Instrumento de Ratificación de los Protocolos de enmienda al Convenio por el que se crea el Centro Europeo de Previsiones Meteorológicas a Plazo Medio y al Protocolo relativo a los Privilegios e Inmunidades del Centro Europeo para las Previsiones Meteorológicas a Plazo Medio, hechos en Bruselas el 22 de mayo de 2005.

MarginalBOE-A-2011-2750
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

Por cuanto el día 22 de mayo de 2005, el Plenipotenciario de España, nombrado en buena y debida forma al efecto, firmó en Bruselas los Protocolos de enmienda al Convenio por el que se crea el Centro Europeo de Previsiones Meteorológicas a Plazo Medio y al Protocolo relativo a los Privilegios e Inmunidades del Centro Europeo para las Previsiones Meteorológicas a Plazo Medio,

Visto y examinado el texto de los citados Protocolos,

Cumplidos los requisitos exigidos por el Artículo 94.2 de la Constitución,

Vengo en aprobar y ratificar cuanto en los mismos se dispone, como en virtud del presente los apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlos, observarlos y hacer que se cumplan y observen en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, Mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Dado en Madrid, a 19 de junio de 2007.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Asuntos Exteriores

y de Cooperación,

MIGUEL ÁNGEL MORATINOS CUYAUBÉ

Protocolo de enmienda al Convenio por el que se crea el Centro Europeo de Previsiones Meteorológicas a Plazo Medio

El Consejo del Centro Europeo de Previsiones Meteorológicas a Plazo Medio (CEPMPM, el Centro), de conformidad con el artículo 18(1) de su Convenio, recomienda a los Estados miembros que acepten las enmiendas siguientes al mencionado Convenio por el que se crea dicho Centro:

En las versiones alemana, francesa, italiana y neerlandesa de todo el Convenio, las referencias a los apartados/subapartados de los artículos se realizarán citando las cifras/letras entre paréntesis.

En la versión neerlandesa de todo el Convenio, sustituir la palabra «Overeenkomst» por «Conventie».

En la versión neerlandesa de todo el Convenio, sustituir las palabras «Lid-Staat» y «Lid-Staten» por «Lidstaat» y «Lidstaten».

En la versión neerlandesa de todo el Convenio, sustituir la palabra «artikel» por «Artikel».

En la versión neerlandesa de todo el Convenio, sustituir las palabras «paragraaf» y «alinea» por «lid», y las palabras «paragrafen» y «alinea’s» por «leden».

En la versión neerlandesa de todo el Convenio, sustituir la palabra «begrotingsjaar» por «boekjaar».

Se añade la frase «Los Estados Partes en el presente Convenio» antes de los «Considerandos».

Sustituir los «Considerandos», por los siguientes:

Reconociendo que las amenazas relacionadas con las condiciones atmosféricas para la vida, la salud, la economía y los bienes, son cada vez más importantes;

Convencidos de que la mejora de las previsiones meteorológicas a plazo medio contribuirá a la protección y seguridad de la población;

Convencidos igualmente de que las investigaciones científicas y técnicas emprendidas a estos efectos proporcionarán un excelente impulso al desarrollo de la meteorología en Europa;

Considerando que para alcanzar tales objetivos resulta necesario emplear recursos de tal envergadura que sobrepasan por lo general el marco nacional;

Destacando el interés que representa para la economía europea una importante mejora de las previsiones meteorológicas a plazo medio;

Reafirmando que la creación de un Centro Europeo autónomo dotado de un estatuto internacional es el medio apropiado para alcanzar esos objetivos;

Convencidos de que ese Centro podrá aportar valiosas contribuciones para el desarrollo de una base científica de vigilancia del medio ambiente;

Haciendo observar que ese Centro podrá contribuir, por otra parte, a la formación continua de científicos;

Garantizando que las actividades de dicho Centro permitirán, asimismo, aportar una contribución necesaria para ciertos programas de la Organización Meteorológica Mundial (O.M.M.) y de otros organismos interesados;

Considerando el interés que, por otra parte, pueda representar la creación de dicho Centro para el desarrollo de la industria europea en el ámbito de la informática;

Haciendo realidad la voluntad de extender la condición de miembro de dicho Centro a un mayor número de Estados;

Se suprime el párrafo: «Han decidido crear… [que incluye la lista de plenipotenciarios]… hallados en buena y debida forma».

En la versión neerlandesa sustituir la frase «Overeenkomst hebben Bereikt Omtrent de Volgende Bepalingen:» por «komem het volgende overeen:».

Artículo 1

El título del artículo 1 es: «Creación, Consejo, Estados miembros, sede, lenguas».

En el artículo 1(2), sustituir la palabra «Director» por «Director General». En la versión italiana, sustituir «Comitato consulivo scientifico» por «Comitato Scientifico Consultivo» y la expresión «Comitato finanziario» por «Comitato Finanze». En la versión neerlandesa, sustituir la expresión «een Wetenschappelijk Raadgevend Comité» por «een Wetenschappelijke Adviescommissie» y la expresión «Financieel Comité» por Financiële Commissie».

