Canje de notas de 19 de septiembre de 1991, constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Colombia para desarrollar el Convenio de Extradición Hispano-Colombiano de 23 de julio de 1892.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Mayo de 1992
MarginalBOE-A-1992-15559
SecciónI - Disposiciones Generales

Madrid, 19 de septiembre de 1991.

Señor Embajador:

Tengo la honra de referirme a los artículos 2. y 3. del Convenio de Extradición entre el Reino de España y la República de Colombia, firmado en Bogotá el día 23 de julio de 1892, así como a la Convención Unica de 1961 sobre estupefacientes, de Naciones Unidas, en la que ambos Estados son Parte y especialmente a sus artículos 35 y 36, para proponer a vuestra excelencia lo siguiente:

  1. Que para la aplicación del artículo 2. , incluido el tráfico ilícito de drogas y sustancias sicotrópicas, las autoridades judiciales requirentes, transmitan, por los canales adecuados, los documentos, informaciones y efectos necesarios para el enjuiciamiento en el Estado requerido, de sus propios nacionales, cuya extradición no sea procedente, sin necesidad de formular previamente una solicitud de extradición.

  2. Por parte del Reino de España, la autoridad remitente y receptora será el Ministerio de Justicia.

    Si lo anterior es aceptable para el Gobierno de vuestra excelencia, propongo que esta Nota y la respuesta de vuestra excelencia, indicando la autoridad remitente y receptora colombiana, constituyan un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos, en los términos antes transcritos, entrando en vigor desde el momento en que las Partes se informen del cumplimiento de sus respectivos requisitos constitucionales.

    Aprovecho la oportunidad para expresar a vuestra excelencia el testimonio de mi más alta consideración.

    Francisco Fernandez Ordóñez, Ministro de Asuntos Exteriores

    Excmo. Sr. don William Jaramillo Gómez, Embajador de la República de Colombia en España.

    EMBAJADA DE COLOMBIA

    Madrid, 19 de septiembre de 1991.

    Excelentísimo señor:

    Tengo el honor de referirme a la atenta Nota de la fecha de hoy, 19 de septiembre, suscrita por V. E., en la que se dice lo siguiente:

    Tengo la honra de referirme a los artículos 2. y 3. del Convenio de Extradición entre el Reino de España y la República de Colombia, firmado en Bogotá el día 23 de julio de 1892, así como a la Convención Unica de 1961 sobre estupefacientes, de Naciones Unidad, en la que ambos Estados son parte y especialmente a sus artículos 35 y 36, para proponer a vuestra Excelencia lo siguiente:

  3. Que para la aplicación del artículo 2. , incluido el tráfico ilícito de drogas y sustancias sicotrópicas, las autoridades judiciales requirentes, transmitan, por los canales adecuados, los documentos, informaciones y efectos necesarios para el enjuiciamiento en el Estado...

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