Corrección de errores de la Circular 1003 de 9 de octubre de 1989, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre Régimen de Perfeccionamiento Pasivo.

MarginalBOE-A-1989-30478
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección
f~~~:~t·~;;:f/;~~~~Jr'?~!f.~_:
~~:~~'\~~;~
';"'-l
',_,
'.,
Subpartida Millones de pesetas Derechos
ar.lllcelaria Mercancía -
CEE
AELe
Porcentaje
28
Ex.
7228.10.10.0 Acero aleado rápido en barras redondas de diámetro hasta 34,9 milímetros, en barras
Ex.
7228.10.50.0 rectangulares de menos de
20
milímetros de espesor, en barras cuadradas hasta 30
Ex.
7228.10.90.0 milímetros de lado yen barras sintcrizadas. 530 425 -
29
Ex.
7304.51.11.0 Tubos de acero aleado, circulares ysin soldaduras, laminados en caliente yestirados
Ex.
7304.51.19.1 en frio, destinados a
la
fabricación de aros para rodamientos
(a).
2.020 856 -
Ex.
7304.59.31.0
Ex.
7304.59.39.1 ,
30
Ex.
7902.00.00.0 Desperdicios ydesechos de cinc. 175 --
II
31
!
Ex.
8708.99.10.0 Carcasas (incluso en esbozo), anillos de sincronización, bielas, pulsadores yhorquillas,
destinados a
la
fabricación de cajas de cambio para vehículos industriales (a) 50 50 -
BüE
núm.
311
Jueves 28 diciembre 1989 40149
(a)
La
aplicación de los beneficios aestos productos queda supeditada
al
control de utilización en el destino que
se
indica, de acuerdo con
lo
previsto en
la
Circular 957 de
la
Dirección General de Aduanas e
[m
puestos Especiales. '.
30477 RESOLUCIONde
27
de diciembre de 1989, del Organismo
Nacional de Loter[as yApues;as del Estado, por
la
que se.
modifican parcia/menre las normas quc han de regir los
concursos
de
pronósticos sobre los r('sultados de los partidos
de
fiílbol para
la
temporada 1989-/990.
La jornada
17.~
de
la
temporada
1989~
1990 de Apuestas Deportivas
se
celebrará, excepcionalmente, el sábado día 30
de
diciembrc de 1989,
de
acuerdo con
el
Calendario
de
Liga aprobado por
la
Real Federación
Española de Fútbol.
Como quiera que los honorarios de celebración de los partidos de
esta especial jornada son muy dispares, con
lo
que algunos de ellos se
encontrarían fuera del lapso temporal marcado por
la
norma
14.
a,
1,
de
las
vigentes. aprobadas por Resolución de
28
de julio de 1989
(<
Oficial del Estado)) de 4de agosto).
~c
hace necesario. en interés de los
concursantes, rilOdlficar dicha norma con carácter especlal yúnico para
la
antedicha jornada
17.
aPor consiguiente,
el
Organismo Nacional de
Loterías vApuestas del Estado. en uso de las atribuciones conferidas por'
el
articulo
5.°,
apartado
2,
del Real Decreto 904/1985. de
11
de junio,
ha resuelto:
Página 33374.-Epigrafe VII. Mercancías excluidas del régimen de la
Sección Segunda, punto
1,
último párrafo, línea
5.
a,
donde
dice:
«Reglamento (CEE) 1999/86)), debe decir: <(CEE)
1999/85».
Página 33375.-Epígrafe IX. Beneficio del régimen, de
la
Sección
Segunda, punto
2.
línea
7.
a,donde dice: «capítulo XII.), debe decir:
«capítulo VII.).
Página 33375.-Epígrafe IX. Beneficio del régimen. de
la
Sección
Segunda, punto 3.1.3, primer párrafo, línea
3.
a,donde dice: «crédito
triangulao>, debe decir:
~
triangulao).
Página 33376.-Epígrafe IV. Concesión del beneficio, de
la
Sección
Tercera, punto
1,
línea
5.
a,donde dice: «artículo 19.4,», debe decir:
«artículo
19.(4),)).
MINISTERIO
DEL
INTERIOR
.,
.
.
/.~
..
'..
t:
'.~'"
Advertidos errores en
el
texto de la Circular número 1003. inserta
en
el
~(Bo1etín
Oficial del Estado» número 255, de
24
de octubre de 1989,
se
transcriben acontinuación
las
oponunas
rectificaciones:
Con carácter excepcional. ysolamente para
la
jornada
17.
ade
la
temporada 1989·1990
de
Apuestas Deportivas. acelebrar
el
día 30 de
diciembre
de
198Q.
se
modifica
la
norma
14.
a,
1.
b), de
las
aprobadas por
Resolución de
28
de julio de 1989. que queda redactada como sigue:
«14.:',1, b) Los que
se
inicien después de
la
hora veinticuatro de
la
fecha
de
la
jornada.¡)
La presente Resolución entrará en vigor
el
día de su publicación.
Madrid,
27
de
diciembre
de
1989.-EI Dircctor general.
P.
S.
(ar-
tículo 6.° del Real Decreto 904/1985.
de
1I de junio).
el
Gerente de
Lotería Nacional. Manuel Trufero Rodríguez,
30479 CORRECCION de errores de
la
Orden
de
24 de octubre de
1989 por
la
que.
con caráclcr prm'isional, se desarrollan las
previsiones contenidas
en
el Reglamento de Ingreso.
For-
macicín,
Promoción
l'
Perfeccionamiento
de
Funcionarios
del Cuerpo
1\"acJOna
de Po/¡cía.
Advertidos errores en
el
texto remitido para
su
publicación de
la
Orden de
24
de octubre de 1989, inserta en
el
«Boletín Oficial del
EstadQ)).
número 259, de
28
de octubre,
se
transcriben acontinuación
las oportunas rectificaciones:
El
artículo 5queda redactado en
la
siguiente forma: «Los alumnos
que aprueben
el
curso selectivo realizarán un período de prácticas con
una duración de doce meses. durante
el
que se valo.rarán una serie de
rasgos personales que
se
fijarán en
la
convocatoria, siendo; entre otros,
los siguientes:
Su
sentido de
la
responsabilidad, dedicación, disciplina,
integridad. espíritu de equipo. decisión ycorrección, los cuales serán
calificados de cero adiez puntos, requiriéndose, como mínimo, una
puntuación de cinco puntos en cada uno de ellos para superar las
prácticas)).
En
el articulo
7,
apartado
c).
donde dice: «Resolución por escrito de
un supuesto osupuestos en que deberán interrelacionar...
)),
debe decir:
«Resolución por escrito de un supuesto osupuestos en los que deberán
interrelacionarse...
».
CORRECCIO,V
de
errores
de
la
Circular 1003
de
9de
octubre
de
1989,
de
la
Dirección General
de
Aduanas e
Impuestos Especiales, sobre Rcgimen de Perfeccionamiento
Pasim.
30478

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