Añadir en el artículo 1(5) la siguiente frase: «salvo que el Consejo disponga de otro modo de conformidad con el artículo 6(1)(g)».

Modificar el artículo 1(6) de la manera siguiente:

6. Las lenguas oficiales del Centro serán las lenguas oficiales de los Estados miembros.

Sus lenguas de trabajo serán el alemán, el inglés y el francés.

El Consejo determinará, de conformidad con el artículo 6(2)(1), en qué medida se utilizarán, respectivamente, las lenguas oficiales y las lenguas de trabajo.

Artículo 2

El título del artículo 2 es: «Finalidades, objetivos y actividades».

En el artículo 2, incluir un nuevo apartado (1):

1. Las principales finalidades del Centro serán desarrollar una capacidad de previsión meteorológica a plazo medio y proporcionar previsiones meteorológicas a plazo medio a los Estados miembros.

El artículo 2(2) según la nueva numeración va precedido por la frase: «Los objetivos del Centro serán:»

Sustituir en el artículo 2 el apartado (1)(a) por el apartado (2)(a):

a) desarrollar y explotar de manera regular modelos globales y sistemas de asimilación de datos, relacionados con la dinámica, la termodinámica y la composición del fluido que envuelve la Tierra, así como de los componentes en interacción del sistema terrestre, con vistas a:

i) establecer previsiones mediante métodos numéricos;

ii) proporcionar condiciones iniciales para esas previsiones; y

iii) contribuir a la vigilancia de los componentes relevantes del sistema Tierra;

Se suprime el artículo 2(1)(b).

El artículo 2(1)(c) se convierte en el artículo 2(2)(b).

En el artículo 2, sustituir el apartado (1)(d) por el apartado (2)(c):

c) recoger y archivar los datos adecuados;

.

En el artículo 2, sustituir el apartado (1)(e) por el apartado (2)(d):

d) poner a disposición de los Estados miembros, en la forma más apropiada, los resultados mencionados en los apartados a) y b) y los datos indicados en el apartado c);

En el artículo 2, sustituir el apartado (1)(f) por el apartado (2)(e);

e) poner a disposición de los Estados miembros, para sus investigaciones, con preferencia en el campo de las previsiones meteorológicas numéricas, un porcentaje suficiente, que el Consejo determinará, de su capacidad de cálculo;

En el artículo 2, el apartado (1)(g) se convierte en el apartado (2)(f). En la versión inglesa, sustituir la la palabra «Organisation» por «Organization». En la versión neerlandesa, sustituir la expresión «Meteorologische Wereldorganisatie» por «Wereld Meteorologische Organisatie».

En el artículo 2, sustituir el apartado (1)(h) por el apartado (2)(g):

g) contribuir al perfeccionamiento del personal científico de los Estados miembros en el campo de las previsiones meteorológicas numéricas.

En el artículo 2, sustituir el apartado (2) por el apartado (3):

3. El Centro creará y explotará las instalaciones necesarias para el logro de los objetivos en el apartado 1 y de los objetivos definidos en el apartado 2.

El artículo 2(3) se convierte en 2(4).

En el artículo 2, incluir un nuevo apartado (5):

5. El Centro podrá llevar a cabo actividades solicitadas por terceros, que no entren en conflicto con su finalidad y objetivos, y que haya aprobado el Consejo de conformidad con el artículo 6(2)(g). Se hará cargo del coste de esas actividades el tercero interesado.

En el artículo 2, incluir un nuevo apartado (6):

6. El Centro podrá llevar a cabo programas facultativos de conformidad con el artículo 11(3).

Artículo 3

El título del artículo es: «Cooperación con otras entidades».

En el artículo 3(1) de la versión neerlandesa, sustituir la palabra «doeleinden» por «doelstellingen».

En el artículo 3(2), modificar la frase de introducción del modo siguiente: «El Centro tendrá la facultad de concertar acuerdos de cooperación a esos efectos».

En el artículo 3(2)(a), sustituir la remisión al artículo 6(1)(e) por una remisión al artículo 6(1)(e) ó 6(3)(j).

En el artículo 3(2)(b), sustituir la remisión al artículo 6(3)(k) por una remisión al artículo 6(3)(j). En la versión neerlandesa, sustituir la palabra «organisaties» por «instanties».

Añadir un nuevo subapartado (c) al artículo 3(2):

c) con los organismos científicos y técnicos nacionales de los Estados no miembros, en las condiciones previstas en el artículo 6(1)(e).

Artículo 4

El título del artículo 4 es: «El Consejo».

En el artículo 4(2) de la versión inglesa, sustituir la palabra «Organisation» por «Organization». En la versión neerlandesa, sustituir la expresión...

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