RESOLUCIÓN DE 20 DE MAYO DE 1997, de la Direccion general de Trabajo, por la que se dispone la Inscripcion en el Registro y Publicacion del acta de Fecha 7 de abril de 1997, en la que se contiene los Criterios de Prioridad sectorial para 1997, que regiran los Planes de Formacion continua del Sector de la Madera.

MarginalBOE-A-1997-12908
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

Visto el acta de fecha 7 de abril de 1997, en la que se contiene los criterios de prioridad sectorial para 1997, que regir·n los planes de FormaciÛn Continua del Sector de la Madera, acta que ha sido suscrita de una parte, por la organizaciÛn empresarial CONEMAC, y, de otra parte, por las organizaciones sindicales FEMCA-UGT y FECOMA-CC.OO, y de conformidad con lo dispuesto en el artÌculo 83.3, en relaciÛn con el 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre depÛsito y registro de Convenios Colectivos de trabajo, Esta DirecciÛn General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripciÛn de la citada acta en el correspondiente Registro de este centro directivo.

Segundo.-Disponer la publicaciÛn en el ´BoletÌn Oficial del Estadoª de los criterios de prioridad sectorial para 1997, que regir·n los planes de FormaciÛn Continua del Sector de la Madera.

Madrid, 20 de mayo de 1997.-La Directora general, Soledad CÛrdova Garrido.

CRITERIOS DE PRIORIDAD SECTORIAL, 1997

Madera

TipologÌa

  1. Referidos a los contenidos, soportes y orientaciÛn de la formaciÛn:

    1.1 Materiales y nuevas tecnologÌas de la madera.

    1.2 Calidad y sistemas de aseguramiento e implantaciÛn en la industria de la madera.

    1.3 AdministraciÛn, gestiÛn y comercializaciÛn.

    1.4 PrevenciÛn de riesgos laborales, medio ambiente y relaciones laborales.

  2. Criterios b·sicos:

    2.1 Plan agrupado presentado por organizaciones representativas en el sector, preferentemente de forma paritaria, acreditada mediante la firma de Convenios Colectivos dentro del ·mbito territorial igual o inferiores al del plan agrupado e incluidos dentro del ·mbito de aplicaciÛn del Convenio Estatal de la Madera.

    2.2 EjecuciÛn por centros tecnolÛgicos y entidades especializadas en madera y mueble, sin fin de lucro.

    2.3 Instalaciones tÈcnicas suficientes para la implantaciÛn de tipo tÈcnica y realizaciÛn de pr·cticas.

    2.4 Basado en estudio de necesidades de formaciÛn.

    2.5 Relacionado directamente con la realidad del sector.

    2.6 Recursos para la formaciÛn adecuados para la imparticiÛn de estos temas.

  3. Referidos a los colectivos:

    3.1 SecciÛn mecanizada:

    Encargados.

    Operarios.

    3.2 SecciÛn corte:

    Encargados.

    Operarios.

    3.3 Acabados.

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR