Orden MAM/1009/2007, de 28 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.

MarginalBOE-A-2007-8053
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, Boletín Oficial del Estado del 7, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, (Boletín Oficial del Estado núm. 48 de 25 de febrero de 2005):

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 11 plazas del Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, Código 1429, por el sistema general de acceso libre y 3 plazas por el sistema de promoción interna.

    Del total de las 11 plazas convocadas por el sistema general de acceso libre, se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

    En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 15 de abril).

    1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

  2. Proceso selectivo

    2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, para los aspirantes que se presenten por acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    2.2 Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, si se trata de acceso libre, o las fases de oposición y de concurso, en el caso de acceder por promoción interna, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

  3. Programas

    3.1 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria para los aspirantes que se presenten por acceso libre, y el que figura como Anexo III para los aspirantes que se presenten por promoción interna.

  4. Titulación

    Deberán poseer o estar en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación

    Aquellos funcionarios del Grupo D, que se presenten por promoción interna, y que carezcan de la titulación requerida, podrán participar en este proceso selectivo siempre que tengan una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

    También podrán participar aquellos funcionarios que, careciendo de la titulación exigida, no alcancen los diez años mencionados siempre que acrediten al menos cinco años y hayan superado el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

  5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna.

    Los aspirantes que concurran por promoción interna deberán cumplir además:

    Pertenencia a Cuerpo: Los aspirantes deberán pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo D y estar además destinados en la Administración General del Estado.

    Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo D. Esta condición se deberá poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  6. Solicitudes

    6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas: www.map.es.

    6.2 Los aspirantes que soliciten adaptación de tiempos y medios para la realización de pruebas selectivas, al amparo de la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, deberán presentar documento original de dicha petición, junto con su solicitud de admisión.

    6.3 Sólo en el caso de acceso por promoción interna, los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos», a través de la dirección de internet (www.map.es) o en el Portal del ciudadano (www.060.es).

    La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

    En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en la disposición octava de las bases comunes, deberá ser aportada presencialmente, en soporte papel y documento original, en los lugares previstos en el siguiente apartado.

    6.4 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n -28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Sra. Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo V y se presentará en soporte papel.

  7. Tribunal

    7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo IV a esta convocatoria.

    7.2 El Tribunal de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono 91.597.56.74, dirección de correo electrónico weboposiciones@mma.es.

  8. Desarrollo del proceso selectivo

    8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 (Boletín Oficial del Estado del 26).

    8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web http://www.mma.es/portal/secciones/empleo_publico/index.jsp.

    8.3 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes por promoción interna que la hubieran superado, dispondrán de un plazo de veinte días naturales para presentar la documentación a que se refiere la base duodécima, apartado 1, de las Bases Comunes; así como copias de los títulos o diplomas de cursos de formación y perfeccionamiento realizados y relacionados con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.

  9. Norma final

    Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

    Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Madrid, 28 de marzo de 2007. La Ministra de Medio Ambiente, P.D. (Orden...

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