio
ae
Trabajo
para
satisjacer al
personal
de
la
EsC'Uela
de
Capacitaciôn
Social
de
Trabaja,
dores
por
IOS
aiios
1963,
1964
11
1965
salario
que
les
cOTTl~sponde
en
aplicaci6ıı
del
Decreto
nume-
ro
55,
de
17
de
enero
de
1963.
Sol1citada
per
el
Ministerio
de
Tra.bajo
la.
conceai6n
de
varioo
crMitos
con
destino
a satlsfacer
el
mayor
gasto
que
en
1011
:ııios
mil
novecientos
sesenta y tres y
mil
o.ovecientos
se!enta
y cuatro
ha
supuesto
a la
Escuela
de
C:ı.pacltacl6o.
Socıaı
de
TrabajaJures
la
aplicaciôn al
perscn:ı.ı
:ı.
su
servicio
del
jom:ıl
minimo
establecido
por
el
D~tQ
nıl.mero
cinCUeo.ta.
'Y
c1nco,
i
de
diecisiete
de
enero
mil
noveclentos sesenta y tres,
se
instruy6 en
el
pıısado
ejercicio
de
mil
no'Veclentos
sesenta
'Y
cuatro,
en
el
que
fue formulada
ıa
petlciön,
un expedlente para
habilltar
105
recursos
necesarios,
qü.e
fue
informado !avorable-
mente por la
Direcci6n
~ne:-al
de
Presupuestos y el
ConseJo
de
Estado.
Termlnado aquel
ejerci'Cio
sin haber
aıcanzado
el
expedlente
su
sa.ncıôn
de!inltlva.
la
propuesta
que
ahora
se
formula
eom-
prende un credita extraordinario para
liqui
]as
obllga.c1ones
de
mil
noveclentos sesenta y tres y
mil
noveclentos
sesenta y
cuatro. y uno suplementario para dotar las
de
mil
novecientos
sesenta y
c1nco.
por
catiıcter
permanente
que
las
mlsmas
ti~nen.
En
su
vlrtud. y
de
conformidad
con
la
propuesta eJaborada
por
las
Cortes Espanolas,
DISPONGO:
Articuio
prlmero.-Se
concede
un
coedito
extraorc!inar!o
de
quinientas cincuenta y
cinco
mil ciento cuarenta
pesetas,
apl1-
cado
al
Presupuesto
en
vigor
de
la
Secci6n
diecinueve
de
Obll-
gaclones
de
105 Departamentos ministeriales.
«:\finist.erio
de
Tra-
bajo»;
capitulo ciento,
«Personalı>:
articulo
ciento
cuarenta,
«Jor-
nales»;
.
servlcio
tresciento sesenta y slete.
«Direcci6n
General
de
Promociön
Socialı):
concepto
nuevo
trescientos
sesenta.
y
siete-ciento cuarenta y
dos,
con
destino a satisfacer diferen-
clas
de
sala.rio
de
los
aiıo~
mil
novecientos
sesenta y tres y
mil
novecientos seser.ta
)'
cuat:'o
del
personal
de
La
EscueJa
de
Capacitaciön
Social
de
Trabajadores. en
aplicaci6n
del
De-
creto
nıi.mero
cincuenta y cin
co.
de
dieclslete
de
ent!o
de
mil
novecientos
sesenta y
tres,
lı.rticulo
5egundo.-Se
concede
asimi.smo
un
suplemento
de
credito de doscientas ochenta
mil
trescientas
cincuentıı
J'
dos
pesetas al
figu:-ado
en
la
misma
Secci6n
diecinueve.
capitulo
ciento,
articulo
ciento
cuarenta y
servicio
trescientos sesenta y
siete; concepto trescientos sesenta y siete-ciento cuarenta y uno,
«Escuela
de
Capacltaci6n Social
de
Trabajadores»:
sUbconcepto
dos.
ııRetribuci6n
al profesorado
emp!eados
y personal
de
servi-
cioıı,
ndicionindose al
co:ıcepto
la
siguiente nota:
«Estas
remu-
neraciones
se
percibir:in por jornada normal 0
completa.
y
e:ı
caso
contrario.
proporcionaımente
a las horas
de
trabajo.l)
Art!culo
tercero.-El importe a
qUe
ascienden
105
mencı~
nados
creditos extraordinario y suplementario
se
cubriri
en
la
forma
determ1nada
por
art!culo cuarenta y
uno
de
la
vlg€nte
Ley
de
Administraci6n y Contab!lidad
de
2a
Haciendıı.
Pılbllca.
Dada
en
el
Palacio
de
El
Pardo a
diecisiete
de
julio
de
mil
nCl\'ecientos
sesenta y
cinco.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
7711965,
de
17
de
1ulin,
de
concesi6n
de
un
credito extrordinario y otro sllplementario
per
un
importe total
de
6.288.000
pe.ıetas,
a!
Ministerıo
de
Educaci6n
Nacional.
con
destino
a
sa.tisfacer-
105
gastos
de
funcionamiento
de
la
nueva
Fa-
cu/tar!
de
Farmacia
de
la
Univcrsidad
de
Granada
durante
!os
afıos
1960
a
1965,
aınbos
inCıusive.
Instalada
la
Facultad
de
Farmacia
de
la
'Gniversidad
de
Gra-
nada durante
el
curso
academico
mil
nO\'ecientos
cincuenta.
y
nueve-sesenta en un
nueı'o
edificio,
construido
con
dicho
fin,
se
han presentado a partir
de
entonces
Un:\
serie
de
necesidades
economicas
inherentes
al
sostenimien~o
y
conservaci6n
del
in-
mueble
y de
los
servicios
indispensables para
el
funcionamiento
de
aquella
Facultad,
que
han
superado
10s
Crt!ditos
que
en
el
Ministerio
de
Educacion
Naciono.l
se
aSign:ı.ban
a dichos gastos.
Er..
su
virtud. y
de
cOnformid'ad
con
la
propuesta elaborada
por
las
Cortes
Espaıio!as,
DISPONGO:
Articulo
primero.-Se conralidan
como
obl1gaclones
lega]es
del
Estado
las contraidas
por
el
Minis,erio
de
Educaciön
Nacional
excediendo
las
respectivas
comignaciunes
presupuestarias,
en
cuantia total
de
cinco
millone.'
doscientas
cuarenta. mil pesetas,
y relativas a
gasto,S
de
funcionaırJento
de
la Facultad
de
Far-
macia
de
la
Univel'8idad
de
Granada durante
10s
afıos
mil
n~
vecientos
sesenta a
mil
novecieutos
sesenta y
cuatro.
ambo,s
inc1usive.
Articulo
segundo.-Se
co:ıcede.
para satisfacer
·l3.s
eıqıresadas
obligacioues,
un
credlto
extraordinario
en
la
cuanti:ı.
Indlcada

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