Orden CUL/3415/2008, de 25 de noviembre, por la que se crea la Junta de Contratación en el Ministerio de Cultura, y se modifica la Orden CUL/159/2005, de 21 de enero, por la que se crea la Mesa de Contratación del Ministerio de Cultura.

Fecha de Entrada en Vigor30 de Noviembre de 2008
MarginalBOE-A-2008-19280
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1132/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, establece algunos cambios organizativos en materia de contratación pública y de gestión financiera. Dichos cambios aconsejan por un lado que, de acuerdo con la habilitación legal contenida en el apartado 4 del artículo 291 de la Ley de Contratos del Sector Público y con el fin de conseguir una mayor racionalización, eficiencia y coordinación en el gasto público, se proceda a la creación de la Junta de Contratación, que actuará como órgano de contratación del departamento, excluidos los organismos públicos dependientes, de conformidad con lo dispuesto en dicha Ley y en los artículos 5, 7 y concordantes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y, por otro lado, que se proceda a modificar la Orden CUL/159/2005, de 21 de enero, por la que se crea la Mesa de Contratación del Ministerio de Cultura, en lo relativo a la composición de dicho órgano y para adecuar las referencias legales contenidas en dicha orden a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Creación de la Junta de Contratación del Departamento.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 291.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se crea la Junta de Contratación del Ministerio de Cultura, como órgano colegiado de contratación, adscrito a la Subsecretaría.

Artículo 2 Composición de la Junta de Contratación del Departamento.
  1. La Junta de Contratación estará compuesta por los siguientes miembros:

    1. Presidente: La Subsecretaria de Cultura.

    2. Vicepresidente primero: El titular de la Subdirección General de Gestión Económica y Financiera.

    3. Vicepresidente segundo: Un funcionario nombrado en representación de la Subsecretaría, con rango mínimo de Consejero Técnico.

    4. Vocales:

      1. Un Abogado del Estado de la Abogacía del Estado en el departamento.

      2. Un Interventor de la Intervención Delegada en el departamento.

      3. El titular de la Oficialía Mayor.

      4. El titular de la Subdirección General de Tecnologías y Sistemas de Información.

      5. Un representante de los órganos directivos del Departamento, cuando hayan formulado propuesta que deba examinarse en la sesión de que se trate. Estos vocales tendrán rango de Subdirector General, Subdirector General adjunto o asimilados a ambos y serán designados por el titular del órgano del que dependan, comunicándolo de forma genérica a la Junta a través de su Presidente.

    5. Secretario: Un Jefe de Área o de Servicio de la Subdirección General de Gestión Económica y Financiera, designado por el Ministro a propuesta de la Subsecretaría, que dispondrá de voz y voto.

  2. A las reuniones de la Junta de Contratación podrán incorporarse, con voz pero sin...

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