Orden ITC/1361/2006, de 24 de abril, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de Turismo de España.

MarginalBOE-A-2006-8168
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden
BOE núm. 110 Martes 9 mayo 2006 17647
8168 ORDEN ITC/1361/2006, de 24 de abril, por la que se
convoca concurso específico para la provisión de
puestos de trabajo en el Instituto de Turismo de
España.
Este Instituto de Turismo de España, de acuerdo con lo dispuesto
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988,
de 28 de julio, previa autorización de las bases de la presente convo-
catoria por la Secretaría General para la Administración Pública, y de
conformidad con el artículo 40.1 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Pro-
visión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funciona-
rios Civiles de la Administración General del Estado, ha dispuesto:
Convocar concurso específico para cubrir los puestos de trabajo
vacantes que se relacionan en el anexo I-A de esta Orden, dotados
presupuestariamente, el cual, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero
de 1976 y de la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, tiene en
cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en
la provisión de los puestos de trabajo y en la promoción profesional
de los funcionarios, y se desarrollará con arreglo a las siguientes
bases:
Primera. Participantes.
1.a) De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996,
de 30 de diciembre, y con las orientaciones de atención a los sectores
prioritarios señalados por el Real Decreto 96/2006, de 3 de febrero,
por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2006, podrán
participar en el presente concurso los funcionarios de carrera en
cualquier situación administrativa, excepto los suspensos en firme
mientras dure la suspensión, con excepción de los que presten servi-
cios en los siguientes sectores:
Ministerio de Administraciones Públicas: Oficinas y Áreas de
Extranjería en las Delegaciones del Gobierno y Subdelegaciones del
Gobierno.
Ministerio del Interior: Jefaturas Central y Provinciales de Tráfico
y Dirección General de Policía.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: Organización perifé-
rica del Ministerio y sus Organismos Públicos y Organización perifé-
rica de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social.
Ministerio de Cultura: Museos, Archivos y Biblioteca Nacional.
Ministerio de Vivienda.
Ministerio de Fomento: Dirección General de la Aviación Civil y
Dirección General de Marina Mercante.
Ministerio de Educación y Ciencia: Secretaría General de Política
Científica y Tecnológica y Organismos Públicos de Investigación.
Ministerio de Economía y Hacienda: Instituto Nacional de Esta-
dística.
Ministerio de Medio Ambiente: Secretaría General para el Terri-
torio y la Biodiversidad y Organismos Públicos adscritos (excepto
Parque de Maquinaria y Parques Nacionales) y Secretaría General
para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático
(excepto la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología).
Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación: Servicio exterior.
b) Los funcionarios destinados o que presten servicios en el
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y en los Organismos
Públicos adscritos podrán participar en la provisión de todos los
puestos de este concurso sin limitación alguna por razón de su des-
tino, siempre que reúnan el resto de los requisitos exigidos en esta
convocatoria.
2. Podrán tomar parte en la presente convocatoria, los funcio-
narios de carrera de la Administración General del Estado a los que
se refiere el artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que
pertenezcan a los cuerpos y escalas clasificados en los grupos com-
prendidos en el artículo 25 de la misma, con excepción del personal
adscrito a los cuerpos o escalas de los sectores Docente e Investiga-
dor, Sanitario, de Servicios Postales y de Telecomunicación, de Insti-
tuciones Penitenciarias, Transporte Aéreo y Meteorología.
Con carácter excepcional, para los puestos de trabajo con «ads-
cripción cuerpo» clave EX11, la anterior limitación no afectará a los
funcionarios de cuerpos o escalas Postales y de Telecomunicación
que, en el momento de publicación de la convocatoria estén adscritos
o prestando servicios en el Ministerio de Industria, Turismo y Comer-
cio u otros organismos dependientes del mismo, siempre que reúnan
las condiciones y los requisitos determinados en la presente convoca-
toria y no desempeñen puestos de trabajo que tengan atribuidas
funciones propias de los Cuerpos y Escalas Postales y de Telecomu-
nicación.
A tenor del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión
Interministerial de Retribuciones de fecha 30 de enero de 2004, la
referencia al sector sanitario que recoge la definición de la clave
EX11, no afecta al personal estatutario de los grupos de la función
administrativa, regulado en el artículo 12.3 del derogado Estatuto del
Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad
Social, que ocupe puestos de trabajo en la Administración General
del Estado a la fecha de la aprobación de la resolución de la CECIR
anteriormente citada.
3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la
Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para 1991, la movilidad de los funcionarios que desempeñen
puestos de trabajo en la Agencia Estatal de la Administración Tribu-
taria y que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella,
para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones
Públicas, estará sometida a la condición de la previa autorización de aqué-
lla, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.
Segunda. Situaciones administrativas de los participantes.
1. Los funcionarios con destino definitivo deberán permanecer
un mínimo de dos años para poder participar en el concurso, salvo
que estén destinados en este Ministerio en el área de la Subsecreta-
ría, Secretaría General de Industria, Secretaría General de Energía y
Secretaría de Estado de Turismo y Comercio.
2. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades
Autónomas sólo podrán tomar parte en el concurso si en la fecha de
terminación del plazo de presentación de instancias han transcurrido
dos años desde su transferencia o traslado a las mismas, y en todo
caso, desde la toma de posesión de su último destino definitivo.
3. Los funcionarios en las situaciones administrativas de exce-
dencia voluntaria por interés particular y excedencia voluntaria por
agrupación familiar, sólo podrán participar si llevan más de dos años
en esa situación.
4. Los funcionarios en las situaciones administrativas de exce-
dencia para el cuidado de familiares y de servicios especiales, sólo
podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presenta-
ción de instancias han transcurrido dos años desde la toma de pose-
sión del último destino definitivo obtenido, salvo que tengan reser-
vado un puesto de trabajo en el ámbito de la Secretaría de Estado de
Turismo y Comercio, o en el Ministerio si la reserva corresponde al
área de la Subsecretaría, Secretaría General de Industria y Secretaría
General de Energía.
5. Los funcionarios que hayan accedido a otro cuerpo o escala
por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto
de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de servicio
prestado en dicho puesto en el cuerpo o escala de procedencia, a
efectos de la permanencia de dos años en destino definitivo para
poder concursar.
6. Los funcionarios en la situación administrativa de servicio
activo con destino provisional en este Ministerio, salvo los que se
hallen en comisión de servicios, están obligados a participar en el
presente concurso, solicitando todas las vacantes a las que puedan
acceder por reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, excepto
los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo mediante
adscripción provisional, que sólo tendrán obligación de participar
solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.
7. Los funcionarios en la situación administrativa de excedencia
forzosa tienen la obligación de participar, si así se les notifica, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 29, apartado 6 de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, en su redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Los funcionarios de los cuerpos o escalas que tengan reser-
vados puestos en exclusiva, para poder participar en el concurso,
deberán obtener previamente la autorización del Ministerio de Admi-
nistraciones Públicas, de conformidad con el Departamento al que se
hallen adscritos los indicados cuerpos o escalas. Cuando los puestos
convocados dependan del propio Departamento al que estén adscri-
tos los cuerpos o escalas con puestos en exclusiva, corresponderá al
mismo conceder la referida autorización.
Tercera. Solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días
hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.
2. Las solicitudes ajustadas al modelo publicado como Anexo III
de esta Orden, se dirigirán a la Subdirección General de Gestión
Económico Administrativa del Instituto de Turismo de España y se
presentarán en el Registro de dicho Organismo (c/ José Lázaro Gal-

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