Resolución 101/38264/2008, de 18 de diciembre, de la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción y difusión de la cultura de defensa y de la imagen de las Fuerzas Armadas, correspondientes al año 2009.

MarginalBOE-A-2009-44
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyResolución

Por Real Decreto 438/2008, de 14 de abril (BOE núm. 92, de 16 de abril de 2008), se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. El Real Decreto 1126/2008, de 4 de julio (BOE n.º 166, de 10 de julio), por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, atribuye a la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa, órgano directivo dependiente del titular del Departamento, el impulso y coordinación de la política de promoción, difusión y fomento de la conciencia de defensa nacional, así como de la acción cultural del ministerio.

En este ámbito, la Dirección General de Relaciones Institucionales ha venido apoyando la realización de actividades para el fomento de la cultura de defensa, mediante la concesión anual de subvenciones con el objeto de promover un conocimiento y una información eficaz y próxima a los ciudadanos, contribuyendo así al fortalecimiento del nivel de la Cultura de Defensa Nacional en la sociedad española.

Por ello, conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (BOE núm. 176, de 25 de julio), y la Orden DEF/3557/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la promoción y difusión de la cultura de defensa y de la imagen de las Fuerzas Armadas (BOE núm. 296, de 9 de diciembre), procede convocar las subvenciones correspondientes al año 2009.

La presente Resolución ha sido adoptada en base a la delegación de competencias que contempla la disposición adicional primera de la citada Orden DEF/3557/2008, de 3 de diciembre.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en apartado cuarto de la citada Orden DEF/3557/2008, y previo informe de la Asesoría Jurídica General del Departamento, he tenido a bien disponer:

Primero. Objeto y finalidad.

  1. Objeto.–Por la presente Resolución se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades de promoción, difusión y fomento de la cultura de defensa y de la imagen de las Fuerzas Armadas, correspondientes al año 2009.

    Esta convocatoria se destina a los proyectos o actividades que se realicen entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2009.

  2. Finalidad.–Estas subvenciones tienen por objeto el apoyo con fondos públicos a la realización de actividades de promoción, difusión y fomento de la Cultura de Defensa, así como la ampliación de la imagen de las Fuerzas Armadas. Podrán optar a las subvenciones los siguientes tipos de actividades:

    1. Cursos, seminarios, foros, y otras actividades de divulgación que refuercen la conciencia de la defensa nacional a través de la difusión en la ciudadanía de la actividad que desarrollan las Fuerzas Armadas españolas, dentro y fuera de nuestras fronteras.

    2. Proyectos de investigación, estudios, seminarios, foros de estudio y actividades afines relacionados con la política de seguridad y defensa.

    3. Estudios y análisis, así como seminarios, encuentros y actividades de análoga naturaleza que se centren en un enfoque integral para la resolución de conflictos y gestión de crisis, y las nuevas perspectivas de la relación entre las Fuerzas Armadas, las organizaciones internacionales, las organizaciones no gubernamentales y demás entidades públicas o privadas con respecto a la realización de misiones internacionales de paz y de asistencia humanitaria.

    4. Proyectos de investigación, seminarios, cursos, encuentros y otras actividades de divulgación en los que se desarrollen estudios a favor de la paz, y en especial, sobre el papel de las Fuerzas Armadas como instrumento para garantizar la seguridad y defensa de España, contribuir a la paz mundial y colaborar en tareas de protección de los ciudadanos.

    5. Trabajos de investigación, seminarios, jornadas y exposiciones especialmente enriquecedores en el ámbito de la protección y difusión de la historia militar.

    6. Estudios, trabajos de investigación, seminarios, jornadas y exposiciones que versen sobre el patrimonio histórico y cultural de las Fuerzas Armadas; comprendiendo los aspectos relacionados con el patrimonio documental, bibliográfico o museológico.

    7. Estudios, programas de divulgación de la cultura de defensa y actividades complementarias que tengan como destinataria a la población estudiantil universitaria.

