RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2003, de la Dirección General de Universidades, por la que se conceden Certificados de Calidad de los Servicios de Biblioteca de las Universidades.

MarginalBOE-A-2003-19855
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2003, de la Dirección General de Universidades, por la que se conceden Certificados de Calidad de los Servicios de Biblioteca de las Universidades.

Por Orden ECD/1461/2003, de 7 de mayo (BOE de 5 de junio) del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se convocó la presentación de solicitudes para la obtención del Certificado de Calidad de los Servicios de Biblioteca de las Universidades, y para la obtención de ayudas para la mejora de los servicios de biblioteca en las Universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.

Concluido el proceso de evaluación de las solicitudes presentadas en plazo, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación ha elaborado un informe individualizado de cada solicitud de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 4 del Anexo A de la Orden de convocatoria.

A la vista de los mencionados informes y de conformidad con lo dispuesto en el punto 3 de la Orden de 7 de mayo, la Subdirección General de Formación y Movilidad de Profesorado Universitario ha elevado la correspondiente propuesta de concesión del Certificado de Calidad.

En consecuencia, esta Dirección General, ha resuelto:

Primero: Conceder el Certificado de Calidad a los Servicios de Biblioteca de las Universidades que se relacionan en el Anexo de esta Resolución.

Segundo: Denegar el resto de solicitudes presentadas al no haber alcanzado en el proceso de evaluación y selección la calificación establecida para la obtención de dicho certificado.

Tercero: De acuerdo con lo previsto en el apartado 2.3 del Anexo B de la Orden de 7 de mayo de 2003, el plazo de presentación de solicitudes de ayudas para la mejora de los servicios de biblioteca que hayan obtenido el Certificado de Calidad permanecerá abierto un mes a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Contra la presente resolución cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 1...

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