    8. Actividades de difusión de las funciones de las Fuerzas Armadas que tengan como protagonistas o destinatarios primordiales a los estudiantes de enseñanzas no universitarias (educación primaria y secundaria).

    9. Realización de estudios sociológicos acerca de la implantación de la cultura de defensa en la sociedad, de la difusión de la conciencia de defensa nacional, o temas de análoga naturaleza.

      Conforme a lo establecido en la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones de carácter sectorial de la Dirección General de Relaciones Institucionales correspondiente al año 2009, se considerarán proyectos de interés preferente:

    10. Las actividades que supongan un acercamiento de la sociedad a las unidades militares radicadas en su provincia.

    11. Los proyectos que tengan por destinatarios primordiales a los estudiantes de enseñanza primaria y secundaria.

    12. Las actividades que contribuyan a un mejor conocimiento del diálogo entre civilizaciones como medio para el fomento de la cultura de la paz.

    13. Los proyectos que redunden en el conocimiento y la difusión del Patrimonio Histórico militar, especialmente aquéllos que contribuyan a un conocimiento más profundo de la Historia reciente de nuestro país.

    14. Los proyectos relacionados con las conmemoraciones venideras de los bicentenarios del constitucionalismo en España e Iberoamérica.

  3. Exclusiones.–Dentro de la relación de tipos de proyectos que pueden acceder a las subvenciones queda excluida la impartición de asignaturas con contenido curricular específico, así como aquellos proyectos que cubran las relaciones internacionales no vinculadas específicamente con la defensa y la seguridad.

    Segundo. Los beneficiarios y sus requisitos.

  4. Podrán resultar beneficiarios de estas subvenciones las personas jurídicas y físicas sin ánimo de lucro que se propongan realizar alguna de las actividades a las que se refiere el apartado primero y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y en la normativa vigente en materia de subvenciones. Podrán solicitar subvención:

    1. Organismos públicos españoles, entidades públicas y fundaciones del sector público vinculadas o dependientes de las administraciones públicas españolas.

    2. Entidades privadas sin ánimo de lucro de nacionalidad española.

    3. Las personas físicas.

  5. Los requisitos para obtener la condición de beneficiario son:

    1. Cumplir los requisitos y no encontrarse incurso en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Los beneficiarios de las ayudas deben estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, y en las obligaciones por reintegro de subvenciones de conformidad con los criterios detallados en los Artículos 18, 19, 20 y 21 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (BOE n.º 176, de 25 de julio de 2006).

    2. La persona jurídica deberá estar legalmente constituida, sea pública o privada. Para poder concurrir a estas ayudas, las entidades deberán acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.

    Tercero. Imputación presupuestaria y cuantía de las ayudas.2013Los créditos presupuestarios a los que se imputan las subvenciones pertenecen al presupuesto de gastos del Ministerio de Defensa para el año 2009. La cuantía máxima global estimada asciende a setecientos veintitrés mil trescientos euros (723.300 20ac), distribuidos de la siguiente manera: a) Aplicación presupuestaria 14.01.121M2.485.00: 552.900 20ac, para organismos e instituciones relacionados con las FAS. b) Aplicación presupuestaria

    14.01.121M2.485.03: 108.100 20ac, para asociaciones y sociedades. c) Aplicación presupuestaria 14.01.121M2.485.04: 62.300 20ac, para estudios a favor de la paz.

    Conforme a lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se hace constar expresamente que la concesión de la subvención queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

    Asimismo, con arreglo a lo establecido en el artículo arriba mencionado, en el supuesto de que el crédito presupuestario que resulte aprobado en la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2009 fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación a la convocatoria, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria.

    Si la suma total de las subvenciones concedidas en alguna de las citadas aplicaciones fuese inferior a la cuantía consignada en su correspondiente aplicación presupuestaria, el importe sobrante se acumulará al crédito disponible en...

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